Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2011 (28/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional de San MORDAZA, realizar todos los tramites para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, asimismo disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de San Martin. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Consejo Regional de San MORDAZA Consejo Regional Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los veinte dias del mes de setiembre del ano dos mil once. Por tanto: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 709165-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban la constitucion de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro", suscrita por los Alcaldes de las Municipalidades de Barranco, MORDAZA MORDAZA, La MORDAZA, Lince, MORDAZA MORDAZA, Miraflores, Pueblo Libre, San MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA y Surquillo
ORDENANZA Nº 138-2011/MLV La MORDAZA, 27 de octubre de 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en sesion ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 0222011-CPPPAL/MDLV emitido por la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ establece que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, mediante la Ley N° 29029 ­ Ley de la Mancomunidad Municipal ­, modificada por la Ley N° 29341, se establece el MORDAZA juridico para el desarrollo de las relaciones entre municipalidades, previstas en el articulo 124° de la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­, a fin de promover la creacion de Mancomunidades Municipales orientadas a la prestacion conjunta de servicios o ejecucion de obras, promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el

mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 29029 y su modificatoria define a la mancomunidad municipal como un organismo con personeria juridica de derecho publico, constituido a partir del acuerdo voluntario de dos o mas municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras, promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos, en el MORDAZA de las competencias y funciones previstas en la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ que le MORDAZA delegadas; Que, el articulo 5° de la Ley N° 29029, modificada por la Ley N° 29341, establece que la voluntad de constituir una mancomunidad y su estatuto, se aprueban por Ordenanza que emiten las municipalidades intervinientes, sustentadas en los Informes Tecnicos que den viabilidad a su creacion; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley de Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM y el articulo 6º de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCMSD, establecen el procedimiento necesario para inscribir y constituir una Mancomunidad Municipal, precisando que se requiere la emision de una Ordenanza Municipal que ratifique el contenido del Acta de Constitucion y el Estatuto de la Mancomunidad, asi como la designacion del primer Presidente del Consejo Directivo y del primer Gerente General, dejando establecido que tanto el Acta de Constitucion como el Estatuto forman parte integrante de dicha Ordenanza. Asimismo, se estipula que se requiere un Informe Tecnico, que puede ser elaborado de forma individual o conjunta por parte de las municipalidades intervinientes, el cual sustenta la referida Ordenanza y otorga viabilidad a la constitucion de la Mancomunidad; Que, en virtud de las normas legales glosadas los Alcaldes y representantes de las Municipalidades Distritales de Barranco, MORDAZA MORDAZA, La MORDAZA, Lince, MORDAZA MORDAZA, Miraflores, Pueblo Libre, San MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA y Surquillo, acordaron en sesion de fecha 13 de octubre de 2011 constituir la Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro; Que, mediante Informe Tecnico N° 396-2011-GPP/ MDLV la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto declaro la viabilidad de la constitucion de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro", conforme lo establece la normativa vigente de la materia; Estando a los fundamentos expuestos y a las normas legales citadas, contando con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 3792011-GAJ/MDLV, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ el Concejo Municipal, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por mayoria, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCION Y EL ESTATUTO DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL MORDAZA CENTRO Articulo Primero.- Aprobar la constitucion de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro", de conformidad a lo establecido en el Acta de Constitucion de fecha 13 de octubre de 2011, suscrita por los senores Alcaldes de las Municipalidades de Barranco, MORDAZA MORDAZA, La MORDAZA, Lince, MORDAZA MORDAZA, Miraflores, Pueblo Libre, San MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA y Surquillo, la cual tiene por objeto: La Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro tiene por objeto: a) Promover proyectos para la prestacion eficiente del servicio de seguridad ciudadana de forma integral. b) Promover proyectos de infraestructura vial y ordenamiento urbano. c) Promover la gestion ambiental y prevencion del cambio climatico. d) Promover el desarrollo socio-economico, cultural, turistico, de la actividad fisica y del deporte. e) Fortalecer las capacidades para el desarrollo local. Articulo Segundo.- Aprobar el Estatuto de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro contenido en el

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