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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2013 (24/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de enero de 2013 486758 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El informe Nº 051-2013-DGAJ, de fecha 22 de enero de 2013; el memorando Nº 0071-2013-SE, de fecha 23 de enero de 2013, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2006- VIVIENDA, el Gobierno Central dispone que las edifi caciones para uso de las universidades deberán contar con la opinión favorable de la Comisión de Proyectos de Infraestructura Física de Universidades del País; Que, al respecto, mediante Resolución Nº 0834-2012- ANR de fecha 20 de julio de 2012, se aprobó el “Reglamento de Edifi caciones para uso de las Universidades”, el que recoge las coordinaciones con las universidades y complementa las disposiciones contenidas en el Reglamento Nacional de Edifi caciones con el propósito de lograr las condiciones de habitabilidad y seguridad adecuadas para las edifi caciones de las universidades del país; Que, sobre el particular, el artículo 33º del citado Reglamento de Edifi caciones para uso de las Universidades establece la compatibilidad de normas, precisándose que “las normas expedidas por los municipios no serán aplicadas si se oponen a las establecidas en el presente reglamento”; Que, mediante informe Nº 051-2013-DGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica de la Asamblea Nacional de Rectores considera que se debe modifi car el referido artículo 33º del “Reglamento de Edifi caciones para uso de las Universidades”, a fi n de superar cualquier confl icto de atribuciones con los gobiernos locales o de aplicación normativa; proponiendo el siguiente texto: “Art. 33º.- Compatibilidad de Normas: Las normas establecidas en el presente reglamento se compatibilizan con las normas expedidas por los municipios para efectos de su aplicación.”; Que, mediante memorando Nº 0071-2013-SE, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución por la que se modifi que el artículo 33º del “Reglamento de Edifi caciones para uso de las Universidades”, aprobado mediante Resolución Nº 0834-2012-ANR; De conformidad con la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 33º del “Reglamento de Edifi caciones para uso de las Universidades”, aprobado mediante Resolución Nº 0834-2012-ANR, quedando redactado de la siguiente manera: Art. 33º.- Compatibilidad de Normas: Las normas establecidas en el presente reglamento se compatibilizan con las normas expedidas por los municipios para efectos de su aplicación. Artículo 2º.- Precisar que el “Reglamento de Edifi caciones para uso de las Universidades”, aprobado mediante Resolución Nº 0834-2012-ANR, queda vigente en todos sus demás extremos. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Entidad. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 892719-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de diploma de grado académico de bachiller en ciencias otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCION RECTORAL N° 0115 Lima, 16 de enero de 2013 Visto el expediente STDUNI: 84499 presentado por el señor Luis César Brou Chia, quien solicita duplicado de su diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Textil; CONSIDERANDO: Que, el señor Luis César Brou Chia, identifi cado con DNI Nº 10612976, egresado de la Facultad de Ingeniería Química y Textil de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de su Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Textil; por pérdida de dicho documento, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008; Que, la Ofi cina de Trámite Documentario, Grados y Títulos de la Secretaría General de la Universidad, mediante informe de fecha 17-12-2012 precisa que el diploma del señor Luis César Brou Chia, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 07, página 372, con el número 22694-B; teniéndose en cuenta la documentación que acompaña según el Ofi cio Nº 015-2013/1er. VR, de fecha 07 de enero del 2013, del Primer Vicerrector, Geól. José S. Martínez Talledo y la recomendación de la Comisión Académica y de Investigación en su sesión Nº 01-2013 realizada el 07-01-2013; y Que, el Consejo Universitario en su sesión ordinaria Nº 01 del 09 de enero del 2013 acordó aceptar lo solicitado y se expida el duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Textil, al señor Luis César Brou Chia; De conformidad con las facultades conferidas en el artículo número 50º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Textil, al señor LUIS CÉSAR BROU CHIA, otorgado el 05 de mayo de 2002, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO M. PADILLA RÍOS Rector 892420-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman el Acuerdo de Concejo Nº 94-2012-MPI que desestimó solicitud de vacancia contra Regidor de la Municipalidad Provincial de Ilo RESOLUCIÓN Nº 1148-2012-JNE Expediente Nº J-2012-001465 ILO - MOQUEGUA Lima, catorce de diciembre de dos mil doce