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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2011 (10/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de marzo de 2011 438719 VISTOS: El ofi cio Nº 127-2011-GG-EMAPACOP S.A. recibido el 25 de febrero de 2011, mediante el cual la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Coronel Portillo S.A. – EMAPACOP S.A., remitió a la SUNASS su Plan Maestro Optimizado y la propuesta de Precios de Servicios Colaterales, a fi n de cumplir con los requisitos de admisibilidad y procedencia conforme al Reglamento General de Tarifas. El ofi cio Nº 132-2011-GG.EMAPACOP S.A. con fecha de recepción del 28 de febrero de 2011 mediante el cual la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Coronel Portillo S.A. – EMAPACOP S.A., remitió a la SUNASS información adicional necesaria para dar inicio al trámite de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para el periodo comprendido entre los años 2011-2015; así como del procedimiento para la Determinación de Precios de Servicios Colaterales. CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 17° del Reglamento General de Tarifas aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD, la solicitud de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión presentada por la empresa prestadora de servicio de saneamiento debe estar acompañada del Plan Maestro Optimizado que sustenta su propuesta; Que, de acuerdo a lo previsto por la Resolución de Consejo Directivo Nº 052-2007-SUNASS-CD, que modificó la segunda disposición transitoria del “Reglamento General de Tarifas”, a partir de octubre de 2008, las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento deberán adjuntar indefectiblemente a su Plan Maestro Optimizado, su propuesta de los precios de servicios colaterales; Que, se ha procedido a revisar el Plan Maestro Optimizado, la Propuesta de Precios de los Servicios Colaterales y la documentación adjunta entregada por EMAPACOP S.A.; Que, según lo dispone el “Reglamento General de Tarifas” corresponde a la Gerencia de Regulación Tarifaria, una vez recibido el Plan Maestro Optimizado así como la Propuesta de Precios de los Servicios Colaterales del solicitante, y verifi cado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia a que se refi eren los artículos 18° y 19° del citado Reglamento, admitir a trámite el referido documento; En uso de las facultades conferidas por la Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Admitir a trámite la solicitud de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Coronel Portillo S.A. – EMAPACOP S.A., de determinación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión para los próximos cinco años así como la de Determinación de Precios de Servicios Colaterales, con lo cual se da inicio a los procedimientos establecidos en la Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS- CD. Artículo 2º.- Requerir a EMAPACOP S.A. para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, ejerza su derecho a solicitar la celebración de una audiencia preliminar, con la finalidad de exponer al público en general su propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión contenidas en su Plan Maestro Optimizado así como su Propuesta de Precios de los Servicios Colaterales. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVAN LUCICH LARRAURI Gerente de Regulación Tarifaria 611661-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Autorizan viaje de funcionarios del INGEMMET a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 028-2011-INGEMMET/PCD Lima, 4 de marzo de 2011 VISTOS; el Ofi cio Nº 030-2011-EM/VMM de fecha 28 de febrero del 2011, deI Viceministro de Energía y Minas y el Informe Nº 013-2011-INGEMMET/SG-URI de fecha 01 de marzo del 2011, de la Unidad de Relaciones Institucionales; CONSIDERANDO: Que, entre los días 24 y 25 de marzo del 2011, se llevará a cabo en la ciudad de Santiago, República de Chile, la primera reunión del Grupo de Trabajo Binacional Minero Perú - Chile, en el marco del Programa de Trabajo para el período 2010-2011, elaborado de conformidad a lo previsto en el Memorándum de Entendimiento suscrito entre el Ministerio de Energía y Minas del Perú y el Ministerio de Minería de Chile en materia de Cooperación para el Desarrollo de la Minería, con fecha 25 de noviembre del 2010; Que, el objeto del tratado suscrito es impulsar la cooperación binacional en el ámbito de la minería a través de un Grupo de Trabajo Binacional Minero, mediante la promoción del intercambio de información y conocimiento, el desarrollo de capacidades tecnológicas, la colaboración en proyectos de interés mutuo, mediante consultas conjuntas a la industria minera, a instancias académicas e iniciativas público privadas; así como, la realización de actividades de cooperación para la promoción de la actividad minera y metálica; Que, el Programa de Trabajo para el Periodo 2010- 2011 del Grupo Binacional Minero, está dedicado al intercambio de información entre ambos ministerios, respecto de temas de formalización de la pequeña minería y la minería artesanal, de asuntos ambientales mineros y de promoción de la exploración minera, habiéndose previsto una jornada con empresarios relacionados a la minería de ambos países, incluyendo a empresas que brindan servicios a la minería; Que, el grupo de Trabajo Binacional Minero estará presidido por el Viceministro de Energía y Minas del Perú y el Subsecretario de Minería de Chile, e integrado por representantes de ambas partes; Que, habiendo recibido la invitación de la Subsecretaría de Minería del Ministerio de Minería de Chile, mediante Ofi cio Nº 030-2011-EM/VMM de fecha 28 de febrero del 2011, el Viceministro de Energía y Minas comunica al Presidente del Consejo Directivo del INGEMMET que como parte del Plan de Trabajo, se ha considerado el tema de la Propiedad Minera y efectuar un intercambio de información respecto a los marcos legales y regulatorios para normar la propiedad minera y fomentar la actividad minera; por lo que solicita la participación del INGEMMET a fi n que desarrolle dicho tema, que se celebra en el marco de la cooperación para el fomento de la actividad minera entre Perú y Chile; Que, mediante Informe Nº 013-2011-INGEMMET/SG- URI del 01 de marzo del 2011, la Unidad de Relaciones Institucionales, considerando los temas que se abordarán en la reunión de Grupo de Trabajo Binacional Minero y el rol promotor del INGEMMET de la inversión minera a través de la información geocientífi ca básica, recomienda