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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2011 (10/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de marzo de 2011 438720 la participación de representantes del Consejo Directivo y de profesionales técnicos de la Dirección de Catastro Minero, Dirección de Concesiones Mineras y Asesor de Presidencia; Que, de conformidad a su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 035- 2007-EM, el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET tiene como objetivo la obtención, almacenamiento, registro, procesamiento, administración y difusión efi ciente de la información geocientífi ca y aquella relacionada a la geología básica, los recursos del subsuelo, los riesgos geológicos y el geoambiente; asimismo, tiene como objetivo conducir el Procedimiento Ordinario Minero conforme a lo dispuesto por la Ley General de Minería y sus reglamentos, incluyendo la recepción de petitorios, el otorgamiento de concesiones mineras y su extinción según las causales fi jadas por la ley, ordenando y sistematizando la información georeferenciada mediante el Catastro Minero Nacional, así como la administración y distribución del Derecho de Vigencia y Penalidad; Que, en el ámbito de sus competencias y funciones, el INGEMMET acopia, integra, salvaguarda, administra, interpreta y difunde la información geocientífi ca nacional, siendo el depositario ofi cial de toda la información geológica minera del país; además de conformar, administrar y mantener la base de datos geocientífi ca del Perú, como una herramienta básica para el fomento de la inversión y del desarrollo nacional; Que, considerando el marco temático de la reunión del Grupo de Trabajo Binacional Minero y la incorporación de actores privados, tales como compañías mineras y proveedores de servicios a la minería, que permitirá acordar actividades conjuntas de fomento de la industria minera, en temas de desarrollo de mercados de capitales mineros y acceso a la propiedad minera, conforme se ha establecido en el Plan de Trabajo para el periodo 2010-2011 del Grupo de Trabajo Binacional, la misma se constituye en una excelente oportunidad para promover al Perú como destino de las inversiones en el sector minero; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del representante del Consejo Directivo y los funcionarios de la Institución antes indicados, a la ciudad de Santiago, República de Chile, entre los días del 23 al 26 de marzo del 2011, debiendo el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa CORPAC (TUUA); Que, el artículo 10.1 de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la propia Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por el titular de la entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el artículo 10 numeral 10.1 literal a) de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Con el visto bueno de la Secretaría General y de las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto, Administración y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ingeniero Walter Toribio Casquino Rey, miembro del Consejo Directivo del INGEMMET; del ingeniero Eloy César Salazar Loayza, Director de la Dirección de Catastro Minero; del abogado Ricardo Martín La Torre Díaz, Director de la Dirección de Concesiones Mineras; y, de la abogada María Angélica Remuzgo Gamarra, Asesora de Presidencia, a la ciudad de Santiago, República de Chile, entre los días del 23 al 26 de marzo del 2011, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, de acuerdo al siguiente detalle: WALTER TORIBIO CASQUINO REY Concepto Importe Pasajes Aéreos Lima - Santiago – Lima y TUUA US$ 561.52 Viáticos (US$ 200.00 x 4 días) US$ 800.00 Total US$ 1361.52 ELOY CÉSAR SALAZAR LOAYZA Concepto Importe Pasajes Aéreos Lima - Santiago – Lima y TUUA US$ 561.52 Viáticos (US$ 200.00 x 4 días) US$ 800.00 Total US$ 1361.52 RICARDO MARTÍN LA TORRE DÍAZ Concepto Importe Pasajes Aéreos Lima - Santiago – Lima y TUUA US$ 561.52 Viáticos (US$ 200.00 x 4 días) US$ 800.00 Total US$ 1361.52 MARÍA ANGÉLICA REMUZGO GAMARRA Concepto Importe Pasajes Aéreos Lima - Santiago – Lima y TUUA US$ 561.52 Viáticos (US$ 200.00 x 4 días) US$ 800.00 Total US$ 1361.52 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, según corresponda. Artículo 4º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER T. CASQUINO Presidente del Consejo Directivo INGEMMET 611238-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Amplían competencia territorial del Segundo Juzgado Penal de Huamanga - Juzgado Penal Supraprovincial Especializado en Derechos Humanos y Terrorismo, a todo el Distrito Judicial de Ayacucho RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 023-2011-CE-PJ Lima, 26 de enero de 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 982-2009-P-CSJAY/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, y el Informe Nº 221-2009-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial; y,