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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de abril de 2011 441621 procesal, tienen la responsabilidad de coordinar con el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, para los fines de realizar el monitoreo y evaluación permanente y de esa forma proponer las acciones administrativas y de control pertinentes a que haya lugar en sus respectivas sedes; Tercero: Que, en ese orden de ideas y estando a lo expuesto por los Presidentes Titular y Encargado del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, respectivamente, en consonancia con el contenido de los Informes Nros. 090 y 091-2011-SEP-GP-GG-PJ y 244-2010-SEP-GP- GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional las de adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, estando a la particular relevancia que tiene para la administración de justicia en el país en el actual proceso de implementación del Nuevo Sistema Procesal, resulta conveniente autorizar la prórroga de órganos jurisdiccionales penales en los Distritos Judiciales de Arequipa, Cusco, Huaura, La Libertad, Lambayeque, Madre de Dios, Puno y Tumbes, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito; Cuarto: Que, los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial, asimismo adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia; Por tales fundamentos el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales penales transitorios liquidadores: Hasta el 31 de mayo de 2011 DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Canchis, • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Espinar, • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de La Convención. DISTRITO JUDICIAL DE HUAURA • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Huaura. DISTRITO JUDICIAL DE PUNO • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de El Collao, • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Huancané, • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Lampa, • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Melgar, • El Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de San Román. DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Contralmirante Villar. Hasta el 30 de junio de 2011 DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO • La Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cusco, • El Primer, Segundo y Tercer Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de Cusco. DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE • La Sala Penal Liquidadora Transitoria de Jaén, • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Jaén, • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Cutervo. DISTRITO JUDICIAL DE MADRE DE DIOS • La Sala Penal Liquidadora Transitoria de Tambopata. Hasta el 30 de setiembre de 2011 DISTRITO JUDICIAL DE AREQUIPA • La Sala Penal Liquidadora Transitoria de Arequipa. DISTRITO JUDICIAL DE HUAURA • El Primer y Segundo Juzgados Penales Unipersonales Transitorios de Huaura, • El Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio de Huaura, • El Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Barranca, • El Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio de Barranca, • El Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Huaral, • El Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio de Huaral. DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD • El Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de Trujillo. DISTRITO JUDICIAL DE MADRE DE DIOS • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Tambopata. DISTRITO JUDICIAL DE PUNO • La Sala Penal Liquidadora Transitoria de Puno, • El Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de Puno, • El Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de San Román. Artículo Segundo.- Facultar a los Presidentes de Ias Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Huaura, La Libertad, Lambayeque, Madre de Dios, Puno y Tumbes; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Fiscalía de la Nación, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Huaura, La Libertad, Lambayeque, Madre de Dios, Puno y Tumbes; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO ROBINSON O. GONZÁLES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA DARIO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA 632541-2