Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2013 (17/02/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES
Mando se publique, se registre y cumpla.

488143

dentro del territorio quedan obligadas al cumplimiento de dichas medidas, bajo sancion. Que mediante Resolucion Ministerial 612-2006/MINSA, se ha declarado concluido el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de salud, respecto diversos gobiernos regionales, comprendiendose dentro de ellos tambien la region Puno. Que de las normas citadas lineas arriba se reconoce expresamente que toda persona tiene el derecho al libre acceso a prestaciones de salud, asi tambien tiene derecho a ser debida y oportunamente informada por la autoridad de salud, sobre medidas y practicas de salud reproductiva, enfermedades transmisibles, y demas acciones para lograr estilos de MORDAZA saludables. En tal sentido toda persona tiene derecho a elegir libremente el metodo anticonceptivo que convenga, y previo a su aplicacion del mismo a recibir informacion adecuada sobre metodos anticonceptivos sus riesgos, contraindicaciones, precauciones, advertencias y efectos fisicos, fisiologicos o psicologicos que su uso o aplicacion pueda ocasionar. Que en tal sentido nuestro MORDAZA normativo nacional no realiza discriminacion ni ningun MORDAZA de restriccion para el acceso de adolescentes a los servicios de orientacion en salud sexual y reproductiva, debiendose promover el mismo ante los altos indice de mortalidad materna y expansion de contagio de VIH-SIDA e ITS en la poblacion adolescente, debido al inicio temprano de sus actividades sexuales, y por considerarse un poblacion es riesgo requiere de atencion inmediata el acceso a los servicio de salud sin autorizacion de sus padres para adolescentes mayores de 14 anos de edad. Que, en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902. ORDENA: Articulo Primero.- DECLARAR, de necesidad publica e interes regional el acceso de los adolescentes a los servicios de orientacion y atencion en Salud Sexual y Reproductiva en instituciones publicas y privadas en el ambito de la Region Puno. Articulo Segundo.- DISPONER, a La Direccion Regional de Salud de MORDAZA como ente rector del MINSA, la promocion de acciones que favorezcan la atencion integral diferenciada de las y los adolescentes de 14 anos a 17 anos, 11 meses y 29 dias de edad, en los servicios de salud de los establecimientos que brindan atencion integral de salud sexual y reproductiva en el servicio de consejeria, diagnostico y atencion, en el ambito de la Region MORDAZA de acuerdo a su especialidad, promoviendo con ello el ejercicio del derecho de acceso e informacion a la salud y la MORDAZA de manera autonoma del adolescente, con o sin el requerimiento o autorizacion previa de los padres o representantes legales, en resguardo del interes superior del adolescente en los servicios de salud. Articulo Tercero.- INVOLUCRAR, a instituciones publicas, privadas, ONGs, organizaciones de la sociedad civil, en la promocion de derechos sexuales y reproductivos de adolescentes mayores de 14 anos de edad. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social propiciar y vigilar la asignacion presupuestal por parte del gobierno regional. Asimismo en coordinacion con la Direccion Regional de Educacion MORDAZA implementar las acciones pertinentes para la promocion y orientacion del acceso de los y las adolescentes a los servicios de orientacion y atencion en Salud Sexual y Reproductiva que conduzcan al cumplimiento de politicas publicas vinculadas a la Atencion Integral de la y el adolescente de la region Puno. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en estricto cumplimiento de lo que dispone el articulo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de MORDAZA, bajo responsabilidad. Comuniquese al senor Presidente del Regional de MORDAZA para su promulgacion. Gobierno

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 21 dias del mes septiembre del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA

901688-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Disponen embanderamiento general del distrito por su aniversario de creacion
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2013-A-MDC
Cieneguilla, 31 de enero de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: El Informe Nº 025-2013-SGCII-MDC de la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional de fecha 29 de enero de 2013; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional y la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972 senalan que las municipalidades, son organos de gobierno local que emanan de la voluntad popular, con personeria juridica de derecho publico y autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con motivo de resaltar el MORDAZA Tercer aniversario de creacion politica del distrito de Cieneguilla, se requiere la participacion conjunta de los vecinos, instituciones publicas, privadas, MORDAZA y establecimientos comerciales de nuestra jurisdiccion y a fin de expresar nuestro MORDAZA civico y de identidad para con el distrito, debe disponerse el embanderamiento general del distrito; Que, igualmente, el articulo 93º, inciso 6º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, faculta de manera especial a las Municipalidades, a disponer la pintura periodica de las fachadas; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General del distrito de Cieneguilla, en las viviendas, locales comerciales e instituciones publicas y privadas, desde el 22 de febrero hasta el 04 de marzo de 2013, con motivo de conmemorarse el MORDAZA Tercer (43º) aniversario de la creacion del distrito. Articulo Segundo.- RECOMENDAR a los vecinos del distrito que los predios esten debidamente presentables, con la limpieza adecuada. Articulo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

En MORDAZA a los nueve dias del mes de agosto del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado

901726-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.