Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2011 (28/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de diciembre de 2011

La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Seclen para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros - Seccion A: Personas Naturales Seccion III de Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripcion de los Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros mediante Sesion de la Comision Evaluadora de fecha 20 de octubre del 2011, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 10º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005, RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Seclen con matricula Nº AN-300 en el Registro del Sistema de Seguros - Seccion A: Personas Naturales Seccion III de Ajustadores de Siniestros y/ o Peritos de Seguros, para operar como Ajustador de MORDAZA Generales. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CANTA TERREROS Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros 733138-1

Autorizan a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Prymera la conversion de oficina especial ubicada en el distrito de Miraflores, provincia de MORDAZA, en agencia
RESOLUCION SBS Nº 12111-2011 MORDAZA, 20 de diciembre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Prymera, para que se le autorice la conversion de su Oficina Especial ubicada en la Avenida Republica de Panama Nº 6251, distrito de Miraflores, provincia de MORDAZA, departamento de Lima; en Agencia; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la conversion de la referida Oficina Especial en Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "A", mediante Informe Nº 179-2011-DSM"A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009 y mediante Memorandum Nº 673-2011-SABM del 13 de diciembre de 2011; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Prymera la conversion de la Oficina Especial ubicada en Av. Republica de Panama Nº 6251, distrito de Miraflores, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en Agencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas (a.i.) 733843-1

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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