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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de julio de 2011 446666 de ejecución la adecuación del aplicativo informático “Sistema de Medidas de Austeridad” que permita el registro del Informe y formatos correspondientes; De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car los plazos establecidos en el numeral 8.3. de la Directiva Nº 004-2011-CG/ PRE “Evaluación del Cumplimiento de las Medidas de Austeridad en el Gasto Público”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 131-2011-CG, conforme al siguiente texto: “8.3. Para el registro de la información relativa al año 2010, rigen los siguientes plazos: Concepto Fecha de Vencimiento a) a) Plazo para el registro del informe y los formatos, a que se refi eren los puntos 6.3.-a)-i, 6.3.-a)-ii y 6.3.-b)-i de la Directiva. b) 31 de Agosto de 2011 c) b) Plazo para el registro del informe y los formatos a que se refi eren los puntos 6.2.-g) y 6.3.b)-ii de la Directiva. 30 de Setiembre de 2011 c) Plazo para que las Gerencias y la ORC de la CGR aprueben el Informe, a que se refi ere el punto 6.5-a) de la Directiva.” 31 de Octubre de 2011 Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información, la publicación de la Directiva aprobada por la presente Resolución, en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en la página web de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 666520-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Modifican el Artículo Primero de la R.J. Nº 1097-2010/JNAC/RENIEC, referente a la campaña de obtención y expedición del DNI para personas adultas mayores en forma gratuita RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 353-2011-JNAC/RENIEC Lima, 15 de julio de 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 001293-2011/GOR/RENIEC (01ABR2011) e Informe Nº 000050-2011/GOR/RENIEC (01ABR2011) de la Gerencia de Operaciones Registrales, el Ofi cio Nº 000918-2011/GPP/RENIEC (20ABR2011) de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe Nº 000577-2011-GPP/SGP/RENIEC (20ABR2011) emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto, el Informe Nº 000044- 2011/SJNAC/RENIEC (12MAY2011) de la Sub Jefatura Nacional; y, los Informes Nos. 000742-2011 y 000964- 2011-GAJ/RENIEC (12ABR Y 23MAY2011), emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Estado es competencia funcional del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el artículo 98º del Decreto Supremo Nº 015-98- PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, desde el año 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del Documento Nacional de Identidad, las mismas que han benefi ciado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros; Que mediante Resolución Jefatural Nº 873-2007/JNAC/ RENIEC (17OCT2007) la Jefatura Nacional dispuso, en el artículo cuarto, la atención gratuita de todo tipo de trámites en domicilio, incluyendo la toma de fotografías, a las personas mayores de setenta (70) años con discapacidad severa y aquellas que se encuentren postradas, resolución que se encuentra actualmente vigente; Que mediante el Decreto de Urgencia Nº 059-2010 (27AGO2010), se dictaron las medidas económicas y fi nancieras de carácter urgente, con el fi n de crear el Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el adulto mayor “Gratitud”, cuyo objeto es transferir, de manera directa subvenciones económicas a los adultos en condición de extrema pobreza a partir de los setenta y cinco (75) años de edad; precisándose en la norma que los benefi ciarios deberán ser acreditados con su Documento Nacional de Identidad (DNI); Que en virtud a ello, mediante la Resolución Jefatural Nº 910-2009/JNAC/RENIEC (30DIC2009), modifi cada por la Resolución Jefatural Nº 849-2010/JNAC/RENIEC (28SET2010) se aprobó la campaña para la obtención y expedición del Documento Nacional de Identidad en todo tipo de trámites, para las personas adultas mayores a partir de los setenta y cinco (75) años de edad en forma gratuita, hasta el 31DIC2010; Que por Resolución Jefatural Nº 1097-2010/JNAC/ RENIEC (30DIC2010), se aprobó la campaña para la obtención y expedición del Documento Nacional de Identidad, en todo tipo de trámites, para las personas adultas mayores a partir de los setenta y cinco (75) años en forma gratuita, a nivel nacional, hasta el 31 de Diciembre de 2011, con cargo a la fuente Recursos Directamente Recaudados y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes; pudiendo los referidos procedimientos efectuarse en el domicilio del ciudadano en los distritos de Lima Metropolitana, Callao y en la Ofi cina Registral Piura, de la Jefatura Regional Piura; Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante los documentos del visto, solicita que se amplíe el benefi cio de gratuidad para todo tipo de trámites, para la obtención del Documento Nacional de Identidad para personas adultas mayores a partir de los setenta (70) años, otorgado por la Resolución Jefatural acotada precedentemente, hasta el 31DIC2011, considerando la condición de vulnerabilidad biológica y social de este sector; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98- PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 855- 2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el artículo Primero de la Resolución Jefatural Nº 1097-2010/JNAC/RENIEC