Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2012 (12/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2012

Que, en el articulo 19º del Reglamento, se establece que: "Con los informes favorables de la CDAA y de la CJ, contando ademas con el acta de entrevista a los integrantes de la Promotora y de la Comision Organizadora propuesta; realizada ante consejeros del CONAFU, el Pleno decidira sobre la admision a tramite de la solicitud presentada en el plazo MORDAZA de quince (15) dias naturales de recibido el ultimo de los informes MORDAZA referidos. ..."; Que, en el articulo 10º del Estatuto del CONAFU, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en la sesion ordinaria de fecha 14 de marzo de 2012, el Pleno del CONAFU despues de deliberar, por Acuerdo Nº 186-2012-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Admitir a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola MORDAZA Leguia" de Bagua, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria MORDAZA, 2) Ingenieria Civil, 3) Zootecnia, 4) Biotecnologia y 5) Negocios Globales, bajo la Ley Universitaria N° 23733, Ley de Creacion de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola MORDAZA Leguia" de Bagua ­ Ley 29614 y Ley de Creacion del CONAFU - Ley N° 26439 y Designar a los miembros de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional, la misma que estara integrada por la Consejera del CONAFU MSc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Infantes en calidad de Presidente, Dr. Arrufo MORDAZA MORDAZA en calidad de Secretario y el Dr. MORDAZA MORDAZA Tumi MORDAZA en calidad de Vocal; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR A TRAMITE la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola MORDAZA Leguia" de Bagua, presentado por el Dr. MORDAZA MORDAZA Mogrovejo MORDAZA, Presidente de la comision encargada de elaborar el PDI, en nombre de la Promotora Ministerio de Educacion; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria MORDAZA, 2) Ingenieria Civil, 3) Zootecnia, 4) Biotecnologia y 5) Negocios Globales. Articulo Segundo.- DESIGNAR a los miembros de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola MORDAZA Leguia" de Bagua, la misma que estara integrada por los siguientes profesionales: NOMBRES MSc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Infantes Dr. Arrufo MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA Tumi MORDAZA CARGOS Presidente Secretario Vocal

Admiten a tramite solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional de la Universidad Nacional Autonoma Altoandina de Tarma
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) "UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA ALTOANDINA DE TARMA" RESOLUCION Nº 159-2012-CONAFU MORDAZA, 15 de marzo de 2012 VISTOS: La Ley N° 29652, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de enero de 2011, la Carta s/n recibido con fecha 06 de setiembre de 2011, el Oficio Nº 822-2011-CONAFU-CDAA de fecha 22 de setiembre de 2011, el Oficio Nº 1775-2011-CONAFU-P de fecha 28 de setiembre de 2011, el Oficio N° 031-CPDI/UNAAT/2011 recibido con fecha 13 de octubre de 2011, el Informe Legal Nº 374-2011-CONAFU-CJ de fecha 03 de noviembre de 2011, el Oficio Nº 1068-2011-CONAFU-CDAA recibido con fecha 14 de marzo de 2012, y el Acuerdo Nº 187-2012CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 14 de marzo de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, en concordancia con el inciso a) del articulo 3° y el inciso c) del articulo 10° del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el articulo 2º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009, en adelante reglamento, establece: "El procedimiento de Autorizacion Provisional de funcionamiento de nuevas Universidades tiene como fin verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el Articulo 7º de la Ley Nº 26439 para otorgar la Autorizacion de Funcionamiento Provisional, y con ello garantizar la calidad de los servicios educativos en las Universidades bajo su competencia"; Que, en el articulo 19º del Reglamento, se establece que: "Con los informes favorables de la CDAA y de la CJ, contando ademas con el acta de entrevista a los integrantes de la Promotora y de la Comision Organizadora propuesta; realizada ante consejeros del CONAFU, el Pleno decidira sobre la admision a tramite de la solicitud presentada en el plazo MORDAZA de quince (15) dias naturales de recibido el ultimo de los informes MORDAZA referidos..."; Que, el articulo 9º del Reglamento, establece: "El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos tecnicos, economicos, financieros, administrativos, con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones economicas para sus diez (10) primeros anos de funcionamiento. La elaboracion del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesion logica de etapas que buscan la coherencia entre la mision, vision, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las tablas para su calificacion, establecen las pautas para la elaboracion de los proyectos. Los proyectos se presentaran con un minimo de tres (03) Carreras Profesionales y un MORDAZA de cinco (05) carreras profesionales"; Que, el articulo 14º del Reglamento, establece: "El Proyecto de Desarrollo Institucional sera presentado en fisico, con caratula color MORDAZA, y en archivo informatico en CD, debiendo coincidir ambos, sera organizado en

Articulo Tercero.- PROSIGASE con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola MORDAZA Leguia" de Bagua, organizada como persona juridica de derecho publico interno, bajo el Regimen de la Ley Universitaria N° 23733, Ley de Creacion N° 29652 y Ley de Creacion del CONAFU- Ley N° 26439. Articulo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 774343-1

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