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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (27/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de junio de 2010 421384 8. Fecha de Caducidad del Permiso de Operación; y 9. Firma de la Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte y el VºBº de la Gerencia de Desarrollo Urbano Artículo 20º.- La Credencial del Conductor contendrá como mínimo loa siguiente información: 1. Nombre de la persona jurídica autorizada 2. Nombres y Apellidos del conductor 3. Número del Documento Nacional de Identidad o carnet de Identifi cación Personal del Conductor 4. Número de la Credencial del Conductor 5. Fecha de Caducidad de la Credencial del Conductor 6. Número de Licencia de Conducir 7. Fotografía del Conductor 8. Firma de la Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte Artículo 21º.- La renovación de la autorización emitida a través del Permiso de Operación deberá ser solicitada por las personas jurídicas con 30 días calendario de anticipación a su vencimiento y la renovación deberá efectuarse automáticamente en no mayor a los 30 días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud siempre en cuando se haya cumplido con todos los requisitos señalados en la presente ordenanza. Artículo 22º.- Se contempla la sustitución de vehículos menores en los siguientes casos: 1. El caso de renovar la fl ota con vehículos de menor antigüedad o aquellos en mejores condiciones técnicas 2. Por falta grave al reglamento interno de la persona jurídica o el transportador autorizado. 3. Por transferencia de acciones societarias. 4. Por robo de Vehiculo 5. Por haber sido dañado o inutilizado en un accidente de transito 6. Y por otras causas que la persona jurídica o el transportador autorizado pueda sustentar o justifi car. Artículo 23º.- Calcomanía Ofi cial de Autorización Vehicular y/o Certifi cado de Operaciones (sticker), contendrá como mínimo la siguiente característica e información: 1. Es un distintivo plastifi cado y adhesivo de color que lleva el nombre y el escudo del distrito. 2. Deberá llevar impreso la inscripción de Certifi cado de Operaciones del Vehículo Autorizado 3. El código con el que está registrado el vehiculo en la municipalidad. 4. Nombre de la persona jurídica autorizada al que esta afi liado el vehiculo. 5. Placa de Rodaje del Vehículo 6. Vigencia de la autorización Artículo 24º.- Requisitos para obtener duplicado de Calcomanía Ofi cial de Autorización Vehicular y/o Certifi cado de Operaciones (sticker) 1. Solicitud de la Persona Jurídica solicitando duplicado de Certifi cado de Operaciones y/o Calcomanía Oficial de Autorización Vehicular, el número de placa de rodaje, apellidos y nombres del propietario, número de Resolución de Sub Gerencia, motivo u ocurrencia por lo que se solicita el duplicado. Artículo 25º.- Requisitos para la visación del duplicado de la credencial del conductor: 1. Solicitud de la Persona Jurídica solicitando ola visación del duplicado de la credencial de conductor donde esté considerado, el nombre y apellido del conductor. 2. Constancia de la denuncia policial por pérdida o robo o declaración jurada. 3. En caso de no estar vigente la documentación respectiva, según los registros de la Municipalidad, se deberá presentar el documento en copia fedateada. Asimismo, en caso de deterioro deberá adjuntar la credencial deteriorada, no siendo necesaria la presentación de la denuncia policial. Artículo 26º.- Requisitos para retirar o dar de baja a vehículos menores autorizados: 1. Solicitud de la Persona Jurídica dirigida a la Gerencia de Desarrollo Urbano indicando el retiro del vehículo, donde esté considerando el número de placa de rodaje, apellidos y nombres del propietario del vehículo. 2. Devolución del Certifi cado de Operaciones y/ o Calcomanía Ofi cial de Autorización Vehicular y/o declaración jurada de no contar con el mismo. 3.Carta de baja del vehículo por parte del representante legal de la persona jurídica autorizada indicando el motivo del retiro o baja. Artículo 27º.- Requisitos para la sustitución de vehículos menores: 1. Solicitud de la Persona Jurídica dirigida a la Gerencia de Desarrollo Urbano indicando las razones para solicitar la sustitución del vehículo, donde esté considerando el número de placa de rodaje, apellidos y nombres del propietario del vehículo que va a reemplazar. 2. Copia fedateada de la Tarjeta de Propiedad. 3. Copia fedateada de la póliza de seguro SOAT o CAT vigente con las coberturas correspondientes de acuerdo a ley. 4. Copia fedateada del Documento Nacional de Identidad del propietario del vehículo; 5. Constancia de baja del vehículo a retirar. Artículo 28º.- Requisitos para sustituir, retirar o dar de baja a los conductores autorizados: 1. Solicitud de la Persona Jurídica dirigida a la Gerencia de Desarrollo Urbano indicando la sustitución, el retiro del conductor, donde esté considerando, apellidos y nombres del conductor. 2. Devolución de la credencial del conductor y/o declaración jurada de no contar con el mismo. 3. Carta de baja del conductor por parte del representante legal de la persona jurídica autorizada indicando el motivo del retiro o baja. 4. Copia fedateada del Documento Nacional de Identidad y de la Licencia de Conducir del nuevo conductor, si el caso es de sustitución. CAPÍTULO III DEL REGISTRO Artículo 29º.- La Municipalidad Distrital a través de la Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte, actualizará e ingresará en una base de datos, la información concerniente al Registro Municipal de Operación en vehículos menores vigente, para brindar el servicio especial en el que se inscribirán las personas jurídicas, los vehículos menores, propietarios y conductores autorizados, y todas las modifi caciones que se produzcan en éstas, incluyendo la información de sanciones que se impongan. Artículo 30º.- La municipalidad deberá designar un número de registro específi co a cada persona jurídica autorizada, además en ella deberá consignar los datos principales del testimonio de constitución y su inscripción en los registros públicos; así como: 1. Razón Social, RUC, nombre del representante legal, dirección legal y relación nominal de la junta directiva. 2. Vigencia en el período de gestión administrativa y/o gerencial 3. Relación de socios y/o accionistas. 4. Ficha Registral y/o Partida Electrónica de los Registros Públicos. 5. Paraderos autorizados donde brindará el servicio especial. 6. Las sanciones administrativas que se le impusieron, de ser el caso. Artículo 31º.- El Registro de propietarios de vehículos menores de la persona jurídica del que se encuentra afi liado, consignará los datos principales del propietario o poseedor del vehículo indicando domicilio vigente del afi liado a la persona jurídica, así como las sanciones administrativas que se le impusieron.