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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2013 (27/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 93

El Peruano Sábado 27 de julio de 2013 500231 Que, en efecto con Sentencia Nº 042-2010, contenida en la Resolución Nº 22 (que es el número 39) de fecha 05 de mayo de 2010, el Juzgado Civil de Leoncio Prado, por sus fundamentos fácticos y jurídicos señalados en su parte considerativa, falla declarando fundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Edgar Fernando Jara Orna, en vía de proceso contencioso administrativo, contra la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, sobre nulidad de la Carta Nº 51-06-MPLP, y reposición a su puesto de trabajo; en consecuencia, se declara nula la Carta Nº 51-06-MPLP, e inaplicable al actor; y ordena que la demandada Municipalidad Provincial de Leoncio Prado reponga al demandante a su puesto de trabajo como conserje en la Ofi cina de Secretaría General de la Municipalidad demandada o a otro de similar categoría, subsistiendo por ende la relación laboral del actor con la demandada; bajo responsabilidad administrativa, civil y penal del funcionario renuente a cumplir el mandato; cuya sentencia ha sido objeto de apelación por parte de Procuraduría Pública Municipal, el cual ha sido resuelto por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, con la Resolución Nº 44 de fecha 07 de setiembre de 2010, confi rmando la Sentencia Nº 042- 2010, antes indicada; Que, en observancia de lo dispuesto en el artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, sobre el carácter vinculante de las decisiones judiciales; así como lo previsto en el artículo 204 de Ley Nº 27444, que señala que: “No serán en ningún caso revisables en sede administrativa los actos que hayan sido objeto de confi rmación por sentencia judicial fi rme”, la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, está obligada a dar cumplimiento lo dispuesto en las sentencias judiciales antes señaladas; máxime, si con Resolución Nº 48 de fecha 04 de abril de 2012, expedido por el Juzgado Civil de Leoncio Prado en ejecución de sentencia, la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, ha sido requerida para dar cumplimiento lo dispuesto en las citadas resoluciones judiciales; Que, para el cumplimiento del mandato judicial antes indicado la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, debe emitir una Resolución de Alcaldía disponiendo que de inmediato se reponga al señor Edgar Fernando Jara Orna, en otra plaza laboral de similar categoría al de Conserje en la condición de servidor contratado permanente bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, por cuanto, por el tiempo transcurrido y la aprobación de nuevos documentos de gestión de la Municipalidad (ROF, MOF, CAP y otros), actualmente en mérito a la Resolución de Alcaldía Nº 0078-2012- MPLP de fecha 25 de enero de 2012, la plaza laboral de Conserje de la Ofi cina de Secretaría General de esta Municipalidad, está ocupada por el servidor nombrado VICTOR OTAROLA OSORIO; y que según el Proveído de la Subgerencia de Recursos Humanos, de fecha 07 de mayo de 2012, se indica la existencia de otra plaza laboral de Auxiliar de Recolección de Residuos Sólidos, con el nivel remunerativo de SAB, en este sentido, siendo el mismo nivel que ostenta el Conserje de acuerdo al Cuadro de Asignación para Personal, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 021-2011-MPLP, debe reponerse como Auxiliar de Recolección de Residuos Sólidos, con el nivel remunerativo de SAB, de forma provisional, toda vez, que dicha plaza laboral conforme se advierte en la Resolución de Alcaldía Nº 0078-2012- MPLP, esta ocupada por el servidor nombrado Juan Gabriel Solórzano y que su vacancia actual se debe a que en mérito a la Resolución de Alcaldía Nº 326-2012- MPLP de fecha 11 de abril de 2012, a dicho servidor se le ha asignado las funciones de Asistente de la Subgerencia de Limpieza Pública, Parques, Jardines y Ornato de la Gerencia de Gestión Ambiental y Defensa Civil, con el nivel remunerativo de la plaza prevista en el Cuadro para Asignación de Personal y Presupuesto Analítico de Personal; por lo que, ante tal situación, la Gerencia Municipal, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Subgerencia de Recursos Humanos deben adoptar las acciones administrativas que sean pertinentes para la ubicación defi nitiva del servidor repuesto, en otra plaza de similar categoría a la de Conserje; Estando a lo expuesto, al Informe Legal Nº 015-2012- GAJ/MPLP de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE: Artículo 1º.- REPONER a don EDGAR FERNANDO JARA ORNA en la condición de servidor contratado permanente, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, en la plaza laboral de Auxiliar de Recolección de Residuos Sólidos de la Subgerencia de Limpieza Pública, Parques, Jardines y Ornato de la Gerencia de Gestión Ambiental y Defensa Civil, de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, con el nivel remunerativo de SAB, en forma provisional, en tanto, se habilite su plaza laboral para su ubicación defi nitiva. Artículo 2º.- DISPONER que la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Subgerencia de Recursos Humanos adopten las acciones administrativas que sean pertinentes para la habilitación de la plaza laboral de similar categoría al de Conserje de la Ofi cina de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, para su ubicación defi nitiva del servidor contratado permanente EDGAR FERNANDO JARA ORNA. Artículo 3º.- REMÍTASE la presente Resolución y el acta de reposición al Juzgado Civil de Leoncio Prado, a través de la Procuraduría Pública Municipal de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, a efectos de dar a conocer el cumplimiento del mandato judicial y evitar de esta manera se ejecute el apercibimiento señalado en la Resolución Nº 48 de fecha 04 de abril de 2012. Artículo 4º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución al interesado para que se apersone a la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado a efecto de realizar el acto de reposición en cumplimiento del mandato judicial, cuyo acto debe hacerse constar en acta. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. PASCUAL GUZMÁN ALFARO Alcalde 967742-1 Declaran la nulidad de oficio de la Resolución de Alcaldía N° 244-2007- MPLP (Se publica la presente Resolución de Alcaldía de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, solicitado mediante Ofi cio N° 1153-2013-MPLP/A, recibido el 26 de julio de 2013) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1010-2012-MPLP Tingo María, 25 de octubre de 2012. VISTO: el Informe Nº 23-2012-PPM-MPLP de fecha 06 de setiembre de 2012, del procurador Público Municipal Adjunto, comunicando sobre la Resolución Nº 54 de fecha 31 de marzo de 2011, mediante la cual la Sala Civil de Huánuco resuelve confi rmando la Sentencia número 014- 2011, contenida en la Resolución número 49 de fecha 04 de enero de 2011 por la cual falla declarando fundada la demanda interpuesta por don Rafael Pedro Agüero Pinto y en consecuencia declara la nulidad de la Resolución de Alcaldía Nº 595-2007-MPLP de fecha 24 de agosto de 2007, el mismo que causa estado, con la que se declara infundado el recurso de reconsideración de la Resolución de Alcaldía Nº 244-2007-MPLP de fecha 13 de abril de 2007. CONSIDERANDO: Que, con el Informe Nº 23-2012-PPM-MPLP el Procurador Público Municipal, comunica que con Resolución de fecha 04 de setiembre de 2012 el Juzgado Civil de Leoncio Prado, requiere a la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado a fi n de que cumpla en el plazo de cinco días con emitir Resolución declarando la nulidad de la Resolución de Alcaldía Nº 595-2007-MPLP