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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de noviembre de 2010 428713 septiembre de 2010; el ofi cio Nº 345-2010-D-FDCP-UNFV, de fecha 17 de septiembre de 2010; el informe Nº 006-2010- MSM/SG, de fecha 24 de septiembre de 2010; el memorando Nº 855-2010-SE, de fecha 29 de septiembre de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, mediante ofi cio Nº 1238-2010-R-UNFV, el Rector de la Universidad Nacional Federico Villarreal propone a sus representantes ante la Comisión Especial Revisora del Código Penal del Congreso de la República, de acuerdo al siguiente detalle: “(…) • Dr. Oscar Orlando Morales Vega – Miembro Titular (…) • Dr. Juan Carlos Jimenez Herrera – Miembro Alterno (…)” Que, en base a la información del ofi cio citado, mediante Resolución Nº 0868-2010-ANR, se designó a los profesionales representantes de las universidades del país ante la Comisión Especial Revisora del Código Penal del Congreso de la República para el periodo 2010; Que, mediante Ofi cio Nº 345-2010-D-FDCP-UNFV, el Dr. Oscar Morales Vega comunica que, en lo que respecta a la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución Nº 0868-2010-ANR contiene un error al consignar su segundo nombre como ORLANDO, debiendo decir ROLANDO; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución que modifi que la Resolución Nº 868-2010-ANR en lo que respecta al segundo nombre del profesional representante de la Universidad Nacional Federico Villarreal, en los términos que se derivan del considerando precedente; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Corregir el nombre del profesional de la Universidad Nacional Federico Villarreal que fi gura en el artículo 1º de la Resolución Nº 0868-2010-ANR, de acuerdo al siguiente detalle: Dice: Dr. Oscar Orlando Morales Vega Debe decir: Dr. Oscar Rolando Morales Vega Artículo 2º.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Presidente de la Comisión Especial Revisora del Código Penal del Congreso de la República. Articulo 3º.- Publíquese la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en la página web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 563166-1 Declaran que la creación de la Maestría en Derecho Procesal Penal en la Escuela de Posgrado de la Universidad César Vallejo cumple con lo previsto en la Ley Universitaria COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1033-2010-ANR Lima, 11 de octubre de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Ofi cio Nº 181-2010/SG-UCV, de fecha 21 de julio de 2010; el informe Nº 142-2010-DGDAC, de fecha 14 de septiembre de 2010; y el memorando Nº 847-2010-SE, de fecha 27 de septiembre de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 1513-2001-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores aprueba la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad César Vallejo, precisando que la creación y funcionamiento de nuevos programas de maestría y doctorado requiere el cumplimiento del requisito establecido por el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733; Que, en mérito a lo previsto en el considerando precedente, el Secretario General de la Universidad César Vallejo, con sede en la ciudad de Trujillo, mediante ofi cio de vistos, hace llegar la documentación correspondiente a la creación y organización de la Maestría en Derecho Procesal Penal, precisando que la citada maestría se llevará a cabo a partir del semestre académico 2010-II; Que, de la documentación alcanzada, la Resolución de Directorio Nº 110-2009/UCV aprueba el proyecto de Maestría en Derecho Procesal Penal, en ejecución del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Academia de la Magistratura de la República del Perú y la Universidad César Vallejo, encargándose la ejecución de la referida maestría al Director del Programa de Derecho de la Filial Lima Norte de la citada universidad; Que, mediante informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, comunica que ha examinado la documentación que contiene la resolución de creación y organización de la Maestría en Derecho Procesal Penal referida, concluyendo que la misma cumple con los requisitos académicos necesarios para su funcionamiento; Que, con memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone elaborar una resolución mediante la cual se declare que la creación de la Maestría en Derecho Procesal Penal en la Escuela de Posgrado de la Universidad César Vallejo cumple con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, de acuerdo al anteproyecto presentado por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Creación de la Maestría en Derecho Procesal Penal en la Escuela de Posgrado de la Universidad César Vallejo, con sede en la ciudad de Trujillo, cumple con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 563164-1 Precisan que titulares de grados académicos y títulos profesionales obtenidos en Brasil desde la vigencia del Convenio de Intercambio Cultural aprobado por D.L. Nº 21625, podrán solicitar su reconocimiento ante la ANR COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1035-2010-ANR Lima, 11 de octubre de 2010