Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2010 (03/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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III.- OBJETIVO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2010

El presente proyecto tiene por objeto proponer la modificacion del articulo 108º y del Anexo 3 del Reglamento de Calidad de la Prestacion de los Servicios de Saneamiento, con la finalidad de incluir en los recibos de pago informacion sobre los proyectos autosostenibles incorporados en la estructura tarifaria vigente de las EPS. IV.- PROPUESTA DE MODIFICACION DEL ARTICULO 108º Y EL ANEXO 3 DEL REGLAMENTO DE CALIDAD DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO A continuacion se sustenta las modificaciones propuestas 4.1. Del contenido del comprobante de pago. a) Situacion Actual El articulo 108º establece que el modelo de comprobante de pago contenido en el Anexo 3 es referencial. Sin embargo, se precisa que el contenido indicado es el minimo con el que se debe contar, a fin de cumplir con lo dispuesto por la SUNASS. b) Identificacion del Problema En la actualidad los usuarios no tienen informacion acerca de las obras de saneamiento de gran envergadura que ejecutan las EPS en su localidad, en especial de los proyectos de iniciativas privadas. Mas aun, los usuarios no tienen conocimiento que las tarifas por el servicio de saneamiento permiten cubrir o pagar los costos de dichos proyectos. En dicho sentido, resulta oportuno brindar dicha informacion a los usuarios a traves de los comprobantes de pago de los servicios de saneamiento. c) Solucion Propuesta Por tanto, se propone la siguiente modificacion al articulo 108º y al Anexo 3 del Reglamento de Calidad de la Prestacion de los Servicios de Saneamiento: "Articulo 108º.- Formato Referencial e Informacion Minima del Comprobante de Pago El formato de comprobante de pago contenido en el Anexo 3 es referencial y senala la informacion minima que se debe presentar. El comprobante de pago debera consignar en su anverso informacion sobre la relacion de los proyectos autosostenibles, que hayan sido incorporados en la estructura tarifaria vigente de la EPS. Sin perjuicio de lo anterior, la SUNASS podra determinar que otro MORDAZA de informacion general se debe incorporar en dicho comprobante". "Anexo 3.- Formato Referencial de Comprobante de Pago Mensajes Generales: Recomendacion general al usuario sobre el uso del servicio, informacion sobre los centros autorizados de recaudacion o cobranza y condiciones para el cierre de la conexion. Informacion General: La tarifa aprobada cubre el financiamiento de los siguientes proyectos autosostenibles: - Proyecto .... (Contrato......... suscrito el dd.mm.aa) - Proyecto .... (Contrato........ suscrito el dd.mm.aa)" V.- IMPACTO ESPERADO Si bien el comprobante de pago de algunas EPS, en su anverso, utiliza el MORDAZA "Mensajes Generales" para la contratacion de publicidad, avisos de educacion sanitaria, promocion de sorteos entre aquellos usuarios que no tienen deuda, entre otros, resulta necesario tambien adicionar en dicho espacio informacion relevante para los usuarios, referida a la relacion de proyectos autosostenibles, que hayan sido incorporados en la estructura tarifaria vigente de las EPS de su localidad. La incorporacion de dicha informacion es acorde con el MORDAZA de transparencia, el cual exige que

debe llegar al conocimiento publico la mas amplia informacion. Por otro lado, se debe tener en cuenta que la teoria del consumidor racional (concebido como aquel que tiene toda la informacion relevante acerca del bien o servicio que consume) genero un consenso respecto a que el Estado, a traves de su Agencia de competencia o alguna dependencia, deberia proveer informacion minima para que el consumidor conozca las caracteristicas importantes del bien o servicio que esta consumiendo. Lo expuesto justifica la publicacion de los proyectos autosostenibles en el comprobante de pago, dado que es necesario que los usuarios reconozcan que proyectos se estan financiando a traves del pago que realizan cada mes y sobre todo que indirectamente pueden ser fiscalizadores de los mismos a traves del seguimiento en la mejora en la calidad de la prestacion de los servicios de saneamiento. Como impacto esperado, la inclusion de la relacion de estos proyectos en el comprobante de pago podria contribuir a la aceptacion de los usuarios de los incrementos tarifarios establecidos por el regulador, toda vez que los usuarios de las EPS sabran lo que estan financiando y en la medida que estos proyectos entren en operacion y mejoren indicadores de calidad en la prestacion de los servicios de agua potable y alcantarillado generaran menor oposicion para el pago de los comprobantes, existiendo de este modo una relacion directa entre calidad y disposicion a pagar. Asimismo, la informacion consignada en los recibos de pago podria contribuir a reducir el impacto tarifario de los proyectos de iniciativa privada, en tanto incida sobre el costo financiero de estos. En la medida que se explicite en los recibos que la estructura tarifaria vigente permitira a la EPS cumplir con sus obligaciones contractuales con el concesionario, se minimiza el riesgo de no pago y por tanto se esperaria una reduccion del costo financiero del proyecto. Del mismo modo, provee informacion a los otros agentes economicos que participan en el desarrollo de los proyectos, tales como bancos de inversion, clasificadores de riesgos, entre otros. En suma la incorporacion en el comprobante de pago de la relacion de proyectos autosostenibles que hayan sido considerados en la estructura tarifaria de la EPS, contribuira a que los usuarios asocien la tarifa a la calidad del servicio, minimizando el costo financiero del proyecto de iniciativa privada, garantizando la sostenibilidad economica de las EPS. 538054-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Establecen criterios para asignar una bonificacion en concursos para puestos de trabajo en la administracion publica en beneficio del personal licenciado de las Fuerzas Armadas
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 61-2010-SERVIR/PE MORDAZA, 1 de septiembre de 2010 Visto, el Informe Nº 012-2010-SERVIR/GPGRH de la Gerencia de Politicas de Gestion de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, rectora

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