Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2013 (23/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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b) Alcohol Etilico: El alcohol etilico se denomina generalmente: Etanol, Anhidrol, Hidrato de Etilo, Hidroxido de Etilo, Alcohol Absoluto y Metil Carbinol; sin perjuicio de que puedan existir otras denominaciones comerciales, tecnicas o comunes, quedando igualmente sujeto a control, supervision y fiscalizacion. Las partidas arancelarias son:
2207.10.00.00 Alcohol etilico sin desnaturalizar con grado alcoholico volumetrico superior o igual al 80% vol. 2207.20.00.10 Alcohol carburante. (De acuerdo a la Nota Complementaria Nacional del Capitulo 22, se entiende "por alcohol carburante" al alcohol etilico anhidro, desnaturalizado, que cumple con las especificaciones tecnicas senaladas en la normatividad vigente) 2207.20.00.90 Alcohol etilico desnaturalizado, de cualquier graduacion. 2208.90.10.00 Alcohol etilico sin desnaturalizar, con grado alcoholico volumetrico inferior al 80% vol.

El Peruano Viernes 23 de agosto de 2013

o) Mezcla de bebidas alcoholicas: La operacion que consiste en incorporar a una bebida alcoholica: a) otra bebida alcoholica, b) alcohol etilico, o c) cualquier otro MORDAZA de bebidas. p) Produccion del alcohol etilico: Es la obtencion del alcohol etilico mediante una o mas reacciones quimicas; por extraccion, separacion o MORDAZA de un producto natural, con o sin ayuda de reacciones quimicas. q) Regulacion sanitaria de bebidas alcoholicas: Es el conjunto de leyes, reglamentos y normas sanitarias que establecen las condiciones y requisitos sanitarios que deben cumplir las bebidas alcoholicas, las personas naturales o juridicas que realizan actividades con bebidas alcoholicas, los establecimientos y las actividades productivas relacionadas con las bebidas alcoholicas. r) Salida del MORDAZA del alcohol etilico: Es la salida del territorio aduanero del alcohol etilico a traves de un regimen aduanero. s) Transformacion del alcohol etilico: Es la actividad mediante la cual se emplea alcohol etilico para la fabricacion directa o indirecta de bienes, asi como para la prestacion de servicios. t) Transporte del alcohol etilico: Es el servicio que brinda una persona natural o juridica, a fin de trasladar alcohol etilico de otro usuario, ademas comprende a los usuarios que trasladan alcohol etilico que se encuentra bajo su dominio. u) Usuario del alcohol etilico: Es la persona natural o juridica que realiza actividades controladas, supervisadas y fiscalizadas con alcohol etilico y que se encuentra debidamente adecuada a la Ley Nº 29632 y al presente Reglamento. 2.2. Definiciones Especificas Las siguientes definiciones de bebidas alcoholicas, clasificadas segun la Ley Nº 29632, como fermentadas, destiladas, preparadas y licores, no son limitantes o excluyentes. 2.2.1 Bebidas alcoholicas fermentadas: a) Cerveza: Es la bebida resultante de la fermentacion alcoholica obtenida por la accion de la levadura cervecera (Sacharomyces cerevisae o Sacharomyces carbertgensis), del mosto preparado de malta y agua, con el agregado de lupulo o su extracto natural, con o sin la adicion del bioxido de carbono producido por la fermentacion natural y con o sin la adicion de otros productos aptos para el consumo humano. b) Sidra Gasificada: Es la bebida alcoholica que resulta de la fermentacion de mostos preparados a partir del jugo o concentrados de manzana, peras o mezclas de los mismos, con un contenido no menor del 50% de sus azucares y adicionado de un MORDAZA de 85 gramos por litro de otros azucares, aditivos permitidos por el organismo de control correspondiente y adicion de gas carbonico; sin la adicion de alcohol. c) Sidra Natural: Es la bebida alcoholica que resulta de la fermentacion de mostos preparados a partir del jugo o concentrados de manzanas, peras o mezclas de los mismos, sin la adicion de otros azucares ni de alcohol. d) Vino: Es la bebida alcoholica resultante exclusivamente de la fermentacion parcial o completa de la uva fresca, estrujada o no, o de su mosto. 2.2.2 Bebidas alcoholicas destiladas: a) Aguardiente: Es el producto proveniente de la destilacion de mostos fermentados. Se caracteriza por conservar un aroma y un gusto particular inherentes a la sustancia sometida a fermentacion y destilacion. Se le designa por la frase: "aguardiente de" seguida del nombre de la materia prima de la cual proviene, tambien se puede denominar por un nombre especifico.

c) Almacenamiento de bebidas alcoholicas: Fase o etapa de la cadena productiva en la cual se dispone la estiba de las bebidas alcoholicas. Entiendase por estiba, la distribucion conveniente dentro de un almacen, camara frigorifica o refrigeradora, o del vehiculo de transporte. d) Autoridad Administrativa: Es la Direccion de Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados del Ministerio de la Produccion y las Direcciones Regionales de la Produccion o quienes MORDAZA sus veces en los Gobiernos Regionales. e) Bebida alcoholica elaborada industrialmente o fabricada: Corresponde a la definicion de "bebida alcoholica" de la Ley Nº 29632. f) Comercializacion del alcohol etilico industrial o de segunda: Es la venta o transferencia del alcohol etilico industrial o de MORDAZA, al cual se le ha anadido sustancias para obtener un sabor u olor que lo convierten en impropio para su consumo como bebida, pero no para uso industrial. g) Comercializacion de bebidas alcoholicas: Es el MORDAZA que comprende el suministro de las bebidas alcoholicas de toda graduacion desde el productor al consumidor final. h) Domicilio legal: Es el lugar fijado para efectos de la Ley Nº 29632, como sede para aspectos juridicos y representacion legal, asi como para la administracion de la documentacion de la empresa, el cual debera corresponder al domicilio fiscal o establecimiento declarado en el RUC de la SUNAT. i) Envasado del alcohol etilico: Es la accion mediante la cual se introduce alcohol etilico en envases a fin de destinarse al mercado. j) Envase de bebidas alcoholicas: Es todo recipiente de material inocuo que contiene y esta en contacto directo con el producto, con la mision especifica de protegerlo de su deterioro, contaminacion o adulteracion y de facilitar su manipuleo durante el MORDAZA de venta como producto terminado. Tambien se le denomina "envase primario". k) Establecimiento: Es el local o locales donde se ejercen o realizan actividades con alcohol etilico. l) Expendio de bebidas alcoholicas: Etapa de la cadena alimentaria en la cual se dispensa la bebida alcoholica al consumidor final. m) Fabrica de bebidas alcoholicas: Establecimiento en el cual se elaboran industrialmente bebidas alcoholicas destinadas al consumo humano, independientemente de cual sea su volumen de produccion o la tecnologia empleada. n) Ingreso al MORDAZA del alcohol etilico: Es el ingreso al territorio aduanero del alcohol etilico a traves de un regimen aduanero.

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