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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (27/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de junio de 2010 421380 TÍTULO IV DE LAS INFRACCIONES, MEDIDAS CORRECTIVAS Y PROCEDIMIENTOS CAPÍTULO I DE LAS INFRACCIONES CAPÍTULO II DE LAS MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y CORRECTIVAS CAPÍTULO III DE LOS PROCEDIMIENTOS TÍTULO V CUERPO DE INSPECTORES MUNICIPALES DE TRANSPORTE CAPÍTULO I DEL OBJETIVO, FINES, REQUISITOS Y CONFORMACION CAPÍTULO II FORMACION Y CAPACITACION DEL INSPECTOR CAPÍTULO III OBLIGACIONES Y FUNCIONES CAPÍTULO IV PROCEDIMIENTO DE CONTROL Y FISCALIZACION TÍTULO VI DEL REGIMEN DE GESTION COMUN CAPÍTULO I OBJETIVO Y FINALIDAD CAPÍTULO II APLICACIÓN DEL REGIMEN TÍTULO VII COMISION TECNICA MIXTA DE TRANSPORTE CAPÍTULO I AUTONOMIA, FINALIDAD Y CONFORMACION CAPÍTULO II FUNCIONES Y SESIONES DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, FINALES Y TRANSITORIAS ANEXO CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL EN VEHÍCULOS MENORES DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS REGLAMENTO PARA LA PRESTACION, FISCALIZACION Y EVALUACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y/O CARGA EN VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETIVO, FINALIDAD, BASE LEGAL Y ALCANCE Artículo 01º.- Son objetivos del presente Reglamento: 1. Dictar las disposiciones normativas necesarias sobre la conformación, instalación, sesiones y las funciones de la Comisión Técnica Mixta de Transporte. 2. Regular los aspectos técnicos y administrativos que norman la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros y/o carga en vehículos menores en el Distrito de Los Olivos. 3. Dotar al Distrito de Los Olivos de un “Cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte” estructural, funcional y organizado. 4. Dictar las normas y procedimientos necesarios que permitan que la actuación de los Inspectores Municipales de Transporte encargados de Fiscalizar el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículo menor, esté enmarcada dentro la normatividad vigente y con la debida idoneidad, para el mejor cumplimiento de sus funciones y atribuciones conferidas en el presente reglamento. 5. Aplicación de las medidas correctivas y sanciones a los infractores del presente reglamento. Artículo 02º.- Son fi nes del presente Reglamento: 1. Garantizar las condiciones óptimas de seguridad y calidad a favor de los usuarios y peatones cuando se realice la prestación del Servicio Especial. 2. Dar el respaldo técnico y la seguridad jurídica a los transportistas autorizados, para su desarrollo institucional y económico. Artículo 03º.- La presente Ordenanza se sustenta en las siguientes bases legales: 1. Constitución Política del Perú. 2. Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. 3. Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y sus Modifi caciones 4. Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC (22.04.09) Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito 5. Ley Nº 27189 - Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores. 6. Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC – Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en vehículos motorizados y no motorizados, modifi cado por D.S. Nº 009-2000-MTC. 7. Ordenanza Nº 241- 1999 MML Ordenanza Marco sobre el Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores. 8. Decreto Supremo 040-2008-MTC “Aprueban el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir, vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre” (18.11.08), y modifi catorias: 9. Decreto Supremo Nº 032–2003–MTC “Suspenden otorgamiento de permisos de operación para prestar servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores a partir del 7 de julio de 2003” y Decreto Supremo Nº 043–2003–MTC “Plan de Reordenamiento” 10. Decreto Supremo Nº 024-2004-MTC – Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito (13.06.02), y modifi caciones. 11. Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC “Aprueban Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito” (19.12.06), y modifi caciones. 12. Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC “Reglamento Nacional de Vehículos” y sus modifi caciones: 13. Decreto Supremo Nº 017-2008-MTC “Aprueba Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje (19.04.08), y sus Modifi caciones. 14. Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 04º.- La prestación del servicio especial de pasajeros y/o carga en vehículos menores será efectuada dentro de la siguiente delimitación territorial: 1. Por el Norte: hasta el límite distrital con Puente Piedra y Comas 2. Por el Este: hasta el límite distrital con Independencia y Comas 3. Por el Sur: hasta la altura de la pista auxiliar de Este a Oeste de la Av. Tomás Valle 4. Por el Oeste: hasta el límite distrital con San Martín de Porres CAPÍTULO II DE LAS DEFINICIONES Artículo 05º.- Para la aplicación de la presente Ordenanza se tiene las siguientes defi niciones: 1. Acta de Compromiso.- Documento que suscriben y fi rman los representantes legales de dos o más personas jurídicas autorizadas, que soliciten prestar el Servicio Especial en un mismo paradero. La cual será renovada automáticamente cuando se renueva las autorizaciones para la prestación del servicio. 2. Acta de Régimen de Gestión Común.- Documento que suscriben y fi rman los Alcaldes de los distritos colindantes, con la fi nalidad de regularizar “El servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y/o carga en Vehículos Menores en los limites distritales. 3. Acta de verifi cación.- Documento levantado por el Inspector Municipal de transporte en acción de control en campo para hacer constar la comisión de infracciones del transportista o del conductor, dando inicio al procedimiento sancionador.