Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2013 (07/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Sabado 7 de diciembre de 2013

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trabajando con la familia y la comunidad como espacios en que se establecen relaciones determinadas por un mismo contexto historico, social y cultural local que influye en la salud. Acceso al sistema de salud a traves del primer nivel de atencion: para que el primer nivel de atencion sea MORDAZA de entrada al sistema de salud para la satisfaccion de las demandas de atencion, incluyendo la especializada con efectiva referencia y contra-referencia. Integralidad y complementariedad en la atencion: para asegurar la continuidad de la atencion y la complementariedad de los servicios para garantizar la eficacia y eficiencia de la atencion a los usuarios del sistema de salud. Asistencia centrada en la persona a lo largo del tiempo: para el acompanamiento profesional del MORDAZA Salud Enfermedad, desde que la persona nace hasta que muere, independientemente de que presente una patologia. Intercambio de servicios entre organizaciones de salud: para que los pacientes puedan ser atendidos en cualquier establecimiento de salud del ambito de la red integrada independientemente de la Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud en la que esten afiliados. Financiamiento alineado a metas y resultados: para que los recursos MORDAZA usados eficientemente y se establezcan incentivos al mejor desempeno. Abordaje interinstitucional, intersectorial e intergubernamental de los determinantes sociales de la salud: para el trabajo articulado de instituciones que representan a mas de un sector social destinados total o parcialmente a abordar un problema vinculado a la salud, el bienestar y la calidad de MORDAZA de las personas. Participacion ciudadana: para el ejercicio del derecho y de la corresponsabilidad que tienen las personas sobre su salud. Rendicion de cuentas y vigilancia ciudadana de las actividades de la salud: para comunicar a la sociedad sobre la situacion de los compromisos a cargo de los responsables de conducir la gestion de los procesos.

Articulo 3°.- Finalidad El presente Decreto Legislativo tiene como finalidad contar con una oferta articulada de intervenciones y servicios que permita responder a las demandas de salud de la poblacion en un espacio geografico determinado. TITULO II DE LA RED INTEGRADA DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD Articulo 4°.- Red Integrada de Atencion Primaria de Salud La Red Integrada de Atencion Primaria de Salud es el conjunto de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud publicas, privadas o mixtas que se articulan funcionalmente a traves de acuerdos de caracter institucional o contractual para prestar servicios de promocion, prevencion, recuperacion y rehabilitacion de la salud a una poblacion definida y ubicada en un espacio geografico determinado. Asimismo, coordina con las diferentes entidades publicas y privadas que actuan en su ambito geografico para el abordaje de los determinantes de la salud. Articulo 5°.- De la cartera de servicios de la Red Integrada de Atencion Primaria de Salud La Red Integrada de Atencion Primaria de Salud prestara los servicios correspondientes al I y II nivel de atencion comprendidos en el Plan Esencial de Aseguramiento Universal en Salud ­ PEAS, los planes complementarios del Seguro Integral de Salud y las intervenciones comprendidas en la Cartera de Salud Publica definida por el Ministerio de Salud. Asimismo, coordina con las diferentes entidades publicas y privadas que actuan en su ambito geografico el abordaje de los determinantes de la salud para la persona, la familia y la comunidad de acuerdo a las prioridades de salud de cada territorio sanitario. Articulo 6°.- De la conformacion de la Red Integrada de Atencion Primaria de Salud La Red Integrada de Atencion Primaria de Salud se constituye sobre la base de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud del Ministerio de Salud o de los Gobiernos Regionales, segun corresponda. Las Redes Integradas de Atencion Primaria de Salud tienen como referente los establecimientos estrategicos que aprueba el Ministerio de Salud. Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud del I y II nivel de atencion del Seguro Social de Salud EsSalud, de las Sanidades de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional de Peru y de los Gobiernos Locales se adhieren funcionalmente a la Red Integrada de Atencion Primaria de Salud. Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud del sector privado podran adherirse mediante contratos. Los procedimientos y mecanismos mediante los cuales se adhieren a la Red Integrada de Atencion Primaria de Salud las entidades senaladas en el parrafo precedente seran definidos en el reglamento del presente Decreto Legislativo. Las micro-redes que conforman las Redes Integradas de Atencion Primaria de Salud operan como Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud. El reglamento del presente Decreto Legislativo definira los criterios para establecer la cobertura poblacional, el ambito geografico de las Redes Integradas de Atencion Primaria de Salud, asi como los requisitos y el procedimiento para la conformacion de la red. Articulo 7°.- Condiciones que debe cumplir la Red Integrada de Atencion Primaria de salud El desempeno de la Red Integrada de Atencion Primaria de Salud se sustenta en el cumplimiento de las siguientes condiciones para su adecuado funcionamiento: a. Enfoque territorial: para identificar, comprender y responder a las relaciones entre la dinamica demografica y los aspectos ambientales, sociales y economicos vinculados con la salud. b. Enfoque de salud familiar y comunitaria: para desplegar atencion primaria de salud considerando que la proteccion del individuo solo puede darse

c.

d.

e.

f.

g. h.

i. j.

TITULO III DE LA CONDUCCION Y GESTION DE LA RED INTEGRADA DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD Articulo 8°.- Modalidad publica El Ministerio de Salud o el organismo competente, en el caso de MORDAZA Metropolitana, o el gobierno regional, designa al Comite Directivo encargado de la conduccion y a una Gerencia de la Red Integrada de Atencion Primaria de Salud. El Comite Directivo de la Red Integrada de Atencion Primaria de Salud esta conformado por los siguientes integrantes: a. El gerente de la Red Integrada de Atencion Primaria de Salud. b. Un representante de los gobiernos locales del ambito de la Red Integrada de Atencion Primaria de Salud. c. Un representante del sector Educacion del ambito de la Red Integrada de Atencion Primaria de Salud. d. Un representante del Seguro Social de Salud - EsSalud del ambito de la Red Integrada de Atencion Primaria de Salud. e. Dos representantes de la poblacion del ambito de la Red Integrada de Atencion Primaria de Salud. Son funciones del Comite Directivo: a. Aprobar el Plan de salud de la Red Integrada de Atencion Primaria de Salud. b. Monitorear el cumplimiento de los convenios de gestion en el ambito de la Red Integrada Red Integrada de Atencion Primaria de Salud. c. Aprobar los informes de rendicion de cuentas; y d. Otros que senale el reglamento del presente Decreto Legislativo.

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