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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de noviembre de 2010 428710 CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Amazonas ha formulado propuesta, entre otras, de prórroga de Salas y Juzgados Penales Liquidadores, con el fi n de reforzar la implementación del nuevo Código Procesal Penal en el mencionado Distrito Judicial, teniendo en cuenta la proyección de ingresos, resolución y carga para el presente año, conforme a los informes desarrollados en dicha Corte Superior y por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial con relación a los resultados que se vienen alcanzando y las necesidades existentes al respecto; Segundo: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 053-2008-CE-PJ del 25 de febrero de 2008, las Comisiones de Magistrados para la Implementación del Código Procesal Penal, en los Distritos Judiciales en donde tenga vigencia el nuevo sistema procesal, tienen la responsabilidad de coordinar con el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal para los fi nes de realizar el monitoreo y evaluación permanente y de esa forma proponer las acciones administrativas y de control pertinentes a que haya lugar en sus respectivas sedes judiciales; Tercero: Que, en ese orden de ideas y estando a lo expuesto por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal en consonancia con el contenido del Informe N° 151-2010-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional la de adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, estando en especial a la particular relevancia que tiene para la administración de justicia en el país el actual proceso de implementación del nuevo sistema procesal; resultando conveniente autorizar entre otras, la prórroga de órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Amazonas, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito; Cuarto: Que, los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial, asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de enero de 2011 el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Amazonas: PROVINCIA DE CHACHAPOYAS: • Sala Penal Liquidadora Transitoria. • Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios. PROVINCIA DE BAGUA – LA PECA: • Sala Penal Liquidadora Transitoria. • Juzgado Penal Liquidador Transitorio. PROVINCIA DE BONGARÁ – JUMBILLA: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio. PROVINCIA DE RODRÍGUEZ DE MENDOZA – SAN NICOLÁS: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio. PROVINCIA DE UTCUBAMBA – BAGUA GRANDE: • Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios. Artículo Segundo.- Prorrogar hasta el 30 de setiembre de 2010 el funcionamiento del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Condorcanqui – Santa María de Nieva, Departamento y Distrito Judicial de Amazonas. En tal sentido, de conformidad con lo dispuesto mediante Resolución Administrativa N° 407-2009-CE- PJ, de fecha 21 de diciembre de 2009, el citado órgano jurisdiccional se reubicará a partir del 01 de octubre del año en curso en la Provincia de Utcubamba como Segundo Juzgado Penal Unipersonal con carácter permanente, con igual competencia que el Juzgado Penal Unipersonal de la citada provincia. El Juzgado Mixto de la Provincia de Condorcanqui – Santa María de Nieva, que en adición de funciones viene actuando como Juzgado Penal Unipersonal, asumirá además a partir del 1° de octubre de 2010, la carga procesal pendiente del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la mencionada provincia. Artículo Tercero.- El Juzgado Penal Unipersonal de Utcubamba, también de manera concordante con lo establecido en la Resolución Administrativa N° 407-2009- CE-PJ, se denominará a partir del 01 de octubre del año en curso, Primer Juzgado Unipersonal de la Provincia de Utcubamba, Departamento y Distrito Judicial de Amazonas. Artículo Cuarto.- Facultar al Presidente de Ia Corte Superior de Justicia de Amazonas, y a la Gerencia General en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal; incluyendo las que el Presidente del citado Distrito Judicial deba adoptar para los fi nes de numeración de órganos jurisdiccionales a que haya lugar, así como de distribución de la carga procesal de los órganos jurisdiccionales, y numeración que en tal sentido resulten pertinentes para la aplicación de esta decisión; informando al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Corte Superior de Justicia de Amazonas, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE 563453-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan jueza supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Miraflores CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 053-2010-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 03 de noviembre del 2010