Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2012 (05/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2012

departamento de MORDAZA, por el plazo de treinta dias naturales, dejando sin efecto la credencial que le ha sido otorgada durante el tiempo que dure la sancion impuesta, y proceder a convocar a los accesitarios que correspondan, mientras dure la suspension, y otorgarles las respectivas credenciales. Registrese, comuniquese y publiquese.

Provincial de Ilo decidio rechazar por cinco votos contra dos la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por considerar que no se habia probado la injerencia del referido regidor en la contratacion municipal de su tio. Dicha decision fue formalizada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 34-2012-MPI, de fecha 11 de MORDAZA de 2012. Consideraciones del apelante

S.S. MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA Secretario General Con fecha 4 de MORDAZA de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de apelacion contra el Acuerdo de Concejo Nº 34-2012-MPI, reafirmando sustancialmente los argumentos expuestos en la solicitud de declaratoria de vacancia y pidiendo, ademas, que se deje sin efecto la credencial del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ccama. CUESTION EN DISCUSION La materia controvertida en el presente caso consiste en determinar si el regidor Harly MORDAZA Negrillo MORDAZA incurrio en la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM. CONSIDERANDOS Consideraciones previas 1. En el presente expediente, de autos se ha podido observar que entre la notificacion de la convocatoria y la realizacion de las sesiones extraordinarias hubo menos de cinco dias habiles (en foja 41 se advierte que la notificacion al solicitante se realizo el 7 de MORDAZA y la sesion se llevo a cabo el 9). Sin embargo, dado que estas deficiencias no han sido materia de cuestionamiento en la instancia municipal, ni han impedido que el solicitante presente su recurso impugnativo y, ademas, en favor de la celeridad con que deben desarrollarse los procesos, cabe entender que dichos actos han quedado convalidados por el solicitante de la vacancia. No obstante, exhorta a la municipalidad a que, en lo sucesivo, en estricto, cumpla con los plazos establecidos en el articulo 13 de la LOM y con las modalidades de notificacion indicadas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 2. De otro lado, tambien se ha observado que en la solicitud de vacancia, el apelante, ademas de solicitar la vacancia del regidor Harly MORDAZA Negrillo MORDAZA, solicita que se deje sin efecto la credencial del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ccama. Sin embargo, dado que dicho extremo de la apelacion no ha sido actuado en instancia municipal, no forma parte del presente expediente e imposibilita a que este Supremo Tribunal Electoral se pronuncie sobre este extremo de la apelacion, pues hacerlo implicaria una flagrante vulneracion al derecho de defensa del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien no tenido oportunidad de defenderse en este proceso. De la causal de vacancia por nepotismo 3. En cuanto al analisis de la causal de vacancia establecida en el inciso 8 del articulo 22 de la LOM, este Supremo Tribunal Electoral ha establecido que la misma procede cuando se produce la concurrencia de los siguientes elementos: a) la existencia de una relacion de parentesco hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad entre el trabajador y la autoridad cuestionada; b) que el pariente MORDAZA sido contratado, nombrado o designado para desempenar una labor o funcion en el ambito municipal; y c) que la autoridad MORDAZA MORDAZA realizado la contratacion, nombramiento o designacion, o ejercido injerencia con la misma finalidad. 4. Asi, en el presente caso obran copias certificadas de las actas de nacimiento de la MORDAZA del regidor, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 58) y del tio MORDAZA de este, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (foja 57), con las que efectivamente se acredita la coincidencia de los padres de estos, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, es decir, se corrobora que son hermanos. Asimismo, tambien obra el acta de nacimiento del regidor, con el que se corrobora su relacion filial con MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez. Por lo tanto, de dichos documentos se demuestra que existe una relacion de consanguinidad en tercer grado entre el regidor y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez. 5. En cuanto al MORDAZA elemento de analisis, la existencia de una relacion de trabajo entre el familiar de

810109-1

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Ilo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 595-2012-JNE
Expediente Nº J-2012-00399 MORDAZA, 19 de junio de dos mil doce. VISTOS en audiencia publica, de fecha 31 de MORDAZA de 2012, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 34-2012-MPI, que rechazo su solicitud de declaratoria de vacancia contra Harly MORDAZA Negrillo MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Ilo, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y el Oficio Nº 761-2012-SG-MPI, remitido por el Secretario General de la Municipalidad Provincial de Ilo el 12 de junio de 2012, en respuesta al pedido de informacion solicitado mediante Oficio Nº 2093-2012-SG/JNE, y, oido el informe oral. ANTECEDENTES La solicitud de declaratoria de vacancia Con fecha 23 de febrero de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita que se declare la vacancia en el cargo de regidor a Harly MORDAZA Negrillo MORDAZA, por considerarlo incurso en la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). La solicitud de vacancia se sustenta en el hecho de que el regidor, en contravencion a su deber de fiscalizacion, no habria indicado a la Municipalidad Provincial de Ilo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contratado primero como supervisor del serenazgo (febrero-julio de 2011) y luego como representante de la municipalidad ante el Concejo de Seguridad Ciudadana (setiembre de 2011), era su tio materno. Con la finalidad de acreditar sus afirmaciones, el solicitante presenta la ficha Reniec del cuestionado regidor, asi como el acta de nacimiento de este y las actas de nacimiento de su tio y su madre. Asimismo, senala que la injerencia en la contratacion del familiar del regidor ha sido posible porque el MORDAZA y este pertenecen al oficialismo. Los descargos del regidor Harly MORDAZA Negrillo MORDAZA Con fecha 2 de MORDAZA de 2012, Harly MORDAZA Negrillo MORDAZA presenta su escrito ante la municipalidad en el que se reserva su derecho a efectuar descargos para el dia de la sesion extraordinaria. En dicha sesion expreso que no ha influenciado en la contratacion de su familiar, ni a titulo personal ni por intermedio del MORDAZA u otro funcionario. Ademas, indico que su familiar ya venia trabajando con anterioridad en la municipalidad, por lo que considero innecesario alertar a la municipalidad sobre su contratacion. Posicion del Concejo Provincial de Ilo En sesion extraordinaria, de fecha 9 de MORDAZA de 2012, con la asistencia del MORDAZA y nueve regidores, el Concejo

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