Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2013 (23/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Viernes 23 de agosto de 2013

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neutro o alcohol etilico extraneutro), bien por adsorcion a traves de carbon activado, o bien por un tratamiento equivalente que tenga por efecto atenuar selectivamente los caracteres organolepticos inherentes a las materias primas empleadas, de manera que el producto no tenga rasgos distintivos de aroma, sabor u olor. h) Vodka Saborizado (Vodka con Sabor): Bebida alcoholica elaborada a partir de vodka, que presenta caracteristicas organolepticas modificadas con sustancias aromatizantes y/o aditivos alimentarios permitidos. i) Whisky: (Whiskey) Bebida alcoholica obtenida por destilacion de mosto de cereales: sacarificado por la diastasa de malta que contiene con o sin otras enzimas naturales; fermentado bajo la accion de la levadura; y destilado de forma que el producto de la destilacion tenga sabor y olor procedentes de las materias primas utilizadas. Los Whisky's con denominacion de producto distintivo de un MORDAZA, se ajustaran a las denominaciones de origen, conforme a las regulaciones y los acuerdos vigentes. 2.2.3 Bebidas alcoholicas preparadas y licores: a) Bebidas alcoholicas preparadas: Productos elaborados a base de bebidas alcoholicas destiladas, fermentadas, maceradas, licores o mezclas de ellos y que pueden adicionarse otros ingredientes y aditivos permitidos por el organismo de control correspondiente. Algunas de las bebidas alcoholicas que se incluyen en este grupo son: aperitivo, bebidas alcoholicas carbonatadas, coctel, ponche, entre otras. b) Licor: Bebida alcoholica que se obtiene por destilacion de bebidas fermentadas o mostos fermentados, por mezcla del alcohol etilico (rectificado, neutro o extraneutro) o bebidas alcoholicas destiladas o sus mezclas con sustancias de origen vegetal o con extractos obtenidos por infusiones, percolaciones o maceraciones de los citados productos o con sustancias aromatizantes; edulcorados o no, a la que eventualmente se le puede anadir ingredientes y aditivos alimentarios permitidos por el organismo de control correspondiente. En su denominacion, por lo general se hace referencia, a la materia prima que le otorga sus caracteristicas de aroma y sabor, por ejemplo: licor de cacao, licor de menta, licor de guinda, licor de chuchuhuasi, licor de cafe, entre otros.

b) Anisado: Bebida alcoholica obtenida por aromatizacion del alcohol etilico rectificado o neutro o extraneutro con extractos naturales de anis estrellado (illicum verum), de anis MORDAZA (pimpinella anissum), o de hinojo como complemento (foenicullum vulgare), por uno de los procedimientos siguientes: maceracion y/o destilacion; redestilacion del alcohol con presencia de las semillas u otras partes de las plantas mencionadas anteriormente; o adicion de extractos destilados naturales de plantas anisadas; o, empleo combinado de los tres metodos precedentes. Estas bebidas podran ser adicionadas de azucares naturales, asi como de otros aditivos alimentarios permitidos por el correspondiente organismo de control. Podran utilizarse como complemento otros extractos vegetales naturales o semillas aromaticas, pero el sabor del anis debera seguir siendo predominante. c) Gin: Bebida alcoholica obtenida por aromatizacion del alcohol etilico rectificado o neutro o extraneutro, con bayas de enebro (Juniperos communis) incluyendo o no otras sustancias vegetales aromaticas, por uno de los procedimientos siguientes: maceracion y/o destilacion; redestilacion del alcohol en presencia de bayas de enebro y de otros vegetales naturales aprobados por el organismo competente; o adicion de sustancias aromatizantes naturales y/o sustancias identicas a las naturales, de forma que el sabor de enebro sea predominante. d) Ron: Bebida alcoholica obtenida exclusivamente a partir de aguardientes o destilados para ron o sus mezclas, provenientes de mostos fermentados de jugos, melazas u otros derivados similares, provenientes de la cana de azucar y anejados o no, de manera que al final posea el gusto, el aroma, la madurez y el sabor que le son caracteristicos. e) Ron Saborizado (Ron con Sabor): Bebida alcoholica elaborada exclusivamente a partir del ron, que presenta caracteristicas organolepticas modificadas con sustancias aromatizantes y/o aditivos alimentarios permitidos por el organismo de control correspondiente. f) Tequila: Bebida alcoholica regional obtenida por destilacion y rectificacion de mostos de agave de la variedad MORDAZA Tequilana Weber, de acuerdo a la reglamentacion del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos. g) Vodka: Producto obtenido a partir del alcohol etilico rectificado, bien por rectificacion (alcohol etilico

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra. LA DIRECCION

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