Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2013 (17/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de febrero de 2013

MORDAZA de exclusividad presupuestal. Luego, mediante informe ampliatorio Nº 092-2013/GRP-460000 de fecha 16 de enero de 2013, Oficina Regional de Asesoria Juridica precisa que en consideracion a la autonomia del Gobierno Regional MORDAZA, y, teniendo en cuenta que existe opinion favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, el tramite a seguir para formalizar la conversion de la UGEL ­ Huancabamba a una Unidad Ejecutora, es su MORDAZA ante el Consejo Regional para la emision de la Ordenanza Regional correspondiente; Que, el Equipo de Apoyo a las Comisiones del Consejo Regional, mediante informe 006-2013/GRP-200010-ACCR del 30 de enero de 2013, recomendo que ante la existencia de dos opiniones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica se efectue consulta a la Direccion General de Presupuesto Publico, referida a la atribucion y competencia del Consejo Regional para aprobar mediante Ordenanza Regional la creacion de la Unidad Ejecutora UGEL ­ Huancabamba; consulta absuelta por la Dra. MORDAZA MORDAZA Sime MORDAZA, quien da respuesta favorable para la creacion, mediante Ordenanza Regional, de la UGEL ­ Huancabamba como unidad ejecutora, opinion que ha sido ratificada por la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria Nº 03-2013, de fecha 31 de enero de 2013, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional:

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de necesidad publica e interes regional el acceso de los adolescentes a los servicios de orientacion y atencion en Salud Sexual y Reproductiva en instituciones publicas y privadas en el ambito de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2012-GRP-CRP
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE PUNO. VISTO: En el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en sesion Ordinaria llevada a cabo el dia 09 de agosto del dos mil doce, se ha debatido y aprobado la Ordenanza Regional siguiente, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; con este proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Constitucion Politica del Peru, establece en su Articulo 1° "La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la Sociedad y el Estado; asi mismo el Articulo 2°, inc. 1) senala que toda persona tiene derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. Inc. 2) A la igualdad ante la Ley nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquiera otra indole. Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el Articulo 49º, literal a) establece como funciones en materia de salud, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar, las Politicas de Salud de la Region, en concordancia con las politicas regionales y los planes sectoriales; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece la finalidad, principios, objetivos y criterios generales del MORDAZA de descentralizacion, para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de nuestro MORDAZA, mediante la separacion de competencias y funciones en beneficio de la poblacion; y que, el Gobierno Regional de MORDAZA, emana de la voluntad popular, tiene personeria juridica de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, en asuntos de sus competencias. Que a traves de la Ley Nº 28243 que amplia y modifica a la Ley Nº 26626, senala como objeto de la Ley Declarese de necesidad e interes publico la lucha contra la infeccion por el Virus de de la Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y las Infecciones de Transmision Sexual (ITS). Que en su articulo I, II y IV del Titulo Preliminar de la Ley General de Salud Nº 26842 senala que la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo. La proteccion de la salud es de interes publico, por tanto, es de responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla.(...) Es de responsabilidad del Estado, promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la poblacion, en terminos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad. Que los articulos 77º y 79º de la Ley General de Salud Nº 26842, senala que la autoridad de salud competente es responsable del control de enfermedades trasmisibles, en el ambito de su jurisdiccion. La autoridad queda facultada a dictar las medidas de prevencion y control para evitar la aparicion y propagacion de enfermedades transmisibles. Todas las personas naturales y juridicas,

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA "UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL- UGEL HUANCABAMBA"
Articulo Primero.- Aprobar la creacion de la Unidad Ejecutora denominada: "Unidad de Gestion Educativa Local - UGEL Huancabamba", instancia encargada de conducir la ejecucion de operaciones orientadas a la gestion presupuestal y administrativa de los fondos publicos que administran, conforme a las normas y procedimientos del Sistema Nacional de Tesoreria y, en tal sentido, responsable directo de los ingresos y egresos que administran. Articulo Segundo.- Precisar que la Unidad Ejecutora creada por la presente Ordenanza Regional se sujetara al presupuesto institucional del Gobierno Regional MORDAZA, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Publico. Articulo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional en coordinacion con Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, llevar a cabo la implementacion financiera y presupuestaria y todas las acciones administrativas necesarias para el adecuado y efectivo funcionamiento de la Unidad Ejecutora "Unidad de Gestion Educativa Local - UGEL Huancabamba"; debiendo coordinar con el Ministerio de Economia y Finanzas a fin de implementar la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los treinta y un dias del mes de enero del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los cuatro dias del mes de febrero del ano dos mil trece. MORDAZA ATKINS LERGGIOS Presidente

901995-1

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