Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2013 (05/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Viernes 5 de MORDAZA de 2013

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7. Cada pretendiente presentara ademas a dos testigos mayores de edad, que lo conozcan por lo menos desde tres anos antes. Articulo Tercero.- EXONERAR a los contrayentes que participen en el Matrimonio Civil Comunitario 2013 del pago de los derechos y/o tarifas por concepto de Pliego Matrimonial, Examen Medico Pre Nupcial, Ceremonia de Matrimonio Civil y Dispensa de Publicacion de Edictos, los que estan contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA y en el Tarifario Municipal vigente. Articulo Cuarto.- DISPENSAR de la publicacion de Edictos Matrimoniales a los contrayentes que se acojan a los beneficios de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- ESTABLECER como plazo MORDAZA para la MORDAZA de expedientes matrimoniales, el viernes 9 de Agosto del presente ano. Articulo Sexto.- ENCARGAR la publicacion de la presente Ordenanza a la Secretaria General, su difusion a la Gerencia de Imagen Institucional y a la Gerencia de Informatica y Gobierno Electronico su publicacion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe). POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 957337-1

Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, es una funcion basica del Estado y de los estamentos de gobierno que lo conforman, promover, proteger y formular politicas de desarrollo social, dentro de los cuales se encuentra la promocion del matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad, en concordancia con lo establecido en el articulo 4º de la Constitucion Politica del Estado; Que, estando proximo a conmemorarse el 456º Aniversario de nuestro Distrito y en atencion a los considerandos MORDAZA mencionados, se ha estimado conveniente celebrar, en el presente ejercicio, el Matrimonio Civil Comunitario, todo ello con la finalidad de fortalecer la institucion del matrimonio en nuestro Distrito; Que, mediante Informe Nº 044-2013-MPL/SG-M de fecha 17 de junio de 2013 el Area de Matrimonios informa sobre los requisitos que deberan presentar los pretendientes y los costos que podran exonerarse, a los contrayentes que participen del Matrimonio Comunitario Ano 2013 como parte de las actividades por el Aniversario del Distrito de Pueblo Libre; Que mediante Informe Nº 101-2013-MPL/GAJ, de fecha 19 de junio 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica senala, que no existe inconveniente legal en que se apruebe una ordenanza que autorice la celebracion del matrimonio civil comunitario en el Distrito de Pueblo Libre, el dia 17 de agosto de 2013, disponiendo la exoneracion de las tasas establecidas en el MORDAZA aprobado mediante Ordenanza Nº 392MPL; recomendando se eleven los actuados al Concejo Municipal a efectos de asi considerarlo, se apruebe el presente proyecto de ordenanza, que regule la celebracion de un matrimonio civil comunitario y consecuentemente, la exoneracion de las tasas establecidas en el MORDAZA de esta Municipalidad, de conformidad con sus atribuciones conferidas en los numerales 8) y 9) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, en concordancia con el articulo 40º de la citada norma; De conformidad con lo establecido en los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; el pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA REALIZACION DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2013 EN EL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE Y EXONERA DE LOS DERECHOS ADMINISTRATIVOS Articulo Primero.- AUTORIZAR la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario 2013 en el Distrito de Pueblo Libre con ocasion de conmemorarse el 456º Aniversario del Distrito; a realizarse el dia sabado 17 de Agosto del 2013. Articulo Segundo.- DISPONER que los contrayentes que se acojan a los alcances de la presente Ordenanza, presenten los siguientes documentos: 1. MORDAZA Certificada de las partidas de nacimiento, actualizadas con no mas de treinta (30) dias de antiguedad (Articulo 248º del Codigo Civil). 2. MORDAZA del D.N.I., autenticada por el Fedatario de la Municipalidad, con MORDAZA de haber participado en el ultimo sufragio, de cada contrayente. 3. En caso de tratarse de viudos(as), divorciados(as), menores de edad, militares o extranjeros deberan adjuntar los documentos adicionales, segun lo exija la Municipalidad. 4. Certificados domiciliarios (Municipales, Notariales o Judiciales). 5. Certificado medico valido y vigente de cada contrayente. 6. Declaracion Jurada de no estar incurso en ninguna de las causales de impedimento para contraer matrimonio civil, conforme a lo regulado por el articulo 241º del Codigo Civil.

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Disponen el embanderamiento general del Distrito del MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 05-2013-MDR MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el 28 de MORDAZA del presente ano, se conmemora el 192º Aniversario de la Independencia Nacional, en tal sentido, siendo fecha de trascendencia nacional, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revalorizacion de principios como el civismo, respeto y MORDAZA a la patria; Que, es deber del Gobierno Local incentivar la participacion civica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneracion a los simbolos patrios; Que, es politica de la actual administracion municipal resaltar los hechos historicos con el proposito de remarcar nuestra entidad asi como nuestra conciencia civica, a traves de la celebracion de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del distrito del MORDAZA, lo que redundara ademas en el mejoramiento del ornato; De conformidad con los articulos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DEL MORDAZA, de las viviendas, instituciones publicas, privadas y locales comerciales a partir del 08 al 31 de MORDAZA de 2013, con motivo de conmemorarse el 192º Aniversario de la Independencia del Peru. Articulo Segundo.- RECOMENDAR que todos los predios del distrito, esten debidamente presentados con la limpieza adecuada y de ser el caso el pintado de sus fachadas.

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