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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2011 (21/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de julio de 2011 446941 Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM; el numeral 8 de las Funciones Generales del Consejo Directivo, mencionadas en el Manual de Organización y Funciones de OSITRAN, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009- 2009-CD-OSITRAN; así como lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 34º del Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias de OSITRAN; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 393-2011-CD, que se inició el 16 de julio de 2011 y, culmino el 18 de julio de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º. Aprobar la modifi cación del “Reglamento de Solución de Reclamos de los Usuarios de la empresa concesionaria Aeropuertos Andinos del Perú S.A.”, con las observaciones que se formulan en el Informe Nº 012-11- GS-GAL-OSITRAN, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º. Disponer que la empresa concesionaria Aeropuertos Andinos del Perú S.A., difunda la modifi cación de su Reglamento de Atención y Solución de Reclamos en su página web, luego de subsanar las observaciones contenidas en el Informe Nº 012-11-GS-GAL-OSITRAN, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notifi cación de la presente Resolución. La Modifi cación del Reglamento aprobada entrará en vigencia al día siguiente de la publicación en su página web; para dicho efecto, la empresa concesionaria deberá dejar constancia en su página web, la fecha en que el referido Reglamento haya sido publicado en la misma. Artículo 3º. Notifi car la presente Resolución y el Informe Nº 012-11-GS-GAL-OSITRAN a la empresa concesionaria Aeropuertos Andinos S.A. Artículo 4º. Encargar a la Gerencia de Supervisión efectuar las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de la presente Resolución, así como la oportuna publicación en la página web de OSITRAN del Reglamento aprobado, luego que la empresa concesionaria Aeropuertos Andinos S.A. haya realizado las subsanaciones correspondientes. Artículo 5º. Publicar la presente Resolución en la página web de OSITRAN. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS ZEVALLOS UGARTE Presidente del Consejo Directivo INFORME Nº 012-11-GS-GAL-OSITRAN A : Carlos Aguilar Meza Gerente General De : Luigi D’Alfonso Crovetto Gerente de Supervisión Roberto Vélez Salinas Gerente de Asesoría Legal Asunto : Proyecto de Modifi cación de Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de la empresa concesionaria Aeropuertos Andinos del Perú S.A. Fecha : 11 de julio de 2011 I. OBJETIVO 1. Evaluar y emitir opinión respecto del Proyecto de Modifi cación del Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios presentado por la empresa concesionaria Aeropuertos Andinos del Perú S.A., empresa concesionaria de la Concesión del Segundo Grupo de Aeropuertos de la República del Perú. II. ANTECEDENTES 2. Con fecha 05 de enero de 2011, se suscribió entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, el Concedente) y la empresa concesionaria Aeropuertos Andinos S.A. (en adelante el Concesionario o ANDINOS), el Contrato de Concesión del Segundo Grupo de Aeropuertos de la República del Perú (en adelante, el Contrato de Concesión). 3. Con fecha 06 de enero de 2011, el Concesionario tomó posesión de los Aeropuertos de la República del Perú, lo cual dio inicio a la Explotación. 4. Con fecha 22 de febrero de 2011, mediante la Carta Nº 055-2011-AAP, el Concesionario remitió a OSITRAN el Proyecto del Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios. 5. Mediante Informe Nº 006-11-GS-GAL-OSITRAN, de fecha 31 de marzo de 2011, se recomendó la aprobación del Proyecto de Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios presentado por la empresa concesionaria Aeropuertos Andinos del Perú S.A. con la incorporación de las observaciones formuladas por OSITRAN. 6. Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 012- 2011-CD-OSITRAN, de fecha 05 de abril de 2011, se aprobó el Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios de la empresa concesionaria Aeropuertos Andinos del Perú S.A. 7. Mediante Carta Nº 403-2011-AAP de fecha de recepción 08 de junio de 2011, el Concesionario remitió el proyecto de modifi cación de su Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios. 8. Mediante Ofi cio Nº 2361-2011-GS-OSITRAN de fecha 10 de junio de 2011, se notifi có al Concesionario, que OSITRAN publicó en su página web el Proyecto de Modifi cación del Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios presentado por ANDINOS para que los interesados puedan remitir sus comentarios, en un plazo máximo de diez (10) días, cumpliendo así con lo establecido en el Artículo 34º del Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias de OSITRAN. 9. Luego de vencido el plazo de diez (10) días de haberse difundido en la página web de OSITRAN el referido proyecto de Reglamento, la Ofi cina de Relaciones Institucionales de OSITRAN1 no ha recibido comentarios por parte de personas y/o instituciones interesadas, por lo que corresponde continuar con el trámite, para la aprobación de las modifi caciones al Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios, planteados por ANDINOS. III. MARCO LEGAL 10. El Artículo 35º del Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias de OSITRAN (en adelante, el Reglamento)2, establece el procedimiento que deberá seguir la entidad prestadora para la aprobación de la modifi cación del Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios: (...) “Artículo 35º.- Aprobación de la modifi cación del Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios de la Entidad Prestadora Recibido el proyecto de Modifi cación del Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios de la Entidad Prestadora se seguirá el mismo procedimiento a que se refi ere el artículo anterior” (...) 11. Al respecto, en el artículo 34º del antes citado Reglamento, se indica el procedimiento de aprobación del Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios presentado por la Entidad Prestadora. (...) “Artículo 34º.- Aprobación del Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios de la Entidad Prestadora. Recibido el proyecto de Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios de la Entidad Prestadora, 1 Encargada de “supervisar los medios de difusión de la entidad: la administración de la página Web y el portal de transparencia de OSITRAN.” 2 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N 002-2004-CD-OSITRAN, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 23 de enero de 2004, y modifi cado por Resolución de Consejo Directivo N 076-2006-CD-OSITRAN, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 22 de diciembre de 2006.