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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (16/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de junio de 2010 420693 Distrito Judicial de Lima Norte, en el Pool de Fiscales de Lima Norte. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Norte, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 507334-2 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1037-2010-MP-FN Lima, 15 de junio de 2010 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicios y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la doctora Carmen Rosa Portugal Vivanco, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Arequipa, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Castilla, materia de la Resolución Nº121-2010-MP-FN, de fecha 20 de enero del 2010. Artículo Segundo.- Designar a la doctora Carmen Rosa Portugal Vivanco, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Arequipa, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Arequipa, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAÍZ RAMOS Fiscal de la Nación 507334-4 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de oficina especial temporal en el distrito de Santiago, provincia de Cusco RESOLUCIÓN SBS Nº 5547-2010 Lima, 7 de junio del 2010 El Intendente General de Microfi nanzas VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. para que se le autorice la apertura de una Ofi cina Especial Temporal ubicada en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la citada Ofi cina Especial Temporal; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883- 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de una Ofi cina Especial Temporal que operaría del 19 al 30 de junio del presente año, ubicada en el Campo Ferial de Huancaro s/n, distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 507014-1 Disponen rechazar la solicitud de inscripción en el “Registro AFOCAT” de la Asociación de Fondos contra Accidentes de Tránsito Motocar Norseguros AFOCAT RESOLUCIÓN SBS N° 6068-2010 Lima, 14 de junio de 2010 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud de inscripción en el Registro de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito, presentada el día 09/09/2009, por la Asociación de Fondos contra Accidentes de Tránsito MOTOCAR NORSEGUROS AFOCAT (en adelante, la “AFOCAT”), al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito (en adelante, el “Reglamento AFOCAT”), aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2006-MTC y sus modifi catorias, y los Ofi cios N° 52132-2009-SBS, N° 57660-2009-SBS, N° 341-2010-SBS y N° 14216-2010-SBS de fechas 29/10/2009, 10/12/2009, 07/01/2010 y 14/04/2010, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1051 que modifi có la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, las AFOCAT son reguladas, supervisadas, fi scalizadas y controladas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; asimismo, mediante el Decreto Supremo N° 039-2008-MTC, se modifi có el “Reglamento AFOCAT”, confi riéndose a esta Superintendencia las facultades necesarias para resolver las acciones administrativas planteadas por las AFOCAT; Que, el Registro de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (en adelante, el “Registro”) es un catastro global de información administrado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en el que deberán registrarse las AFOCAT de manera previa al inicio de sus operaciones, siempre que se cumplan con las condiciones jurídicas, técnicas y económicas, previstas en el marco regulatorio en vigencia; Que, la “AFOCAT”, con fecha 09/09/2009, presentó una solicitud de inscripción en el “Registro” señalando que, para tal efecto, se acogía a lo dispuesto en los artículos 24° y 28° del “Reglamento AFOCAT” y el Procedimiento del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) N° 118, creado por Resolución SBS N° 299-2009 del 21.01.2009;