Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2011 (21/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2011

dominio a favor del Estado del terreno de 27 236,81 m², de conformidad con lo dispuesto en el articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0345-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 12 de MORDAZA de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 27 236,81 m², ubicado en el Cerro Corichacra, distrito de Pausa, provincia de MORDAZA del Sarasara, departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA descrito, en el Registro de Predios de Nasca. Registrese, comuniquese y publiquese.RAQUEL ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal 667358-3

conteniendo la evaluacion del Proyecto de Modificacion del Reglamento de Solucion de Reclamos de la empresa concesionaria ANDINOS, asi como el proyecto de Resolucion correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del Articulo 5º de la Ley Nº 26917, MORDAZA de creacion de OSITRAN, este tiene entre sus objetivos velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos de concesion vinculados a la infraestructura publica nacional de transporte; Que, el Articulo 32º del Reglamento General de OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 044-2006PCM, establece que corresponde a OSITRAN verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o tecnicas por parte de las Entidades Prestadoras; Que, asimismo dicha MORDAZA senala en su articulo 53º inciso c) que le corresponde al Consejo Directivo ejercer la funcion normativa de OSITRAN, en el MORDAZA de lo establecido en la Ley Nº 26917, Ley de creacion de OSITRAN y su Reglamento; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 002-2004-CD-OSITRAN se aprobo el "Reglamento General para la Solucion de Reclamos y Controversias" y con Resolucion de Consejo Directivo Nº 076-2006-CDOSITRAN se modifico dicho Reglamento y, entre otros, se cambio su denominacion a la de "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias de OSITRAN"; Que, con Resolucion de Consejo Directivo Nº 0122011-CD-OSITRAN, de fecha 05 de MORDAZA de 2011, se aprobo el Reglamento de Solucion de Reclamos de Usuarios de la empresa concesionaria Aeropuertos Andinos del Peru S.A.; Que, mediante Carta Nº403-2011-AAP, con fecha de recepcion 08 de junio de 2011, el Concesionario remitio el Proyecto de Modificacion de su Reglamento de Solucion de Reclamos de Usuarios; Que, con Oficio Nº 2361-2011-GS-OSITRAN, de fecha 10 de junio de 2011, se notifico al Concesionario, que OSITRAN publico en su pagina web el Proyecto de Modificacion del Reglamento de Solucion de Reclamos de Usuarios presentado por ANDINOS, para que los interesados puedan remitir sus comentarios en un plazo MORDAZA de diez (10) dias, cumpliendo asi con lo establecido en el Articulo 34º del Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias de OSITRAN; Que, vencido el plazo para la remision de comentarios, no se recibio ningun comentario por parte de personas y/o instituciones interesadas; Que, el articulo 35º del Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias de OSITRAN, dispone que una vez recibido el proyecto de Modificacion del Reglamento de Solucion de Reclamos de Usuarios de la Entidad Prestadora se seguira el mismo procedimiento que se establece en el articulo 34º; Que, el articulo 34º del Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias de OSITRAN, establece que OSITRAN cuenta con treinta (30) dias, a partir del dia siguiente de la MORDAZA del Proyecto de Modificacion del Reglamento de Solucion de Reclamos de Usuarios, para su aprobacion; Que, mediante Informe Nº 012-11-GS-GAL-OSITRAN, de fecha 11 de MORDAZA de 2011, las Gerencias de Supervision y Asesoria Legal, al MORDAZA de las Disposiciones del Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias de OSITRAN, evaluaron que el Proyecto de Modificacion del Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias de ANDINOS se encuentra conforme a lo establecido en el Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias de OSITRAN; por lo que corresponde que el Consejo Directivo de OSITRAN apruebe, con las observaciones que se formulan en el referido Informe, el Proyecto del Modificacion del Reglamento de Atencion de Reclamos de Usuarios presentado por la empresa concesionaria ANDINOS; POR LO EXPUESTO, en base a la evaluacion contenida en el Informe Nº 012-11-GS-GAL-OSITRAN, en virtud de la facultad normativa establecida en el numeral 6.1 de la Ley Nº 26917 y el literal c) del numeral 3.1 de la Ley Nº 27332; el literal c) del articulo 53º del Reglamento General de OSITRAN, aprobado mediante

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Aprueban modificacion del "Reglamento de Solucion de Reclamos de los Usuarios de las empresas concesionaria Aeropuertos Andinos del Peru S.A."
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 027-2011-CD-OSITRAN MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2011 EMPRESA CONCESIONARIA : Aeropuertos Andinos del Peru S.A. (ANDINOS) MATERIA : Aprobacion de la modificacion del Reglamento de Solucion de Reclamos de Usuarios

VISTOS: El Informe Nº 012-GS-GAL-OSITRAN, remitido a la Gerencia General con fecha 11 de MORDAZA de 2011,

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