Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2012 (04/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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pesca para operar la embarcacion pesquera JEHOVA JIREH de matricula CE-36489-PM, de 105.09 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 13 mm (½ pulgada) en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras. Asimismo, se cancelo los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras MORDAZA MORDAZA de matricula PL-19980-CM y MORDAZA MORDAZA de matricula CO-16684-CM; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 1) del articulo 321º del Codigo Procesal Civil, aplicado al presente procedimiento en forma supletoria, de acuerdo a lo establecido en el Art. VIII del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, la sustraccion de la materia origina la conclusion del procedimiento, sin declaracion sobre el fondo; Que, en el mismo sentido, el numeral 186.2 del articulo 186º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que tambien pondra fin al procedimiento la resolucion que asi lo declare por causas sobrevenidas que determinen la imposibilidad de continuarlo; Que, en el presente caso, la sustraccion de la materia se ha producido toda vez que al momento de emitirse la presente resolucion, se ha declarado la cancelacion de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras MORDAZA MORDAZA de matricula PL-19980-CM y MORDAZA MORDAZA de matricula CO-16684-CM, cuya suspension se pretende revertir mediante el recurso de reconsideracion interpuesto. En este sentido, no corresponde emitir un pronunciamiento sobre el fondo, debiendo darse por concluido el recurso de reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 251-2011-PRODUCE/DGEPP; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe N° 1320-2011PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluido el procedimiento derivado del recurso de reconsideracion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral N° 251-2011-PRODUCE/DGEPP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

de Salud - ESSALUD; y el Oficio N° DVP-2012-0052-O de fecha 24 de enero de 2012, cursado por el Vicepresidente Constitucional de la Republica del Ecuador; y la Carta N° 414-GCF-OGA-ESSALUD-2012 del 31 de enero de 2012 del Gerente Central de Finanzas - OGA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° DVP-2012-0052-O, de fecha 24 de enero de 2012, emitido por el Vicepresidente Constitucional de la Republica del Ecuador, precisado mediante correo electronico de fecha 27 de enero de 2012, remitido por la Directora de Despacho de la Vicepresidencia de la Republica del Ecuador, se ha cursado una invitacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivadeneyra, Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD para que visite la MORDAZA de MORDAZA, a fin de conocer el desarrollo de la Mision Solidaria "Manuela Espejo", del 06 al 07 de febrero del presente ano; Que, la Mision Solidaria "Manuela Espejo" realiza un estudio cientifico - medico para determinar las causas de las discapacidades y conocer la realidad bio-psicosocial de una poblacion desde los puntos de vista biologico, psicologico, social, clinico y genetico, con el fin de delinear politicas de Estado reales, que abarquen multiples areas como salud, educacion y bienestar social, resultando ser un programa exitoso que propicia la atencion medica, ayuda tecnica y estudios geneticos que permiten la inclusion de las personas con discapacidad en una red de atencion medica local; Que, la participacion del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD en el mencionado evento, permitira recoger la experiencia ecuatoriana en MORDAZA de frontera y fortalecer los trabajos que realiza la Comision Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad (CONADIS), en atencion al Memorandum de Entendimiento suscrito con la Republica del Ecuador en diciembre de 2010; Que, los gastos que genere dicho viaje respecto a los viaticos seran asumidos por el Gobierno Ecuatoriano, excepto los gastos por concepto de pasajes que seran sufragados por el Seguro Social de Salud - ESSALUD; Que, el ultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepcion adicionales a las senaladas en los literales del articulo en mencion, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos del Poder Ejecutivo, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el numeral 4 del articulo 11° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2012; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA, Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud ESSALUD del 06 al 07 de febrero de 2012, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Suprema, seran cubiertos por el Seguro Social de Salud - ESSALUD de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 285.00

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD a Ecuador, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 004-2012-TR
MORDAZA, 3 de febrero de 2012 VISTOS: El Oficio N° 080-SG-ESSALUD-2012 del 31 de enero de 2012 de la Secretaria General del Seguro Social

Articulo 3°.- Dentro de quince (15) dias calendario siguientes de efectuado al viaje, el citado funcionario debera presentar ante su Institucion, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera

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