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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de marzo de 2011 438715 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0201/RE-2011 Lima, 8 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Perú otorga especial al interés al mantenimiento de la paz, la seguridad y el desarrollo económico y social de Haití y en consecuencia, participa en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH); Que, el Gobierno de la República Oriental del Uruguay ha convocado a una Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa de los países sudamericanos con contingente militar en Haití, a celebrarse el próximo 10 de marzo en Montevideo; Que la participación de un funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores en el citado evento reviste especial interés debido al grado de participación de nuestro país en la MINUSTAH; De conformidad con la Ley del Servicio Diplomático de la República, y su modifi catoria; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, su modifi catoria y Reglamento, y su modifi catoria; y la Ley Nº 29626-2010-PCM en su artículo 10.1 inciso d); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Romy Sonia Tincopa Grados, funcionaria de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, para participar en la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores y Defensa de los países sudamericanos con contingente militar en Haití, la misma que se llevará a cabo en Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 10 de marzo de 2011. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la participación de la citada funcionaria diplomática por concepto de pasajes US$ 1105.00 y viáticos US$ 400.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido curso, el citado funcionario deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia Encargada del Despacho de Relaciones Exteriores 612027-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican la R.D. Nº 210-2010-MTC/12, que otorgó a Trans American Airlines S.A. - TACA PERU la renovación de permiso de operación de servicio transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 350-2010-MTC/12 Lima, 13 de diciembre de 2010 Vista la solicitud de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU sobre Modifi cación de Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 210-2010- MTC/12 del 13 de julio del 2010, se otorgó a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, la Renovación de Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (04) años; Que, con Documento de Registro Nº 2010-033141 del 17 de agosto del 2010, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU solicitó la Modifi cación de su Permiso de Operación, a fi n de incrementar material aeronáutico Embraer E-190 así como rutas y frecuencias; Que, con Memorando Nº 996-2010-MTC/12.LEG, Memorando Nº 088-2010-MTC/12.POA, Memorando Nº 166-2010-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 152-2010- MTC/12.07.PEL e Informe Nº 267-2010-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 – Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU cuenta con el Certifi cado de Explotador de Servicios Aéreos Nº 009 y sus Especifi caciones de Operación – OPSPECS respectivas: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12º numeral 12.1 literal a) de la Ley Nº 27261 -–Ley de Aeronáutica Civil, la Dirección General de Aeronáutica Civil resuelve en primera instancia respecto de las autorizaciones y procedimientos administrativos a que se refi ere la mencionada ley, así como los establecidos en la Ley de Aeronáutica Civil, por lo que el presente permiso se otorga mediante Resolución Directoral; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo“, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva. Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car - en el extremo pertinente - el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 210-2010- MTC/12 del 13 de julio del 2010, que otorgó a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU la Renovación de Permiso de Operación de Servicio Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, de acuerdo al detalle siguiente: MATERIAL AERONÁUTICO: (Adicional al autorizado) - EMBRAER E-190 RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: SUDAMERICA: I. De conformidad con la Decisión 582 de la Comunidad Andina de Naciones, se concede: (Adicional a lo autorizado)