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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2012 484766 Que, en concordancia con ello, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29792 dispuso la adscripción del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la que ha quedado formalizada a partir del 1 de enero de 2012, según lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo N° 001-2011-MIDIS; Que, mediante Resoluciones de Secretaría de Descentralización N° 290-2011-PCM/SD, N° 388-2011- PCM/SD, N° 400-2011-PCM/SD, N° 475-2011-PCM/SD, N° 066-2012-PCM/SD, N° 078-2012-PCM/SD y N° 080- 2012-PCM/SD la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros declaró aptas, entre otras, las Municipalidades Distritales de La Victoria, Santa Anita, Lurigancho-Chosica, San Miguel, Santiago de Surco, Carabayllo, Punta Hermosa y Chaclacayo, del ámbito de Lima Metropolitana, para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria (PCA) del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA); Que, mediante Decreto Supremo N° 103-2011- PCM, se establecieron medidas para continuar con las transferencias pendientes, entre otros, de los Programas de Gobierno Nacional a los gobiernos locales programados en los planes anuales de transferencia aprobados hasta el año 2010; Que, según lo indicado, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y las Municipalidades Distritales de La Victoria, Santa Anita, Lurigancho-Chosica, San Miguel, Santiago de Surco, Carabayllo, Punta Hermosa y Chaclacayo, del ámbito de Lima Metropolitana, han suscrito el “Acta de Entrega y Recepción del Programa de Complementación Alimentaria (PCA)”; Que, por su parte, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, considera para el Presupuesto Institucional de Apertura de los Gobiernos Locales, recursos para la gestión de programas sociales, entre los que se encuentra el Programa de Complementación Alimentaria (PCA); Que, por lo expuesto, en el marco del proceso de descentralización, corresponde formalizar la conclusión del proceso de efectivización de la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria (PCA) a las Municipalidades Distritales de La Victoria, Santa Anita, Lurigancho-Chosica, San Miguel, Santiago de Surco, Carabayllo, Punta Hermosa y Chaclacayo; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; DECRETA: Artículo 1.- Conclusión del proceso de efectivización de la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria (PCA). Declárese concluido el Proceso de Efectivización de la Transferencia del Programa de Complementación Alimentaria (PCA), del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a las Municipalidades Distritales de La Victoria, Santa Anita, Lurigancho-Chosica, San Miguel, Santiago de Surco, Carabayllo, Punta Hermosa y Chaclacayo, del ámbito de Lima Metropolitana, a partir del 1 de enero de 2013. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 883943-4 Designan Jefe de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 051-2012-MIDIS/P65-DE Lima, 17 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 065-2012-MIDIS se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, en el Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; asimismo, se dispuso designar como funcionario responsable de dicha unidad ejecutora al Director Ejecutivo del Programa; Que, por Resolución Ministerial Nº 177-2012-MIDIS se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, documento técnico normativo de gestión que determina su estructura, funciones generales del programa social, funciones específi cas de las unidades que lo integran, necesidades mínimas de personal, así como los principales procesos técnicos y/o administrativos del programa orientados al logro de su misión, visión y objetivos estratégicos, de conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1057 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008- PCM y modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 065- 2011-PCM, se regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios en la administración pública; Que, asimismo, mediante Ley Nº 29849 se incorpora el artículo 8º al Decreto Legislativo Nº 1057, disponiendo que el acceso al régimen de contratación administrativa de servicios se realice obligatoriamente mediante concurso público; Que, encontrándose vacante el puesto de Jefe de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, se convocó el Proceso de Contratación Administrativa de Servicios Nº 010-2012- PENSION65, habiéndose seleccionado a la señorita Sofía María Patricia Rodríguez Soto como ganadora del citado proceso, por lo que resulta pertinente emitir el acto administrativo que designe a la citada profesional quien asumirá la Jefatura de la Unidad Orgánica de Administración; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM, modifi cado por los Decretos Supremos Nº 001-2012-MIDIS, 006-2012-MIDIS y 009- 2012-MIDIS, y las Resoluciones Ministeriales Nº 065- 2012-MIDIS y 177-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como Jefe de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, a partir del 10 de diciembre de 2012, a la señorita Sofía María Patricia Rodríguez Soto. Regístrese, comuníquese y publíquese. NORMA E. VIDAL AÑAÑOS Directora Ejecutiva Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” 883226-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto DECRETO SUPREMO N° 304-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA