Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2010 (05/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de noviembre de 2010

EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS:

Articulo 5º.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Asamblea Nacional de Rectores. Registrese y comuniquese.

Los Decretos Ley Nº 17662, de fecha 27 de MORDAZA de 1969; Nº 21625 de fecha 21 de septiembre de 1976; el documento OF. RE (TRA) Nº 2-8-B/262, de fecha 27 de septiembre de 2010; el memorando Nº 875-2010-SE, de fecha 05 de octubre de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 17662, se establece que el Consejo Nacional de la Universidad Peruana, hoy Asamblea Nacional de Rectores, reconocera los titulos profesionales obtenidos en las universidades de paises con los que exista tratado o convenio cultural de reciprocidad; Que, mediante Decreto Ley Nº 21625, se aprueba el "Convenio de Intercambio Cultural entre el Gobierno del Peru y la Republica Federativa de Brasil"; Que, el articulo V del referido Convenio determina que los diplomas y titulos para el ejercicio de profesiones liberales y tecnicas, expedidos por instituciones de ensenanza superior de uno de los paises firmantes a ciudadanos de su contraparte, tendran pleno valor en el MORDAZA de origen del interesado, satisfechas las formalidades legales de cada Parte del Convenio; Que, mediante Resolucion Nº 1257-2005-ANR, se autoriza a la Asamblea Nacional de Rectores al Reconocimiento de los Titulos Profesionales y MORDAZA Academicos otorgados en la Republica Federativa del Brasil, en aplicacion del mencionado Convenio de Intercambio Cultural; Que, en referencia a la Resolucion citada en el considerando precedente, mediante Resolucion Nº 14782005-ANR, se preciso que la Asamblea Nacional de Rectores reconocera los MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales otorgados por las universidades de la Republica Federativa del Brasil y de aquellos profesionales que hayan ingresado a dichas universidades hasta MORDAZA del 14 de enero de 1999; Que, mediante documento de vistos, el Director (e) de de la Direccion de Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, informa que el "Convenio de Intercambio Cultural entre la Republica del Peru y la Republica Federativa de Brasil", citado, se encuentra en pleno MORDAZA desde el dia 05 de diciembre de 1976; Que, mediante memorando Nº 875-2010-SE, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone la elaboracion de una resolucion para el tramite de reconocimiento de los MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales obtenidos en las universidades e institutos de educacion superior de la Republica Federativa del Brasil, teniendo en cuenta la vigencia del "Convenio de Intercambio Cultural entre la Republica del Peru y la Republica Federativa de Brasil", de acuerdo a lo informado por la Direccion de Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que el "Convenio de Intercambio Cultural entre la Republica del Peru y la Republica Federativa de Brasil", aprobado por Decreto Ley Nº 21625, se encuentra en vigencia desde el dia 05 de diciembre de 1976. Articulo 2º.- Dejar sin efecto lo dispuesto por la Resolucion Nº 1478-2005-ANR de fecha 15 de diciembre de 2005. Articulo 3º.- Precisar que los titulares de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales obtenidos en la Republica Federativa del Brasil desde el inicio de la vigencia del Convenio de Intercambio Cultural precitado, podran solicitar el Reconocimiento de sus MORDAZA y titulos ante la Asamblea Nacional de Rectores, tal como fue autorizado por la Resolucion Nº 1257-2005-ANR. Articulo 4º.- Comuniquese la presente Resolucion al Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, la Embajada de la Republica Federativa del Brasil en el Peru y la Embajada de la Republica del Peru en la Republica Federativa del Brasil

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

563164-2

Modifican el numeral 11 del articulo 25° del Reglamento de la Oficina de Reconocimiento y Certificacion de la Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION N° 1057-2010-ANR
MORDAZA, 25 de octubre de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El informe Nº 035-2010-ANR/OF.C.R./SG, de fecha 30 de septiembre de 2010; los memorandos Nº 692-2010-SG, de fecha 30 de septiembre de 2010; Nº 887-2010-SE, de fecha 06 de octubre de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 610-2008-ANR, de fecha 31 de MORDAZA de 2008, se aprobo el Reglamento de la Oficina de Reconocimiento y Certificaciones de la Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante informe de vistos, la Directora de la Unidad de Certificacion y Reconocimiento de MORDAZA y Titulos solicita se adicione un item en el capitulo IV, articulo 25º del precitado Reglamento; indicandose que en las solicitudes de Reconocimiento de los MORDAZA de maestro y/o doctor se requiere la MORDAZA de la tesis original y MORDAZA simple; Que, mediante memorando Nº 887-2010-SE, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de una resolucion por la que se modifique el numeral 11 del articulo 25º del Reglamento de la Oficina de Reconocimiento y Certificacion de la Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores, aprobado por Resolucion Nº 610-2008-ANR, de acuerdo al informe aludido en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese el numeral 11 del articulo 25º del Reglamento de la Oficina de Reconocimiento y Certificacion de la Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores, aprobado por Resolucion Nº 6102008-ANR, en los siguientes terminos: Articulo 25º.- Requisitos para el reconocimiento de MORDAZA y/o titulos Para que se inicie el tramite del reconocimiento ante la Asamblea Nacional de Rectores se debera presentar ante Mesa de Partes la documentacion siguiente: (...) 11. Cuando se trate de un grado de Maestro y/o Doctor, se adjuntara original y MORDAZA simple de la tesis correspondiente.

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