Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2013 (21/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Miercoles 21 de agosto de 2013

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b) Garantia de fiel cumplimiento del contrato. La empresa de seguros adjudicataria debera, dentro del plazo MORDAZA de cuatro (4) dias habiles posteriores a la MORDAZA de su oferta, constituir una garantia de fiel cumplimiento del contrato. Esta garantia tendra un valor de doscientos cincuenta (250) UIT y sera expedida bajo una carta fianza en favor de las AFP, siendo de caracter solidario, incondicional, irrevocable y de realizacion automatica, y tendra una vigencia hasta el fin del contrato. La carta fianza correspondiente a la garantia de fiel cumplimiento del contrato se MORDAZA efectiva cuando la empresa de seguros adjudicataria no cumpla con los compromisos y responsabilidades senalados en los articulos 262° y 270° del presente Titulo. En caso las AFP optaran porque la cartas fianzas MORDAZA a favor de ellas, el monto en cada carta fianza que se emita sera el resultado de dividir el valor de las garantias senaladas en los literales a) y b) entre el numero de las AFP que se encuentren operando en el mercado. Las AFP de modo conjunto comunicaran a la empresa de seguro adjudicataria la causa de la inmediata ejecucion de la garantia de seriedad de la oferta y/o la garantia de fiel cumplimiento del contrato, haciendo ello de conocimiento del publico en general mediante un comunicado oficial. El beneficio generado de la ejecucion de estas garantias sera empleado para los fines que establezca la Superintendencia mediante MORDAZA de caracter general. En este caso, se debera llamar a un MORDAZA MORDAZA de licitacion, solo para las respectivas fracciones, pudiendo la Superintendencia establecer una nueva distribucion temporal de fracciones, y debiendo adjudicarlas en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias. La garantia de seriedad de la oferta y de fiel cumplimiento del contrato deben ser emitidas por: i) Empresas bancarias u otras empresas de seguros distintas a la obligada a presentar dichas garantias, siempre que estas se encuentren constituidas en el Peru y posean una clasificacion de riesgo no menor a "A" conforme a lo dispuesto en los articulos 136° y 296° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias; o, ii) Bancos del exterior calificados como de "primera categoria" por el Banco Central de Reserva, siempre que acrediten la existencia de un banco corresponsal en el MORDAZA ante el cual se pueda ejecutar la fianza, de ser el caso.

temporalmente, y en forma proporcional a la participacion de cada una en el riesgo total de la cartera, los siniestros por invalidez y fallecimiento de los afiliados al sistema, que ocurran desde el regimen de intervencion en el caso del literal a) y la disolucion voluntaria en el caso del literal b) de la empresa de seguros, conforme a las disposiciones que dicte la Superintendencia, y hasta que expire el periodo de vigencia del respectivo contrato o se efectue una nueva adjudicacion, debiendo adjudicarla en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias, lo que ocurra primero. Asimismo, tendran derecho a percibir las primas correspondientes a los nuevos riesgos que esten asumiendo, calculadas con base a la tasa de prima de seguros ofrecida -por la empresa que administrara efectivamente el riesgo, y en las condiciones que establezca la Superintendencia.

CAPITULO IV MORDAZA DE OFERTAS
Articulo 254°.- Acto publico de apertura de las ofertas. Las ofertas se presentaran en acto publico, con la presencia del comite de adjudicacion de las AFP, del notario publico, y funcionarios designados por la Superintendencia en calidad de veedores del proceso. Las ofertas se entregaran directamente al presidente del comite, en dos (2) sobres cerrados. En un primer momento se entregara el primer sobre para su evaluacion, y aquellas postoras que reciban la conformidad correspondiente, entregaran el MORDAZA sobre. El primer sobre debera contener la siguiente informacion: a) Credenciales: a.1) Denominacion social de la empresa de seguros; a.2) Domicilio; a.3) Nombre, nacionalidad y ocupacion del representante legal, indicando su documento de identificacion. Asimismo, se adjuntara MORDAZA del acta o documento debidamente inscrito, en el que conste poder suficiente para presentar la oferta y suscribir los documentos materia del MORDAZA de licitacion o, alternativamente, MORDAZA del poder inscrito en el libro de escrituras del notario correspondiente, de ser el caso; y, a.4) En caso se encuentre en MORDAZA de constitucion, MORDAZA del certificado de organizacion expedida por la Superintendencia. b) Garantia de seriedad de la oferta, instrumentada en una carta fianza a favor de las AFP de modo conjunto, conforme lo dispone el articulo 255° del presente Titulo. c) Otra informacion no precisada en los literales anteriores, que a criterio de las empresas de seguros, resulte relevante para informacion del comite. El MORDAZA sobre contendra en el exterior, para efectos de la identificacion de los sobres, el rotulo "[Nombre de la empresa de seguros] ­ Especificacion de la Oferta" y en el interior: d) La tasa de prima ofertada.- La que debera estar expresada como porcentaje de la remuneracion asegurable, fija por todo el periodo del contrato de administracion de riesgo y ser ajustada a dos (2) decimales; y, e) El numero de fracciones a las que postula. Articulo 255°.- Garantias. Las empresas de seguros en formacion o en funcionamiento, al presentar sus ofertas aceptan someterse a la MORDAZA, en caso corresponda, de las siguientes garantias a favor de las AFP o a favor de la Asociacion de AFP, en caso aquellas decidan que esta actue en su representacion mediante poder especifico otorgado para ese fin: a) Garantia de seriedad de la oferta.- Mediante la extension de una carta fianza, de caracter solidario, incondicional, irrevocable y de realizacion automatica, por un valor ascendente a cien (100) UIT y con una vigencia de ciento ochenta (180) dias contados a partir de la fecha de MORDAZA de las ofertas. Esta carta fianza se MORDAZA efectiva cuando la empresa de seguros adjudicataria, sea existente o en formacion, rechace la adjudicacion del servicio de administracion de los riesgos de invalidez y sobrevivencia asi como los gastos de sepelio, de que trata el articulo 249° del presente Titulo y sin perjuicio de la imposibilidad de participar en el siguiente MORDAZA de Licitacion.

CAPITULO V ACTO PUBLICO DE ADJUDICACION
Articulo 256°.- Acto publico de adjudicacion. Inmediatamente finalizado el acto publico de MORDAZA de ofertas, se procedera con el acto publico de adjudicacion, de conformidad con lo establecido en las bases del MORDAZA de licitacion, con presencia del comite de adjudicacion, de notario publico y de los representantes de las empresas de seguros asistentes. La inasistencia de los representantes de las aseguradoras no suspendera la realizacion del referido acto publico, asi como tampoco invalidara sus efectos. La calificacion de las ofertas le corresponde unica y exclusivamente al comite de adjudicacion. Para dicho efecto, las evaluaciones tecnicas que realice el comite deberan sujetarse estrictamente a los criterios de seleccion contenidos en las bases del MORDAZA de licitacion. La Superintendencia podra designar observadores a los actos publicos de apertura de sobres y adjudicacion. Articulo 257°.- Apertura de sobres. Una vez recibido el primer sobre, debera revisarse su contenido y determinada su conformidad con lo dispuesto en las bases, se pasa a la recepcion del MORDAZA sobre. La falta de cualquier documento exigido en las bases del MORDAZA de licitacion descalificara al postor, y en consecuencia, anulara la oferta. Una vez verificado y cumplido con lo dispuesto en el parrafo anterior, se procedera a la lectura publica de la oferta contenida en el MORDAZA sobre. Articulo 258°.- Criterios de seleccion de las empresas de seguros. Para efectos de determinar la adjudicacion, el comite debera seguir los criterios fijados en las bases del MORDAZA de licitacion, tomando en consideracion los siguientes criterios de seleccion:

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