Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2013 (27/07/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 84

500222
MORDAZA convoca a sesion ordinaria. Entre la convocatoria y la sesion mediara cuando menos cuarenta y ocho (48) horas. En caso de ausencia o suspension del MORDAZA, el encargado de realizar la convocatoria sera el MORDAZA MORDAZA o quien lo suceda, conforme la Ley Organica de Municipalidades. Articulo 40º.- En las sesiones ordinarias se observara las siguientes estaciones: a) Lectura y aprobacion del acta de la sesion anterior. b) Despacho. c) Informes. d) Pedidos. e) Orden del Dia. LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR Articulo 41º.- Iniciada la sesion se procede a leer el acta de la sesion anterior sea ordinaria o extraordinaria. El MORDAZA puede disponer que se omita la lectura del acta si su texto se hubiera distribuido a los Regidores con la debida antelacion. El MORDAZA y los Regidores pueden formular las observaciones que estimen convenientes respecto de sus propias intervenciones o del texto de las decisiones adoptadas. La formulacion de observaciones no MORDAZA lugar a debate ni a reabrir temas de la sesion anterior. Con la MORDAZA de las observaciones efectuadas se procedera a la aprobacion mediante la votacion correspondiente. Articulo 42º.- Solo se dispensara del tramite de lectura y aprobacion de las actas de las sesiones, en caso que por la importancia del tema, se requiera una aprobacion urgente por parte del Concejo Municipal. El efecto de la dispensa alcanza al tema aprobado y no a la totalidad del acta correspondiente, la cual debera seguir el tramite de aprobacion regular, bajo responsabilidad del Secretario General. Articulo 43º.- El Secretario General elaborara el acta de cada Sesion Ordinaria o Extraordinaria. El acta contendra la indicacion de los asistentes, el lugar y fecha, los puntos de deliberacion, la trascripcion de los debates. Los temas aprobados deben expresar claramente el sentido de la decision adoptada y sus fundamentos, con indicacion de la forma y sentido de los votos. Cada acta, luego de aprobada, sera firmada por el Secretario General, el MORDAZA o quien MORDAZA la sesion, por los Regidores que hayan emitido MORDAZA singular y por quienes asi lo soliciten. Articulo 44º.- El acta registrara integramente el tenor de las ordenanzas, acuerdos y demas dispositivos que apruebe el Concejo, asi como el texto de las resoluciones que adopte. Asimismo, se transcribira el integro del debate con la intervencion textual de todos los Regidores participantes. Posteriormente a la sesion, los Regidores podran solicitar a la Oficina de Secretaria General las transcripciones de sus intervenciones, asi como MORDAZA de las cintas magnetofonicas, a fin de revisar los aspectos de indole formal y ortografica. Articulo 45º.- El Acta de las Sesiones Solemnes no requiere la aprobacion del Concejo. DESPACHO Articulo 46º.- En la estacion de Despacho, se pondra en conocimiento del Concejo la legislacion relativa a la administracion municipal y la documentacion que por su importancia deba ser puesta en conocimiento de los integrantes del Concejo, tales como: - Oficios, cuya importancia asi lo amerite. - Proyectos de Ordenanzas y Acuerdos. - Informes y Dictamenes de Comisiones. - Pedidos de los Regidores y de las Comisiones. - Informes de la Administracion; y, - Otros documentos. En esta estacion no se admite ningun debate. Articulo 47º.- Leidos los documentos puestos a despacho, o distribuido su texto a los Regidores, el

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

MORDAZA o quien presida la sesion ordena el tramite que se debe dar a cada uno de ellos y, por excepcion, pasan a la estacion de Orden del Dia aquellos que por su urgencia podrian requerir inmediato pronunciamiento del Concejo, siempre y cuando cuenten con la sustentacion necesaria, en este caso podra dispensar el tramite de comisiones. Si en el transcurso de la sustentacion los miembros del Concejo consideran que es insuficiente, podran acordar que pase a comisiones. No puede dispensarse de tramite de comisiones los temas que afecten las rentas de la municipalidad. Articulo 48º.- Los Proyectos que por su urgencia hubieran sido dispensados del tramite de Comisiones, pasaran a la Orden del Dia para su discusion y votacion. INFORMES Articulo 49º.- En esta estacion los Regidores pueden dar cuenta de las gestiones que les hubiera encargado el Concejo o el MORDAZA y aquellos asuntos relacionados con las funciones y/o atribuciones que les senala la ley y que los miembros del Concejo, consideren deban ser puestos en conocimiento del pleno. Articulo 50º.- Los informes seran concretos y no excederan de cinco (5) minutos. El MORDAZA dispondra el tramite que se debe dar a cada uno de ellos, si por la urgencia del informe se hace necesario el inmediato pronunciamiento del Concejo, por excepcion, el MORDAZA dispondra que pase a la Orden del Dia, estacion en la que recien se producira su fundamentacion y debate. Articulo 51º.- En esta estacion no se admitira debate y tendra una duracion MORDAZA de sesenta (60) minutos, vencidos los cuales se pasara a la estacion siguiente. Los informes que quedaran pendientes se trataran con prioridad en la siguiente sesion. PEDIDOS Articulo 52º.- Sin perjuicio de los pedidos que pudiesen formular por escrito ante la Secretaria General, en esta estacion el MORDAZA y los Regidores podran formular en forma concisa los pedidos que estimen pertinentes, con una intervencion MORDAZA de tres (3) minutos por cada pedido. El MORDAZA dispondra el tramite que se debe dar a cada uno de ellos; si por la urgencia del pedido se hace necesario el inmediato pronunciamiento del Concejo, el MORDAZA sometera necesariamente al MORDAZA de los miembros del Concejo que el pedido pase a la Orden del Dia, estacion en la que recien se producira su fundamentacion y debate. Articulo 53º.- Las solicitudes de informacion que hayan formulado los Regidores, y que no hayan sido atendidas dentro del plazo dispuesto en el articulo 25º numeral 10) del presente Reglamento, habilita al Regidor solicitante, a requerir, en esta estacion, que el funcionario responsable informe verbalmente sobre la materia, bajo responsabilidad. ORDEN DEL DIA Articulo 54º.- MORDAZA de iniciar la Orden del Dia, el MORDAZA o quien dirige la sesion, si lo considera necesario, dispondra que se pase lista para el control de la concurrencia. Si hubiera el quorum reglamentario continua la sesion; si no lo hubiera, el MORDAZA dispondra que la sesion se suspenda. En este ultimo caso, el Secretario General procede a dejar expresa MORDAZA en el acta, del nombre de los Regidores que se encuentren presentes y de los que se retiraron de la Sesion. Articulo 55º.- En la estacion de Orden del Dia se debate y vota unicamente los asuntos senalados en la Agenda y los que durante la sesion, por excepcion, hubieran pasado a esta estacion. El MORDAZA o quien dirige la sesion, podra variar el orden en que se debatiran de acuerdo a su naturaleza o urgencia. Articulo 56º.- Durante la Orden del Dia, los presidentes de comisiones o el Regidor miembro de la misma designado por esta fundamentan sus dictamenes sobre los temas en agenda, lo haran tambien los Regidores

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.