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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (27/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de abril de 2011 441605 Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 154- 2011-PCM/SD; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 144-2010-TR, de fecha 21 de junio de 2010, se aprobó el “Plan Sectorial de Transferencia de Mediano Plazo 2010-2014 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo”, donde se establece en su marco lógico, el fi n, propósito, componentes y las actividades; Que, mediante Ofi cio Múltiple Nº 119-2010-PCM/ SD, de fecha 11 de mayo de 2010, la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, precisa: “Que las acciones establecidas en el plan anual sectorial, deberán tener como marco de referencia lo dispuesto en su respectivo Plan Anual de Transferencia Sectorial de Mediano Plazo 2010 – 2014”; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009” y otras disposiciones para el desarrollo del proceso de descentralización, en su artículo 4º, prevé la constitución, reconocimiento y funcionamiento de las Comisiones Intergubernamentales, para tal efecto se reconoció mediante Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 051-2009-PCM/SD, a la Comisión Intergubernamental del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, encargada del desarrollo de los componentes de la Gestión Descentralizada de los servicios públicos al ciudadano para que se ejerzan plenamente las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales, entre otros; Que, en la IV Sesión Ordinaria de la Comisión Intergubernamental realizada en la ciudad de Piura el 03 y 04 de marzo de 2011, siendo éste un espacio de articulación y coordinación del ejercicio de las funciones compartidas entre los tres (3) niveles de gobierno, se llegarán a varios acuerdos consensuados, entre ellos, aprobar el Plan Anual de Transferencias 2011 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que toma como referencia el Plan de Transferencia Sectorial al Quinquenio 2010 – 2014; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta procedente aprobar el Plan Anual de Transferencia 2011 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Presidente de la Comisión Sectorial de Transferencias, del Jefe de la Ofi cina General de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Presidente de la Comisión Intergubernamental del Sector Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2010-TR, la Directiva Nº 005-CND-P-2005, aprobada por Resolución Presidencial Nº 081-CND-P-2005; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el PLAN ANUAL DE TRANSFERENCIA 2011 DEL SECTOR TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, presentado por la Comisión Sectorial de Transferencia, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación del anexo a que hace referencia el artículo precedente, en el Portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. mintra.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Artículo 3º.- Remitir a la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros – PCM, copia de la presente Resolución Ministerial y el Plan Anual de Transferencia Sectorial 2011 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que se aprueba. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 632836-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 292-2011-MTC/02 Lima, 20 de abril de 2011 VISTOS: El Informe Nº 248-2011-MTC/12.07 y el Memorándum Nº 594-2011-MTC/12.07 emitidos por la Dirección General de Aeronáutica Civil, el Informe Nº 110-2011-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico, de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa Lan Perú S.A. ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, su solicitud para ser atendida durante los meses de abril y mayo de 2011, acompañando los requisitos establecidos en el marco de los Procedimientos Nos. 10, 12 y 16 correspondientes a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Lan Perú S.A. ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente a los Procedimientos a que se refi eren en el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas