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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2012 484762 Que, el subnumeral 41.1.1 del numeral 41.1 del artículo 41° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que las entidades están obligadas a recibir copias autenticadas por los fedatarios institucionales en vez de la documentación ofi cial, a la cual reemplazan con el mismo mérito probatorio; Que, el artículo 17° de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece la gratuidad de los procedimientos administrativos en solicitudes de información pública, salvo el costo de reproducción de la información requerida; Que, conforme a los documentos de los vistos y en atención a las normas antes mencionadas, se sustenta la modifi cación del servicio exclusivo gratuito N° 01 “Convalidación de asignaturas para traslados externos, grado académico o título profesional – Sede Central y Filiales” y el procedimiento N° 1 del TUPA de CENFOTUR “Acceso a la información que posean o produzcan las distintas áreas”, por lo que es necesario modifi car el TUPA de CENFOTUR; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, aprobada por Decreto Supremo N° 064-2010-PCM y los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobados por Decreto Supremo Nº 079- 2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifícase el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2002-MINCETUR, modifi cado por el Decreto Supremo N° 006-2004-MINCETUR y las Resoluciones Ministeriales Nos. 292-2006-MINCETUR/DM y 227-2007- MINCETUR/DM, de acuerdo al Anexo que en dos (02) folios forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y su Anexo en el portal de CENFOTUR (www.cenfotur.edu.pe) y en el Portal del Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 883177-1 Delegan en la Secretaria General del Ministerio diversas facultades en materia presupuestal durante el Ejercicio Fiscal 2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 410-2012-MINCETUR /DM Lima, 27 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Que, la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone en el artículo 7º que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, responsable en materia presupuestaria; asimismo, faculta a dicha Autoridad a delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establece expresamente la misma Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad; Que, la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en el artículo 25º, último párrafo, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, es propósito del Titular del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, promover y apoyar la agilización y efi cacia en la toma de decisiones, a fi n de optimizar la gestión en materia presupuestaria; Que, en tal sentido, es conveniente delegar en la Secretaria General, como autoridad administrativa encargada de asistir y asesorar al Ministro en los sistemas de administración de la entidad, las facultades de orden presupuestario no privativas de la función de Ministro de Estado; De conformidad con la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27790 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en la Secretaria General del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, durante el Ejercicio Fiscal 2013, las siguientes facultades en materia presupuestal: - Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, previo informe técnico debidamente sustentado de la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo. - Remitir la evaluación presupuestaria del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a los Organismos Públicos de acuerdo a Ley. - Remitir el proyecto de presupuesto del Sector 35: Comercio Exterior y Turismo a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 883176-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal naval del B.I.C. “Humboldt” y de miembros de Programas Científicos a cargo de la Dirección de Hidrografía y Navegación, para participar en la Vigésimo Primera Campaña Científica del Perú a la Antártida RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 705-2012-DE/MGP Lima, 29 de diciembre de 2012 Visto, el Ofi cio P.1000-3000 del Director General de Personal de la Marina, de fecha 16 de noviembre de 2012; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2002-RE, de fecha 27 de febrero de 2002, se aprobó la Política Nacional Antártica, estableciendo como objetivo nacional la consolidación de la presencia activa y permanente del Perú en la Antártida;