Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2011 (28/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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delegada mediante Resolucion SBS N° 12883-2009, y el Memorandum N° 581-2011-SABM, RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a Banco Azteca del Peru S.A. la apertura de las Oficinas Especiales que se detallan a continuacion: - Oficina Especial de Chiclayo, ubicada en Av. MORDAZA Cuglievan Nº 1052, distrito de Chiclayo, provincia de Chiclayo, y departamento de MORDAZA, - Oficina Especial La MORDAZA, ubicada en Av. Iquitos Nº 464, distrito La MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca (a.i.) 708856-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran la voluntad del Gobierno Regional de MORDAZA de constituir la "Mancomunidad Regional Amazonas, San MORDAZA, La MORDAZA, Cajamarca"
ORDENANZA REGIONAL Nº 035 -2011-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal; siendo competentes entre otros, para aprobar su organizacion interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y el articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº 27902; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralizacion, en su articulo 8°, precisa que la autonomia es el derecho y la Capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; Que, la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por ley N° 27902 en el articulo 38º prescribe que las ordenanzas regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; Que, mediante la Ley Nº 29768, Ley de la Mancomunidad Regional, se instituye el MORDAZA juridico de la Mancomunidad Regional, como un mecanismo de coordinacion entre gobiernos regionales, estableciendo en su articulo 2° la definicion de la Mancomunidad Regional como el acuerdo voluntario de dos o mas gobiernos regionales que se unen para la prestacion conjunta de servicios publicos, cofinanciamiento o inversion en la ejecucion de obras, que promuevan la integracion, el desarrollo regional y la participacion de la sociedad, coadyuvando al MORDAZA de regionalizacion; asi mismo el articulo 6º numeral 1) para la constitucion de la mancomunidad se requiere la voluntad de constituir una Mancomunidad Regional se expresa mediante ordenanza regional de cada gobierno regional interviniente. La ordenanza regional debe ser aprobada en sesion ordinaria por el Consejo Regional respectivo, sustentadas en los informes tecnicos que otorguen viabilidad a su creacion y que se encuentren dentro de un MORDAZA de planificacion de mediano y largo plazo; Que, el 28 de febrero de 2010, en Kuelap, distrito de MORDAZA, Amazonas, los Gobiernos Regionales de Amazonas, San MORDAZA y La MORDAZA suscriben el Acta de Fundacion de la Mancomunidad Regional AmazonasSan Martin-La MORDAZA, acta a la que se ha denominado "Declaracion de Kuelap"; Que, en el MORDAZA de la declaracion de Kuelap, mediante Ordenanza Regional N° 249-2009-GRA/CR, Ordenanza Regional N° 043-2009-GRSM/CR y Ordenanza Regional N° 001-2010-GRLL/CR, el Pleno de los Consejos Regionales de Amazonas, San MORDAZA y La MORDAZA, constituyendose la mancomunidad Regional Amazonas, San MORDAZA, La

Autorizan a Mapfre Peru Compania de Seguros y Reaseguros la comercializacion de productos de seguros a traves del MORDAZA "Comercializadores"
RESOLUCION SBS Nº 10819-2011 MORDAZA, 20 de octubre de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por MAPFRE PERU COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, para que se le autorice comercializar productos de seguros a traves del MORDAZA "Comercializadores", y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 2996-2010 de fecha 25 de marzo de 2010, se aprobo el Reglamento MORDAZA de Comercializacion de Productos de Seguros, que establece las normas a las que deberan sujetarse las empresas aseguradoras para la comercializacion de productos de seguros; Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a este Organo de Control la documentacion senalada en el procedimiento Nº 144 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, aprobada por Resolucion SBS N° 3082-2011; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision del Sistema de Seguros "B", mediante Informe N° 164-2011-DSSSB y el Departamento de Supervision de Riesgo Operacional mediante Informe Nº 170-2011DSRO, y; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 12 del Reglamento MORDAZA de Comercializacion de Productos de Seguros; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a MAPFRE PERU COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS la comercializacion de productos de seguros a traves del MORDAZA "Comercializadores". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 709057-1

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