Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2013 (05/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Viernes 5 de MORDAZA de 2013

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producto de la ejecucion de esta medida cautelar, en Acta Judicial, se constata que uno de los equipos nunca habia sido puesto en funcionamiento. · En los actos postulatorios del MORDAZA arbitral, frente a la demanda de ONCOSERV MORDAZA SAC., la Procuraduria Publica del Gobierno Regional presenta como defensa: ((a)) objecion y reconsideracion para que las audiencias del MORDAZA arbitral MORDAZA publicas y en la MORDAZA de Arequipa; ((b)) nulidad de la resolucion admisoria de la demanda; ((c)) oposicion y tacha a medios probatorios; ((c)) excepcion; ((d)) contestacion; ((e)) contrademanda para que se resuelva el contrato de concesion en la medida que la empresa ONCOSERV MORDAZA SAC., no ha levantado dentro del plazo de (90) dias la medida cautelar de embargo en forma de secuestro ejecutada judicialmente por BBVA Banco Continental, ademas del pago de danos y perjuicios. · Estando pendiente de subsanacion la demanda y los medios probatorios presentados por el demandante, y en consecuencia, estando pendiente de notificacion la demanda "corregida", para que el Gobierno Regional pueda realizar los actos de defensa, en el mes de noviembre de 2012, la empresa ONCOSERV MORDAZA SAC., solicita medida cautelar en forma de retencion y pago anticipado por S/. 7'192,623.03 nuevos soles y por S/. 5'723,270.60 nuevos soles; ante la cual, en diciembre de 2012, los arbitros Dr. MORDAZA Talavera MORDAZA (de Lima) y Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Palza (de Lima), aprueban la medida cautelar, ejecutandola, y, argumentando la necesidad inmediata de restablecer el servicio para los pacientes con cancer. Al respecto: ((a)) si la empresa ONCOSERV MORDAZA SAC no ha presentado sus balances y estados financieros auditados que demuestren el desequilibrio economico y financiero; ((b)) si la empresa ONCOSERV MORDAZA SAC no ha acreditado con ningun documento la falta de transferencia real y/o desvio de pacientes por parte de los medicos del IREN Sur; ((c)) si judicialmente se ha constatado que, al menos, uno de los equipos instalados nunca fue puesto en operacion, lo cual, ha tenido como consecuencia una disminucion propia de ingresos; ((d)) si esta demostrado que la empresa ONCOSERV MORDAZA SAC no es propietaria de los equipos; luego entonces, bajo que verosimilitud, bajo que peligro en la demora, bajo que adecuacion o modalidad, y, bajo que contracautela, es que los senores Arbitros han aprobado y ejecutado la medida cautelar. 03. Cuadro Sinoptico del MORDAZA Arbitral.Que, finalmente la cronologia de los actos en el MORDAZA arbitral ha sido la siguientes:
MORDAZA de MORDAZA Conformacion Tribunal Arbitraje, Nacional y de Derecho (01) Arbitro Designado por Oncoserv MORDAZA SAC (Oncoserv) (01) Arbitro Designado por Gobierno Regional MORDAZA (GRA) Los (02) Arbitros Acuerdan la Eleccion del Presidente del Tribunal Arbitral Arbitro de Oncoserv Arbitro del GRA Presidente Tribunal Secretario Arbitral Fecha Instalacion Tribunal Sede Tribunal MORDAZA de Audiencias GRA Presenta Objecion ONCOSERV Resolucion Nº 1 Resolucion Nº 2 Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Palza (Lima) Dra. Sheyna MORDAZA MORDAZA (Arequipa) Dr. MORDAZA Talavera MORDAZA (Lima) Sr. MORDAZA MORDAZA Estano Dia: 11.SEP.2012 Av. Del MORDAZA Norte Nº 1160, Oficina Nº 502, Distrito de San MORDAZA, MORDAZA Privadas Dia: 17.SEP.2012 / Solicita que Audiencias deben ser publicas y en MORDAZA Dia: 28.SEP.2012 / Presenta Demanda Dia: 17.OCT.2012 / Resuelve: Corre traslado Dia: 17.OCT.2012 / Resuelve: Admite demanda y corre traslado

cuando es manifiesto y evidente el interes publico que viene suscitando el presente caso.. 02. Indicios de Responsabilidad.Que, de los documentos y de la informacion remitida por la Procuraduria Publica Regional del Gobierno Regional MORDAZA, se desprenden los siguientes hechos principales: · Entre la empresa ONCOSERV MORDAZA SAC y el Gobierno Regional MORDAZA, existe una relacion juridico contractual derivada de un Contrato de Concesion suscrito el ano 2006 segun el cual: El Gobierno Regional MORDAZA por 30 anos concesiona los servicios de radioterapia, imagenologia y laboratorio del Instituto Regional de Enfermedades Neoplasicas del Sur ­ IREN SUR, siendo obligacion de la empresa ONCOSERV MORDAZA SAC., adquirir los equipos e implementar los servicios referidos; en esa medida, la inversion efectivamente realizada seria recuperada por la empresa, a traves de los pagos de los senores pacientes por la prestacion de los servicios, para lo cual, el inversionista a riesgo propio presento un proyecto en el que estimo en el tiempo, un numero de pacientes a ser atendidos y una consecuente cantidad de ingresos, siendo las tarifas las establecidas por el INEN Lima. · La empresa ONCOSERV MORDAZA SAC, a mediados del ano 2011 se inicia el servicio, y en adelante en sendas en reuniones de trabajo y por escrito formula, entre otros, los siguientes cuestionamientos: ((a)) que algunos medicos del IREN SUR, estarian desviando pacientes hacia otros servicios privados y publicos, y no a los servicios implementados por la empresa en el Instituto; ((b)) que se evalue la posibilidad de incrementar las tarifas de los servicios y entonces no se apliquen las tarifas aprobadas por el INEN Lima; ((c)) que se evalue la posibilidad de que los procedimientos de pago aprobados a nivel nacional y que aplica el Seguro Integral de Salud (SIS), se modifiquen u optimicen; ((d)) que se evalue la posibilidad de extender el contrato de concesion a los Hospitales MORDAZA MORDAZA y Goyeneche. · Ante los cuestionamientos, a inicios del ano 2012, a traves del Supervisor del Contrato, se invita a la empresa ONCOSERV MORDAZA SAC, a reuniones de trabajo una vez por semana a los efectos de analizar y determinar la forma de superar el problema. Conforme consta en invitaciones, actas e informes, a ninguna de las reuniones de trabajo asistio la empresa. · Posteriormente, en MORDAZA de 2012, mediante Carta Notarial, la empresa ONCOSERV MORDAZA SAC, solicita al Gobierno Regional MORDAZA, el restablecimiento del equilibrio economico y financiero del contrato de concesion y en consecuencia, el pago de compensacion, identificando como hecho causal del desequilibrio "la falta de transferencia real de los pacientes que requieren de examenes y servicios". · Inmediatamente, y, a los efectos de evaluar la peticion formulada, el Supervisor del Contrato de Concesion por escrito, solicita a la empresa ONCOSERV MORDAZA SAC, entre otros documentos, presente conforme al Contrato de Concesion, los balances y estados financieros de la empresa auditados. Este requerimiento, a la fecha no solo no ha sido cumplido, sino que incluso en el MORDAZA arbitral, la empresa no ha presentado los balances y estados financieros auditados. · Sabiendo plenamente que sin estados financieros y balances auditados, es imposible evaluar la existencia o no del desequilibrio economico y financiero que se imputa, y, no cumpliendo el procedimiento previo previsto en el Contrato, la empresa ONCOSERV MORDAZA SAC inicia el procedimiento arbitral solicitando S/. 7'192,623.03 nuevos soles. · En octubre de 2012, BBVA Banco Continental, judicialmente, interpone y ejecuta medida cautelar de embargo en forma de secuestro sobre (02) de los equipos que la empresa ONCOSERV MORDAZA SAC instalo en el IREN SUR; esta accion judicial tuvo dos fundamentos: ((a)) ONCOSERV MORDAZA SAC no era propietaria de los equipos, ya que de por medio existia un arrendamiento financiero; ((b)) ONCOSERV MORDAZA SAC no habia cumplido con sus obligaciones de pago. En este contexto,

GRA Presenta Nulidad Dia: 12.NOV.2012 / Transgresion del derecho de defensa y debido MORDAZA

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