NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (28/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 56
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de setiembre de 2011 450706 Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime (doce) de los miembros del concejo presentes y con dispensa del trámite de comisión y lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE LA CREACIÓN DEL COMITÉ MULTISECTORIAL POR LOS DERECHOS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE (COMUDENA) EN EL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- Disponer la creación del Comité Multisectorial de los Derechos del Niño y del Adolescente COMUDENA, del Distrito de Villa María del Triunfo. Artículo Segundo.- Establecer como funciones: • El análisis de la problemática multi causal de la niñez y adolescencia en el Distrito de Villa María del Triunfo. • La elaboración e implementación de propuestas de acciones interinstitucionales y políticas publicas para la atención integral de la niñez y adolescencia en el Distrito de Villa María del Triunfo • Articular el trabajo entre las instituciones públicas, privadas y Organizaciones de la comunidad en los temas relacionados a la niñez y a la adolescencia • La evaluación del cumplimiento de la convención sobre los Derechos del Niño, del Código de los Niños y Adolescentes en la localidad y el Plan Distrital por la Niñez y Adolescencia al 2012. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- El Comité Multisectorial de los Derechos del Niño y del Adolescente - COMUDENA; elaborara su reglamento interno dentro del marco de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar a la Gerencia Desarrollo Social y Lucha Contra la Pobreza asumir la Secretaria Técnica del Comité Multisectorial de los Derechos del Niño y del Adolescente – COMUDENA; y considerar dentro en sus respectivos planes operativos la ejecución de actividades coordinadas con el COMUDENA. Tercero.- Facúltese a la Alcaldía a emitir disposiciones reglamentarias y complementarias para la ejecución de la presente Ordenanza mediante Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SILVIA BARRERA VÁSQUEZ Alcaldesa 696356-2 Aprueban Programa denominado “Actualiza y regulariza 2011” otorgando condonación de multa tributaria y condonación de intereses por deuda generada producto del proceso de fiscalización tributaria y/o presentación voluntaria de la declaración jurada de omisos ORDENANZA N° 138/MVMT Villa María, 21 de setiembre del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO: POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Extraordinaria de la fecha, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º en concordancia con el artículo II y de Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972 – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; correspondiendo al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de las Ordenanzas; las cuales tienen rango de Ley de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Carta Magna; Que, el artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización defi ne en el numeral 9.1 a la autonomía política como aquella facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, conforme a lo establecido en el numeral 4) del articulo 195º y por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado – TUO – del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y con el artículo 9º de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, y derechos municipales, así como para exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, a través del concejo Municipal; Que, de acuerdo con el artículo 52° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, los gobiernos locales administran las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas derechos, licencias o arbitrios y por excepción los impuestos que la ley les asigne. Asimismo, el Artículo 41° de la misma norma, establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley; excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, el artículo 62° del Texto Único Ordenado del Código Tributario – Decreto Supremo Nº 135-99 EF, establece la facultad de fi scalización de la Administración Tributaria, cuyo resultado originará la emisión de la Resolución de Determinación, Resolución de Multa u Orden de Pago, si fuera el caso conforme a lo establecido en el artículo 75º de dicho cuerpo legal; Que, sin perjuicio de las facultades citadas se debe precisar que mediante Decreto Supremo Nº 183-2010/ EF el Ministerio de Economía y Finanzas ha establecido los procedimientos y las metas que deben cumplir las municipalidades regionales y distritales del país para acceder a los recursos que otorga el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, creado por la Ley Nº 29332 y modifi cada por Decreto de Urgencia Nº 119-2009. De esta forma el citado Decreto Supremo establece que una de las fi nalidades del Plan de Incentivos es incrementar los niveles de recaudación de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y efi ciencia en la percepción de los mismos; Que, es necesario incentivar a los contribuyentes a regularizar voluntariamente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales, cuya inobservancia implica la comisión de infracciones tributarias, de tal forma que se tienda a lograr la efi ciencia en la recaudación tributaria en el distrito de Villa María del Triunfo; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Dictamen N° 004-2011/CAPP/MVMT de la Comisión de Administración, Planifi cación Presupuesto, con el voto unánime (doce) de los miembros del concejo presentes y con dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA DENOMIDADO “ACTUALIZA Y REGULARIZA 2011” OTORGANDO CONDONACIÓN DE MULTA TRIBUTARIA Y CONDONACIÓN DE INTERESES POR DEUDA GENERADA PRODUCTO DEL PROCESO DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA Y/O PRESENTACION VOLUNTARIA DE LA DECLARACIÓN JURADA DE OMISOS Artículo Primero.- Alcance: Otórguese a los contribuyentes del distrito de Villa María del Triunfo que hayan sido objetos de un proceso