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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de febrero de 2013 488146 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Declaran al Dengue como prioridad sanitaria en el marco de las políticas de salud pública local en vigilancia, control y prevención en el distrito de San Juan de Lurigancho ORDENANZA Nº 247 San Juan de Lurigancho, 5 de febrero de 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorándum Nº 022-2013-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 012-2013-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 004-2013-SGCOyS- GDE/MDSJL de la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones y el Informe Nº 002-2013-GDS/MDSJL de la Gerencia de Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, en la Constitución Política del Perú (modifi cada por la Ley Nº 27972) en sus artículos 194º y 195º numeral 8, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de salud; Que, en el artículo 7º de la Constitución Política del Perú establece que todos tienen derecho a la protección de su Salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 80º numeral 4) establece que las Municipalidades Distritales en sus funciones específi cas compartidas ejerce las siguientes funciones: realizar campañas locales sobre medicina preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria y profi laxis; Que, el artículo 40º de la citada Ley, dispone que las Ordenanzas Municipales Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, considerando que el dengue es una enfermedad viral aguda, endémo-epidémica, transmitida por la picadura de mosquitos hembras del género Aedes, principalmente Aedes aegypti, que constituye actualmente la arbovirosis más importante a nivel mundial en términos de morbilidad, mortalidad e impacto económico; Que, el dengue es un reto para la salud pública en el mundo. Más de 2 500 millones de personas —es decir, más de dos quintas partes de la población mundial— viven en zonas en riesgo de dengue y más de 100 países han informado de la presencia de esta enfermedad en su territorio. La Región de las Américas ha sido una de las más afectadas por el dengue y su forma más grave, el dengue hemorrágico. La reemergencia del dengue se debe a varios factores, ambientales, sociales, económicos y a las políticas de salud de los gobiernos. La primera epidemia conocida de dengue en territorio americano ocurrió en el siglo XVIII. A partir de entonces, esta enfermedad ha afectado a casi todos los países de la Región, aunque en la actualidad el mayor número de casos se concentra en América Latina y el Caribe; Que, la situación epidemiológica del Dengue, en nuestro país, sigue siendo de alta complejidad. En donde actualmente nos enfrentamos a un problema de salud pública que está teniendo graves repercusiones en el desarrollo del País y, de manera particular, el de nuestro distrito en general, la presente Ordenanza es una respuesta al brote epidémico de dengue; el cual tiene como fi nalidad la reducción de la morbilidad y evitar –así– la mortalidad por esta enfermedad en las áreas seleccionadas de mayor presencia del Dengue en San Juan de Lurigancho; Que, en 1984 se introdujo el Dengue en el Perú, luego de su erradicación en 1956. En 1990, se presentó un brote de gran magnitud que afectó a los departamentos de Loreto y San Martín, desde entonces hasta la fecha, se notifi caron más de 150,000 casos; Que, en el 2011, en el Perú se ha identifi cado la circulación de los 04 serotipos del virus del Dengue: DENV-1, DENV-2, DENV-3 y DENV-4. Incrementándose su letalidad. Desde la SE 42 del 2010, los laboratorios del Instituto Nacional de Salud y del NAMRU-6 (Naval Medical Research Unit Six) identifi caron la circulación del DENV- 2, genotipo Americano/Asiático en la ciudad de Iquitos, el cual posteriormente también fue identifi cado en otros departamentos como San Martín, Ucayali, Cajamarca y Madre de Dios, relacionado a la presencia de casos graves y defunciones por Dengue; Que, el aumento del calor y las lluvias en diversas localidades de la sierra y de la selva peruana están propiciando una mayor presencia del zancudo que transmite el dengue. Este año, el dengue ha sido más agresivo en el Perú. Según un reporte del Ministerio de Salud (Minsa), el mal ha causado la muerte de 36 personas y ha afectado a otras 23 mil 271. La región más perjudicada ha sido Ucayali, que registra 11 muertos y más de cinco mil infectados; Que, la primera aparición de este tipo de dengue se dio en Loreto, en noviembre de 2010. Entonces hubo una epidemia que se prolongó hasta enero de 2011 y que terminó con más de 20 mil casos y 18 muertos. Desde ese momento el dengue se propagó a varias localidades, como Piura, San Martín, Cajamarca y Lima; Que, en la SE 49 a nivel nacional se han notifi cado 27 604 casos, de los cuales el 16,3% con señales de alarma. Registrándose 36 muertes. Lima ha presentado 316 casos confi rmados, 37 casos probables haciendo un total de 353 casos; Que, el Instituto Nacional de Salud ha confi rmado que en el país circulan actualmente cuatro serotipos de dengue, aunque predomina el serotipo DEN-2. Uno de los más peligrosos es el denominado Sepa Serotipo, que fue detectado en los primeros días de octubre en Pucallpa (Ucayali) y que necesita tratamiento inmediato para evitar complicaciones y riesgos de muerte. Ante la situación, el Ministerio de Salud hizo un llamado a la población para que cuide la limpieza de los recipientes donde se almacena el agua, a fi n de eliminar los factores que facilitan la reproducción del zancudo Aedes aegypti, transmisor del mal; Que, la primera vez que se identifi có el Aedes aegypti en Lima fue en el año 2000, siendo el distrito de Comas el primer escenario de brote en Lima (2005); Que, durante el año 2011 se notifi caron 28 casos: 6 casos importados con resultado Positivo (+): 02 del C.S. Chacarilla de Otero y 03 del P.S. Santa Fe de Totorita y 01 de San Fernando; 13 casos autóctonos con resultado Negativo (-) de los EE.SS. 10 de Octubre (1), Caja de Agua (1), Huáscar XV (1), Jaime Zubieta (1), José Carlos Mariátegui V Etapa (1), Medalla Milagrosa (2), Santa María (1), Túpac Amarú II (2), Zárate (3); 9 casos importados con resultado Negativo (-) correspondiente a los EE.SS. 10 de Octubre (1), Caja de Agua (1), Campoy (1), Jaime Zubieta (1), Juan Pablo (1), Mangomarca (1), Medalla Milagrosa (1) y Enrique Montenegro (2); Que, a nivel de la DISA IV Lima Este, hasta la Semana Epidemiológica (SE) 49 del 2012 se ha notifi cado 579 casos probables de Dengue, de los cuales 551 casos fueron notifi cados por la DISA IV Lima Este y 28 casos por DISA V Lima Ciudad; 476 fueron descartados y 38 se encuentran en investigación. Del total de notifi cados, 65 fueron confi rmados, siendo 12 casos Dengue con señales de alarma y 53 casos Dengue sin señales de alarma; Que, durante los meses de mayo y junio se presentó un brote en el distrito de San Juan de Lurigancho – Centro de Salud (C.S.) San Hilarión con 32 casos autóctonos (sin señales de alarma), siendo el caso índice un adulto de 33 años y el último caso se presentó en la SE 30 del 2012. De los 32 casos autóctonos; 31 fueron de la jurisdicción de San Hilarión y 1 de El Valle, jurisdicción del C.S. Jicamarca Micro Red Chosica II (cuyo tránsito es por San Hilarión durante el periodo de transmisibilidad);