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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de julio de 2011 446631 • Un representante del Colegio Médico del Perú; • Un representante del Colegio Químico Farmacéutico Departamental de Lima”. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 665605-1 Aprueban Directiva Sanitaria para la implementación de la Estrategia Educativa en Salud “Plan Cuido a mi Familia” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 545-2011/MINSA Lima, 13 de julio del 2011 Visto el expediente N° 09-102564-001, que contiene el Informe Nº 040-2011-SFS-ET-DES-DGPS-MINSA, de la Dirección General de Promoción de la Salud, e Informe Nº 374-2011-OGAJ/MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el numeral II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que la protección de la salud es de interés público, por lo que es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 60º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece que la Dirección General de Promoción de la Salud es el órgano técnico - normativo, responsable de la conducción del proceso de Promoción de la Salud, así como de contribuir al desarrollo integral de la persona, familia y comunidad cuyas acciones inciden en los determinantes sociales que infl uyen en la salud de la población; Que, en el marco de sus competencias, la Dirección General de Promoción de la Salud, ha propuesto para su aprobación la Directiva Sanitaria para la implementación de la Estrategia Educativa en Salud “Plan Cuido a mi Familia”, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo de estilos de vida saludables en las y los estudiantes y de sus familias a través del fortalecimiento de las acciones de promoción de la salud en las instituciones educativas de nivel primario y secundario de educación básica regular; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Promoción de la Salud; Con el visado del Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Directiva Sanitaria Nº 042-MINSA/DGPS-V.01 Directiva Sanitaria para la implementación de la Estrategia Educativa en Salud “Plan Cuido a mi Familia”, que en documento adjunto forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Promoción de la Salud la difusión, monitoreo y evaluación del cumplimiento de la citada Directiva Sanitaria. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o quien haga sus veces a nivel regional, son responsables de la supervisión del cumplimiento de la mencionada Directiva Sanitaria, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa. gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 665605-2 Aprueban Norma Técnica de Salud “Categorías de Establecimientos del Sector Salud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 546-2011/MINSA Lima, 13 de julio del 2011 Visto el expediente Nº 10-103788-013, que contiene el Memorando Nº 2655-2011-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas, e Informe Nº 368-2011- OGAJ/MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural; Que, el artículo 8º de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, establece que las instituciones prestadoras de salud son los establecimientos públicos, privados o mixtos categorizados y acreditados por la autoridad competente y registrados en la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, autorizados para brindar los servicios de salud correspondientes a su nivel de atención; Que, el artículo 100º del Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2006-SA, establece que los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo deben someterse a procesos de categorización y recategorización de acuerdo a normas técnico sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud; Que, el literal b) del artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece que la Dirección General de Salud de las Personas tiene como una de sus funciones generales establecer las normas, supervisión y evaluación de la atención de la salud de las personas en las diferentes etapas de vida, así como la categorización, acreditación y funcionamiento de los servicios de salud y la gestión sanitaria en el Sector Salud; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 914- 2010/MINSA se aprobó la NTS Nº 021-MINSA/DGSP-V02 Norma Técnica de Salud “Categorías de Establecimientos del Sector Salud”; Que, en el marco de sus competencias, la Dirección General de Salud de las Personas, ha procedido a revisar y actualizar la NTS Nº 021-MINSA/DGSP-V02 Norma Técnica de Salud “Categorías de Establecimientos del Sector Salud”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 914-2010/MINSA, con la fi nalidad de contribuir a mejorar el desempeño del sistema de salud en respuesta a las necesidades de salud de la población, emitiendo la opinión técnica favorable correspondiente; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con el inciso i) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la NTS Nº 021-MINSA/DGSP-V.03 Norma Técnica de Salud “Categorías de Establecimientos