Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2012 (13/07/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

470469

en el articulo precedente, en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, dentro de los cinco (5) dias de publicada la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Monitoreo y seguimiento de los recursos transferidos Provias Descentralizado es responsable del monitoreo y seguimiento de los recursos transferidos, asi como del cumplimiento de los fines, metas fisicas y financieras para los cuales se transfieren, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- Rendicion de cuentas por parte del Gobierno Local Provincial La rendicion de cuentas de cada Gobierno Local Provincial se realizara segun lo estipulado en el Manual de Operaciones del Programa de Transporte Rural Descentralizado - PTRD, aprobado por Resolucion Directoral Nº 692-2007-MTC/21. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO DISTRIBUCION DE TRANSFERENCIAS FINANCIERAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES A LOS GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA TRANSPORTE RURAL DESCENTRALIZADO - PTRD, ANO 2012 (En Nuevos Soles)
FUENTE DE FINANCIAMIENTO Gobiernos Locales Provinciales Recursos Ordinarios 46 156,00 105 830,00 16 643,00 72 078,00 55 969,00 27 413,00 108 243,00 25 691,00 93 985,00 44 949,00 63 199,00 96 524,00 236,00 3 345,00 760 261,00 Recursos por Operaciones Oficiales de Credito 256 422,00 587 941,00 92 458,00 400 433,00 310 936,00 152 298,00 601 349,00 142 728,00 522 142,00 249 715,00 351 110,00 536 244,00 1 309,00 18 586,00 4 223 671,00 TOTAL

Huaylas Ocros Contumaza Celendin San MORDAZA Anta MORDAZA Huancayo Satipo Tocache Lamas San MORDAZA Oxapampa MORDAZA TOTAL GENERAL

302 578,00 693 771,00 109 101,00 472 511,00 366 905,00 179 711,00 709 592,00 168 419,00 616 127,00 294 664,00 414 309,00 632 768,00 1 545,00 21 931,00 4 983 932,00

813327-3

Que, el articulo 2 del referido Decreto Legislativo define a la ruta fiscal como la via de transporte de uso obligatorio autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante el MTC, para el traslado de insumos quimicos; Que, asimismo, el articulo 4 del citado Decreto Legislativo, establece que el transporte o traslado de insumos quimicos debera ser efectuado por la ruta fiscal y debera contar con la documentacion que corresponda, conforme se disponga en el Reglamento de Comprobantes de Pago, estando facultada la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT para verificar los documentos e insumos quimicos en los puestos de control que para dichos efectos implemente la SUNAT, en la oportunidad y lugar que MORDAZA requeridos, sin perjuicio de las demas obligaciones que establezcan las normas correspondientes; Que, por su parte, el articulo 5 del Decreto Legislativo Nº 1103, establece que sera considerado transporte ilegal todo aquel traslado de insumos quimicos que no utilice la ruta fiscal aplicable o que no tenga la documentacion a que se refiere el articulo 4; la SUNAT y la Policia Nacional del Peru, de ser el caso, pondran en conocimiento del Ministerio Publico, en el mas breve plazo, tal hecho para el inicio de las investigaciones que correspondan, de conformidad con lo establecido en el articulo 272 del Codigo Penal; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, establece que el MTC, a propuesta de la SUNAT, establecera mediante Resolucion Ministerial las vias de transporte que seran consideradas como rutas fiscales; y, el uso obligatorio de rutas fiscales para insumos quimicos, se establecera progresivamente y es exigible en los plazos que se especifique en la correspondiente Resolucion Ministerial que se emita; Que, la SUNAT mediante Oficio Nº 234-2012SUNAT/200000 de fecha 18 de MORDAZA de 2012, ha remitido el Informe Nº 00086-2012-SUNAT/2E0000 mediante el cual comunica que en el departamento de MORDAZA de MORDAZA se genera la mayor parte de la produccion nacional de oro de mineria artesanal y pequena mineria, por lo cual, las rutas de mayor importancia a controlar tanto por el abastecimiento de insumos como por la verificacion de los beneficios tributarios en la venta de petroleo, son las que tienen como destino al departamento de MORDAZA de Dios; en ese sentido, ha propuesto las vias a ser consideradas como rutas fiscales hacia el departamento de MORDAZA de MORDAZA, asi como tambien el plazo para el control y fiscalizacion en el referido departamento; Que, la Direccion de Caminos de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles mediante el Informe Nº 270-2012-MTC/14.07 de fecha 21 de junio de 2012; y, la Direccion General de Transporte Terrestre mediante el Informe Nº 038-2012-MTC/15 de fecha 10 de MORDAZA de 2012, han opinado favorablemente para la aprobacion de las vias de transporte terrestre a ser consideradas como rutas fiscales hacia el departamento de MORDAZA de MORDAZA propuestas por la SUNAT, asi como establecer el plazo para el control y fiscalizacion en el referido departamento; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1103; la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:

Aprueban vias de transporte terrestre a ser consideradas como rutas fiscales hacia el departamento de MORDAZA de MORDAZA para el control y fiscalizacion en la distribucion, transporte y comercializacion de insumos quimicos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 360-2012 MTC/02
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1103 tiene por objeto establecer medidas de control y fiscalizacion en la distribucion, transporte y comercializacion de insumos quimicos que puedan ser utilizados en la mineria ilegal;

Articulo 1º.- Aprobacion de las vias de transporte terrestre a ser consideradas como rutas fiscales hacia el departamento de MORDAZA de MORDAZA Aprobar las vias de transporte terrestre a ser consideradas como rutas fiscales hacia el departamento de MORDAZA de MORDAZA para el control y fiscalizacion en la distribucion, transporte y comercializacion de insumos quimicos, de conformidad con lo senalado en el Decreto Legislativo Nº 1103, cuyas rutas son las siguientes:
RUTA FISCAL MORDAZA ­ MORDAZA ­ INAPARI RUTA PE-1S PE-30 A PE-3S PE-30 C DE MORDAZA NAZCA PTE. SAHUINTO URCOS (CUSCO) A NAZCA PTE. SAHUINTO URCOS (CUSCO) INAPARI

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.