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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de julio de 2011 446630 a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. YSAAC GUILLERMO CHANG DIAZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 665515-5 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable Nº ATN/ OC-12005-PE. “Fortalecimiento del Sistema Nacional de Registros Civiles e Identificación de los Peruanos Indocumentados en el Departamento de Huancavelica” DECRETO SUPREMO Nº 088-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable Nº ATN/OC-12005-PE. “Fortalecimiento del Sistema Nacional de Registros Civiles e Identifi cación de los Peruanos Indocumentados en el Departamento de Huancavelica”, fue suscrito el 18 de mayo de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable No. ATN/OC-12005-PE. “Fortalecimiento del Sistema Nacional de Registros Civiles e Identifi cación de los Peruanos Indocumentados en el Departamento de Huancavelica”, suscrito el 18 de mayo de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de julio del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 666637-5 Cancelan Exequátur que reconoce a Cónsul General de Colombia en Lima RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 281-2011-RE Lima, 15 de julio de 2011 Vista la Resolución Suprema Nº 163-2008-RE, de fecha 24 de junio de 2008, que reconoce al señor Jairo Montes Moreno, como Cónsul General de Colombia en Lima; Vista la Nota Nº E.263, de fecha 11 de julio de 2011, de la Embajada de Colombia, mediante la cual se informa el término de funciones del señor Jairo Montes Moreno, como Cónsul General de Colombia en Lima, con efectividad al 4 de julio de 2011; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido que procede la cancelación del Exequátur otorgado; De conformidad con lo establecido en el artículo 118º, inciso 11, de la Constitución Política del Perú; y en el artículo 25º, incisos a y b, de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Cancelar el Exequátur que reconoce al señor Jairo Montes Moreno, como Cónsul General de Colombia en Lima, con efectividad al 4 de julio de 2011. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 666637-10 SALUD Modifican la R.M. Nº 207-2011/MINSA, sobre conformación de Comisión Sectorial de Medicina Alternativa y Complementaria - COMAC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 544-2011/MINSA Lima, 13 de julio del 2011 Visto el Expediente Nº 11-033840-001, que contiene el Ofi cio Nº 0347-2011-D-CQFDL, del Colegio Químico Farmacéutico Departamental de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 207-2011/ MINSA del 18 de marzo de 2011, se constituyó una Comisión Sectorial de Medicina Alternativa y Complementaria – COMAC, con el objeto de proponer un marco normativo para la adecuación y articulación de la Medicina Alternativa y Complementaria en el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; Que, mediante el documento del visto, el Decano del Colegio Químico Farmacéutico Departamental de Lima, ha solicitado la inclusión de un representante de dicha Institución ante la Comisión Sectorial antes señalada; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Artículo 8° de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 207-2011/MINSA, en los siguientes términos: “Artículo 2º.- De la conformación La Comisión Sectorial estará integrada por los siguientes miembros: • La Viceministra de Salud o su representante, quien la presidirá; • Un representante del Centro Nacional de Salud Intercultural del Instituto Nacional de Salud; • Un representante de la Dirección General de Salud de las Personas; • Un representante de la Dirección General de Promoción de la Salud;