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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (27/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de abril de 2011 441604 Entidades de Gobierno Nacional que formulen las políticas nacionales y/o sectoriales están obligadas a establecer, mediante resolución del Titular de la Entidad, la relación de bienes y servicios que se contratarían a través de una compra corporativa, debiendo señalar la Entidad encargada de la compra corporativa, las Entidades participantes, así como las obligaciones y responsabilidades de estas últimas. El mismo artículo dispone además que los bienes y servicios que se contraten bajo esta modalidad sean aquellos necesarios para la ejecución de las políticas nacionales y/o sectoriales que tengan a su cargo las Entidades del Gobierno Nacional; Que, mediante Informe N° 011-2011-DIGEMID-DAUM- ACCESO/MINSA, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas sustenta la necesidad de realizar la Compra Corporativa Obligatoria de Medicamentos Oncológicos, precisando que a través de procesos de contratación por compras corporativas facultativas que han realizado Entidades del Estado para la adquisición de medicamentos oncológicos se ha permitido disponer de dichos medicamentos a precios más asequibles para la población que se atiende en los establecimientos de salud del Sector Público, en comparación con el sector Privado; Que, teniendo en cuenta lo expuesto, es necesario aprobar el Listado de Medicamentos Oncológicos que serán adquiridos mediante la Compra Corporativa Obligatoria para el abastecimiento del año 2012; Con el visado del Director General de Medicamentos Insumos y Drogas, de la Directora General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Listado de Medicamentos Oncológicos para la Compra Corporativa Obligatoria para el abastecimiento del año 2012, que consta en el Anexo N° 01, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Aprobar el listado de entidades participantes en la compra corporativa obligatoria de medicamentos oncológicos para el abastecimiento del año 2012, de acuerdo al Anexo N° 02, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3°.- Disponer que la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - DARES, ejecute el proceso de selección mediante Compra Corporativa Obligatoria de Medicamentos Oncológicos para el abastecimiento del año 2012, debiendo coordinar con las entidades participantes sus requerimientos, así como consolidar los mismos. Artículo 4°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal Electrònico del Ministerio de Salud: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_ normas.asp. Artículo 5°.- Remitir al Ministerio de Economía y Finanzas y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, en el plazo de cinco (5) días hábiles, una copia de los Informes Técnico y Legal que sustentan la presente Resolución. Artículo 6°.- Disponer la notifi cación de la presente Resolución a las Entidades participantes en la compra corporativa obligatoria para la adquisición de medicamentos oncológicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 632990-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban el Plan Anual de Transferencia 2011 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 125-2011-TR Lima, 25 de abril de 2011 VISTOS: El Acta de sesión de la IV Cumbre de Descentralización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo realizada en la ciudad Piura el 03 y 04 de marzo de 2011; el Acta de Reunión de Coordinación de la Comisión de Cierre de Transferencia a los Gobiernos Regionales de Lima y Callao de fecha 07 de abril de 2011; el Ofi cio Nº 055-2011-MTPE/4/9.4 y el Informe Nº 001-2011-MTP/4/9.4 del Jefe (e) de la Ofi cina de Descentralización; y el Ofi cio Nº 347-2011-MTPE/4/9.4, del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188º de la Constitución Política del Perú, establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país y que se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el segundo párrafo del artículo 83º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales concordante con la Sétima Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el numeral a.1 del artículo 6º de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales, establece que las Comisiones Sectoriales de Transferencia, propondrán cada año, planes anuales de transferencia; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, este Sector es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, tales como: formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de promoción del empleo, intermediación laboral, formación profesional y capacitación para el trabajo, normalización y certifi cación de competencias laborales, autoempleo, migración laboral y reconversión laboral, realizando seguimiento, monitoreo y evaluación respecto al desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, así como adoptar las medidas correctivas; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 081- 2005-CND-P, se aprobó la Directiva Nº 005-CND-P- 2005 “Procedimiento para la Formulación de Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, en cuyo numeral 11.1 defi ne que el Plan elaborado anualmente por las Comisiones Sectoriales de Transferencia del Gobierno Nacional toma como referencia el Plan de Transferencia Sectorial del Quinquenio, debiendo ser aprobado por Resolución Ministerial y ser presentado a la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; plan que contiene entre otros, el Programa integral de capacitación y asistencia técnica, teniendo en cuenta para ello la Directiva Nº 001-2011-PCM/SD “Directiva General para la Formulación, Aprobación, Implementación, Monitoreo y Evaluación de los Planes de Desarrollo de Capacidades”, recientemente aprobada por