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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de octubre de 2011 452391 literales a), b), c), e) y o) del artículo 44° de la Ley Nº 26497, que fueron conferidas a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante documento de vistos, la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, en su calidad de órgano encargado del proceso de incorporación de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil, conforme lo establece el artículo 95° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, propone la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles y de la Gerencia de Operaciones Registrales; Que, según se aprecia del ofi cio de vistos, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto traslada el informe de vistos de la Sub Gerencia de Planifi cación, mediante el cual se señala que la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, se encuentra programada en el Plan Operativo Institucional 2011; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la revocatoria total de funciones registrales y la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima; debiéndose transferir también la información sistematizada en formato electrónico (datos e imágenes), si lo tuviera, obtenido a partir del acervo documentario a incorporar; dictando las medidas correspondientes; Que, la presente resolución debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26497 – Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98- PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010), y lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- INCORPORAR la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, la misma que incluye su acervo documentario e información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; la cual se hará efectiva a partir del día Viernes 28 de Octubre del 2011, fecha en la cual también se REVOCAN las facultades registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q) del artículo 44º de la Ley Nº 26497, conferidas a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, para el traslado del acervo documentario e información sistematizada en formato electrónico al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 y el artículo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a las Gerencias de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoría Jurídica la implementación de lo dispuesto por la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 709924-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Loreto RESOLUCIÓN SBS Nº 10769-2011 Lima, 17 de octubre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., para que se le autorice el traslado de una agencia ubicada en el departamento de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para el traslado de la agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. el traslado de la agencia ubicada en Jr. Próspero Nº 865, distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto; a su nuevo local ubicado en Jr. BAP Próspero Nº 384 de la Zona Urbana Iquitos, distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZARATE Intendente General de Microfi nanzas 708774-1 Autorizan a AFP Integra el traslado de agencia ubicada en el departamento La Libertad RESOLUCIÓN SBS Nº 10791-2011 Lima, 18 de octubre de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (e) VISTA: La solicitud presentada por AFP Integra con registro de Ingreso Nº 2011-50229 del 12.10.2011 para que se le autorice el traslado de su agencia ubicada en el Jr.