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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de febrero de 2013 487502 Sancionan a diversas empresas con inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 1489-2012-TC-S1 Sumilla: “Es pasible de sanción el proveedor, participante, postor y/o contratista que presenta documentos falsos o información inexacta a las Entidades”. Lima, 28 de diciembre de 2012 Visto en sesión de fecha 28 de diciembre de 2012 de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente Nº 945.2011.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra las empresas CORPORACIÓN WARI S.A.C., IZARRA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., TRADING CONTRATISTAS GENERALES E.I.R.L., FFRAMMER SERVICIOS GENERALES E.I.R.L., AKED INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA S.A.C. y el señor BOCANEGRA VELÁSQUEZ ÁLVARO WILFREDO, integrantes del CONSORCIO LOS MOROCHUCOS, por supuesta responsabilidad al haber presentado documentación falsa o información inexacta en el marco Licitación Pública Nº 003-2010/GRA-SEDECENTRAL (Primera Convocatoria); y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 07 de mayo de 2010, el GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO, en adelante la Entidad, convocó la Licitación Pública Nº 003-2010/GRA-SEDECENTRAL (Primera Convocatoria), para la “Ejecución de la obra: Reemplazo de la infraestructura de la I.E.P. Nº 38135/MX- P de Chanquil, Los Morochucos”, por un valor referencial ascendente a la suma de S/. 2,199,422.86 (Dos millones ciento noventa y nueve mil cuatrocientos veintidós con 86/100 Nuevos Soles). El 10 de junio del 2010, se realizó la presentación de propuestas del referido proceso de selección, y el 17 del mismo mes y año, se llevó a cabo la califi cación y evaluación de propuestas, y tuvo lugar el acto de otorgamiento de la buena pro a favor del CONSORCIO LOS MOROCHUCOS, integrado por las empresas CORPORACIÓN WARI S.A.C., IZARRA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., TRADING CONTRATISTAS GENERALES E.I.R.L., FFRAMMER SERVICIOS GENERALES E.I.R.L., AKED INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA S.A.C. y el señor BOCANEGRA VELÁSQUEZ ÁLVARO WILFREDO, en adelante el Consorcio. 2. Mediante Ofi cio Nº 421-2011-GRA/PRES-GG presentado el 13 de julio de 2011 en la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, la Entidad puso en conocimiento la supuesta responsabilidad en la que habría incurrido el CONSORCIO LOS MOROCHUCOS, al haber presentado documentación falsa o de contenido inexacto en el marco de la Licitación Pública Nº 003-2010/GRA-SEDECENTRAL (Primera Convocatoria), para lo cual adjuntó, entre otros, el Informe Legal Nº 281-2010-GRA/ORAJ-ELAR de fecha 23 de julio de 2010, en el cual señaló lo siguiente: a. Con posterioridad al otorgamiento de la buena pro de la Licitación Pública Nº 003-2010/GRA-SEDECENTRAL (Primera Convocatoria) a favor del CONSORCIO LOS MOROCHUCOS, el responsable de la Ofi cina de Abastecimiento y Patrimonio Fiscal de la Entidad, solicitó a la Municipalidad Distrital de Llochegua mediante Ofi cio Nº 570-2010-GRA/GG-ORADM-OAPF, informar respecto a la veracidad de la certifi cación de conformidad de fecha 25 de noviembre del 2005 emitida por el señor Vicente Felix Kitazono Tinoco, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Llochegua, a favor del Ing. Janus Izarra Barros por haber prestado servicios como Ing. Residente de la Obra: Sustitución de Aulas de la Institución Educativa Pedro Ruiz Gallo de Llochegua, documento presentado por el CONSORCIO LOS MOROCHUCOS en su propuesta. b. En respuesta, mediante Ofi cio Nº 209-2010-MDLL-H/ A de fecha 08 de julio de 2010, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Llochegua señala que no se ejecutó ninguna obra en la Institución Educativa Nº 38356 Pedro Ruiz Gallo de Llochegua durante el año 2005. c. Del mismo modo, a través del Informe N º308- 2010-MDLL-SGIELO/EGLL de fecha 07 de julio de 2010, el Sub Gerente de Infraestructura, Estudio y Liquidación de Obras, manifi esta que de la búsqueda efectuada en el Archivo Central de la mencionada Entidad no se encontró documentación alguna relacionada con la supuesta construcción, por lo cual, la certifi cación de conformidad otorgada al Ing. Janus Izarra Barros es un documento falso o fraudulento. d. Adicionalmente, mediante Ofi cio Nº 066-2010-ME/ DREA/DUGEL/SD-IE.38356-“PRG”-LL de fecha 07 de julio de 2010, el Sub Director de la Institución Educativa Nº 38356 Pedro Ruiz Gallo de Llochegua informó que durante el año 2005 no se ejecutaron obras en la referida I.E., por lo cual carece de veracidad dicha certifi cación. e. Finalmente señala que corresponde declarar la nulidad del otorgamiento de la buena pro de la Licitación Pública Nº 003-2010/GRA-SEDECENTRAL (Primera Convocatoria), declarar desierto el referido proceso de selección por no existir una propuesta válida, y poner en conocimiento del OSCE los hechos antes expuestos, a fi n que en ejercicio de sus atribuciones, imponga la sanción administrativa correspondiente al CONSORCIO LOS MOROCHUCOS. 3. Mediante decreto de fecha 18 de julio de 2011, se dispuso el inicio del procedimiento administrativo sancionador contra las empresas CORPORACIÓN WARI S.A.C., IZARRA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., TRADING CONTRATISTAS GENERALES E.I.R.L., FFRAMMER SERVICIOS GENERALES E.I.R.L., AKED INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA S.A.C. y el señor BOCANEGRA VELÁSQUEZ ÁLVARO WILFREDO, integrantes del CONSORCIO LOS MOROCHUCOS, por supuesta responsabilidad, en la presentación como parte de su propuesta técnica, del Certifi cado de Conformidad de Servicio Profesional de fecha 25 de noviembre del 2005, documento supuestamente falso y/o inexacto, presentado en la Licitación Pública Nº 003-2010/GRA-SEDECENTRAL (Primera Convocatoria), infracción tipifi cada en el literal i) numeral 51.1) del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, y se les otorgó el plazo de diez (10) días hábiles para que presenten sus descargos, bajo apercibimiento de resolver con la documentación obrante en autos. 4. Mediante escrito presentado el 27 de setiembre de 2011, la empresa AKED INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA S.A.C. presentó de manera individual sus descargos en los siguientes términos: a. Indica que su empresa formó parte del Consorcio Los Morochucos; sin embargo la fi rma y el sello que fi guran en el documento denominado “Promesa Formal de Consorcio” no le pertenecen, dado que se trata de un sello y fi rma falsos, hecho que lo perjudica, al haberse presentado documentación falsa en la referida Licitación. b. Solicita se practique una pericia grafotécnica al documento denominado “Promesa Formal de Consorcio” y se compromete a asumir los gastos que este ocasione, a fi n de probar que no es co-responsable de la documentación presentada ante el Gobierno Regional de Ayacucho. 5. Mediante escrito presentado el 27 de setiembre de 2011, la empresa FFRAMMER SERVICIOS GENERALES E.I.R.L. presentó de manera individual sus descargos en los siguientes términos: a. Indica que su empresa formó parte del Consorcio Los Morochucos; sin embargo la fi rma y el sello que fi guran en el documento denominado “Promesa Formal de Consorcio” no le pertenecen, dado que se trata de un sello y fi rma falsos, hecho que lo perjudica, al haberse presentado documentación falsa en la referida Licitación. b. Solicita se practique una pericia grafotécnica al documento denominado “Promesa Formal de Consorcio” y se compromete a asumir los gastos que este ocasione, a fi n de probar que no es co-responsable de la documentación presentada ante el Gobierno Regional de Ayacucho. 6. Mediante escrito presentado el 27 de setiembre de 2011, la empresa TRADING CONTRATISTAS GENERALES E.I.R.L. presentó de manera individual sus descargos en los siguientes términos: a. Señala que formó parte del Consorcio Los Morochucos; sin embargo resulta falso el documento