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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2011 (09/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de julio de 2011 446142 • Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales y suministros necesarios para las actividades de exploración y la construcción de cam- pamentos. • Servicios médicos y hospitalarios. • Servicios relacionados con la protección ambiental. • Servicios de sistemas e informática. • Servicios de comunicaciones, incluyen comunicación radial, telefonía satelital. • Servicios de seguridad industrial y contraincendios. • Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal opera- tivo. • Servicios de seguros. • Servicios de rescate, auxilio. 662642-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la PNP a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 089-2011-IN Lima, 8 de julio de 2011 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 175-2011- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 5 de julio de 2011, suscrita por el Jefe del Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, mediante la cual se recomendó la autorización de viaje al extranjero en comisión del servicio del Comandante de la Policía Nacional del Perú Néstor Aquiles SANTANDER HIDALGO HIDALGO y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Rildo Ramiro CHUMBE RICOPA, a la ciudad de Miami - Estados Unidos de América, del 11 al 15 de julio de 2011. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 013-2007- JUS del 17 de enero de 2007, se resolvió acceder al pedido de extradición activa del procesado Telmo Ricardo HURTADO HURTADO, formulado por el Cuarto Juzgado Penal Supranacional de Lima y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por los Delitos contra la Vida, el Cuerpo y la Salud - Asesinato, en agravio de Juliana BALDEÓN GARCÍA y otros, así como contra la Libertad Individual - Secuestro y contra la Humanidad - Desaparición Forzada, en agravio de Filomeno CHUCHÓN TECSI; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de los Estados Unidos de América, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Ofi cio Nº 3499-2011-MP-FN-UCJIE(EXT 11-06) del 30 de junio de 2011, la Doctora Secilia HINOJOSA CUBA, Fiscal Adjunta Suprema Titular de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, solicitó al Coronel de la Policía Nacional del Perú, Director Ejecutivo de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, se sirva adoptar, con carácter de MUY URGENTE, las acciones que correspondan para la designación y autorización de viaje de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, trasladar y custodiar al procesado Telmo Ricardo HURTADO HURTADO,desde los Estados Unidos de América hacia nuestro país; Que, con Memorándum Múltiple Nº 268-2011- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 6 de julio de 2011, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio del Comandante de la Policía Nacional del Perú Néstor Aquiles SANTANDER HIDALGO HIDALGO y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Rildo Ramiro CHUMBE RICOPA, a la ciudad de Miami - Estados Unidos de América, del 11 al 15 de julio de 2011, a fi n de que ejecuten la extradición activa del procesado Telmo Ricardo HURTADO HURTADO, solicitado por la autoridad judicial antes mencionada, por los Delitos contra la Vida, el Cuerpo y la Salud - Asesinato, en agravio de Juliana BALDEÓN GARCÍA y otros, así como contra la Libertad Individual - Secuestro y contra la Humanidad - Desaparición Forzada, en agravio de Filomeno CHUCHÓN TECSI; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Ofi cio N° 1223-2011-DIRECFIN- PNP/DIVPRE del 5 de julio de 2011, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remitió a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 080-2011- DIRECFIN-DIVDyB-DEPADM-CS. del 5 de julio de 2011, sobre Proyecto de Liquidación por Comisión del Servicio en el Extranjero del 11 al 15 de julio de 2011; asimismo la División de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, hizo conocer que se ha formulado la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 342-2011-DIRECFIN-PNP/ DIVPRE del 5 de julio de 2011, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Específi ca del Gasto 2.3.21.12 Viáticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a S/. 6,050.00 (Seis Mil Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles), por comisión del servicio a la ciudad de Miami - Estados Unidos de América, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Néstor Aquiles SANTANDER HIDALGO HIDALGO y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Rildo Ramiro CHUMBE RICOPA, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 10.1 del artículo 10º de la Ley N° 29626 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modifi catoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; Que, el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder califi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideración los dispositivos legales antes mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial