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El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013 509689 Ejecutores en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 058-2011 y la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la citada Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 modifi cada por Ley N° 30056; Que, en tal sentido, corresponde dictar el acto de administración mediante el cual se designe al representante del Ministerio de la Producción y la formalización de la designación del gremio de las MYPE ante el Núcleo Ejecutor de Compra de calzado para el Ministerio del Interior; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Desarrollo Productivo y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, dictan medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora HILDA BRÍGIDA RODRÍGUEZ CRUZ como representante del Ministerio de la Producción ante el Núcleo Ejecutor de Compra de calzado para el Ministerio del Interior, conforme establece el Decreto de Urgencia N° 058-2011. Artículo 2.- Formalizar la designación del señor HUMBER ALAIN ORDOÑEZ ZAVALETA como representante del gremio de la MYPE ante el Núcleo Ejecutor de Compra de calzado para el Ministerio del Interior, conforme establece el Decreto de Urgencia N° 058-2011. Artículo 3.- Remitir copia autenticada de la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ministerio del Interior y Sociedad Nacional de Industrias. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (http//www.produce.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 1029361-1 SALUD Declaran la Alerta Verde en los establecimientos de salud a nivel nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 795-2013/MINSA Lima, 17 de diciembre del 2013 Visto, el Expediente Nº 13-126227-001, que contiene el Informe Técnico Nº 028-2013-COE-OGDN/MINSA, de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 517-2004/ MINSA se aprobó la Directiva Nº 036-2004-OGDN/ MINSA-V.01 “Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres”, cuyo objeto es establecer los lineamientos y procedimientos para la aplicación de la Declaratoria de Alertas ante emergencias y desastres a nivel nacional; Que, la referida Directiva establece que la Alerta Verde es la situación de expectativa ante la posible ocurrencia de un evento adverso o destructivo, lo cual determina que las dependencias de salud efectúen las acciones preparativas; Que, mediante Decreto Supremo N° 123-2012- PCM, modifi cado por Decreto Supremo N° 062-2013- PCM, se declaró, entre otros, el día lunes 30 y martes 31 de diciembre del año 2013, como días no laborables compensables para los trabajadores del Sector Público, a nivel nacional, durante el año 2013, a lo que se suma la celebración por Navidad y Año Nuevo (25 de diciembre de 2013 y 1 de enero de 2014); Que, mediante el Informe Técnico del visto, la Ofi cina General de Defensa Nacional señala que, ante la declaratoria del lunes 30 y martes 31 de diciembre de 2013, como días no laborales compensables para los trabajadores del Sector Público, conjuntamente con las celebraciones por Navidad y Año Nuevo, es previsible la presencia de determinados factores que pueden generar daños a la salud de las personas, tales como: El desplazamiento a gran escala de ciudadanos a sus localidades de origen o diferentes destinos turísticos del país, la congregación masiva de personas a los centros comerciales en las diferentes ciudades del país, ceremonias religiosas con concurrencia masiva de fi eles, fi estas masivas, ingesta de alimentos en cantidades a veces desmedida, alto consumo de bebidas alcohólicas, uso negligente de productos pirotécnicos, concurrencia a salones de recepciones, peñas, discotecas, alteración del orden y tranquilidad pública a través de actos violentos, entre otros, que podrían desencadenar la ocurrencia de eventos adversos colectivos y masivos; Que, ante dicha estimación del riesgo, resulta necesario adecuar la capacidad de respuesta del Sector Salud, a efecto de atender en forma oportuna y adecuada dichas situaciones; Estando a lo propuesto por la Ofi cina General de Defensa Nacional; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la Alerta Verde en los establecimientos de salud a nivel nacional, a partir de las 08:00 horas del día viernes 20 de diciembre de 2013 hasta las 08:00 horas del día viernes 3 de enero de 2014. Artículo 2º.- Disponer que las Direcciones de Salud, las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud o las que hagan sus veces, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva N° 036- 2004-OGDN/MINSA-V.01, “Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres”, aprobada con Resolución Ministerial N° 517-2004/MINSA, puedan incrementar la alerta al nivel que corresponda, conforme al área comprometida a su jurisdicción. Artículo 3°.- Disponer que la Ofi cina General de Defensa Nacional, a través de las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud, Gerencias Regionales de Salud o las que hagan sus veces, se encarguen de difundir, supervisar y evaluar la aplicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4°.- Las acciones que se deriven de la aplicación de la presente Resolución Ministerial se sujetarán a las normas legales vigentes. Artículo 5°.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1029170-2