TEXTO PAGINA: 50
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de octubre de 2011 452392 Independencia Nº 467, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, hacia el establecimiento ubicado en la Av. Víctor Larco Nº 924 Urb. San Andrés III Etapa de la misma ciudad; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 173-1996-EF/SAFP y Certifi cado Nº IN034, se autorizó a AFP Integra el funcionamiento de la agencia ubicada en el Jr. Independencia Nº 467, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad; Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el cambio solicitado de dirección de su agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones mediante Informe Nº 060- 2011-DSI del 14.10.2011; y, Que, mediante Resolución SBS Nº 9860-2011 se encarga al señor Michel Canta Terreros, las funciones inherentes al cargo de Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; De conformidad con lo dispuesto en el Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución No. 053-98-EF/SAFP y sus modifi catorias, y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 949- 2000, entre otras, para autorizar el cambio de dirección de Agencias y Ofi cinas de Asesoramiento Previsional (OAP) de las AFP, y la Resolución SBS Nº 9860-2011; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a AFP Integra el traslado de su Agencia ubicada en el Jr. Independencia Nº 467, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, hacia el establecimiento ubicado en la Av. Víctor Larco Nº 924 Urb. San Andrés III Etapa del mismo Distrito, Provincia y Departamento; Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certifi cado Nº IN034, que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución Nº 173-1996-EF/SAFP. Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certifi cado Defi nitivo Nº IN039, con la nueva dirección referida en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- AFP Integra, a efecto del cambio de dirección que se autoriza por la presente Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 15º del Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP. Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MICHEL CANTA TERREROS Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 709877-1 Autorizan al Banco Financiero del Perú la corrección de la dirección de oficina especial ubicada en el departamento de Apurímac RESOLUCIÓN SBS N° 10806-2011 Lima, 19 de octubre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el Banco Financiero para que esta Superintendencia autorice la corrección de la dirección de una (1) Ofi cina Especial, según se indica en la parte resolutiva; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; De conformidad con las facultades establecidas en la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolución SBS N° 12883-2009; y Memorándum Nº 581-2011-SABM. RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Financiero del Perú la corrección de la dirección de la siguiente Ofi cina Especial: Dirección Distrito Provincia Departamento Dice: (Res. SBS Nº 10332-2011) Av. Arenales Nº 196 Abancay Abancay Apurímac Debe decir Av. Arenas Nº 196 Abancay Abancay Apurímac Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca (a.i.) 708978-1 Autorizan al Banco Azteca del Perú S.A. la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Lambayeque y Lima RESOLUCIÓN SBS N° 10808-2011 Lima, 19 de octubre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por Banco Azteca del Perú S.A. el día 4 de octubre de 2011, para que esta Superintendencia le autorice la apertura de las Ofi cinas Especiales Chiclayo y La Victoria, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente requerida para que este Organismo de Control apruebe la apertura de las Oficinas Especiales Chiclayo y La Victoria, de acuerdo a lo previsto en el procedimiento N° 15 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B” mediante informe N° 148-2011- DSBB; y, De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30° y 32° la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modifi catorias, y en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Ofi cinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado por Resolución SBS N° 775-2008, y en uso de la facultad