Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2013 (27/07/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

500223
1) Aprobar endeudamientos internos y externos que deben estar destinados exclusivamente para las obras y servicios publicos, requiriendose la aprobacion de la mayoria legal de miembros del Concejo Municipal (articulo 9 numeral 24) de la Ley Organica de Municipalidades). 2) Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor y que corresponde al MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de los miembros del Concejo (articulo 23 de la Ley Organica de Municipalidades). 3) Para constituir empresas municipales, requiriendo del MORDAZA favorable de mas de la mitad del numero legal de Regidores (articulo 35 de la Ley Organica de Municipalidades). 4) Pedir la adjudicacion de tierras al Estado para si o para la Municipalidad del Centro Poblado que lo requiera, siendo necesario el MORDAZA conforme de las dos terceras partes del numero legal de Regidores y teniendo a la vista el proyecto completo de uso de los bienes solicitados y las evaluaciones del impacto ambiental que pueda generarse (articulo 61 de la Ley Organica de Municipalidades). 5) Por unica vez, declarar en emergencia administrativa o financiera a la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, por un plazo MORDAZA de noventa dias con el objeto de hacer reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar recursos y funciones, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente, para lo cual se requiere el MORDAZA favorable de dos tercios de los miembros habiles del Concejo (Vigesima Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades). 6) Aprobar la cesion en uso o concesion de bienes de propiedad de la municipalidad 7) Los demas casos que MORDAZA determinados por Ley. Articulo 65º.- Para efectos de la votacion, el MORDAZA preguntara en el siguiente orden a los Regidores: a) Votos a favor b) Votos en contra c) Abstenciones Las votaciones se efectuaran de las siguientes formas: a) Levantando la mano. b) En forma nominal. La primera se podra emplear indistintamente en todos los casos; excepto cuando por solicitud de algun Regidor o dada la naturaleza de la eleccion y el Concejo asi lo MORDAZA acordado, se disponga que la votacion sea nominal. Articulo 66º.- Los Regidores que expresen su MORDAZA en contra, o su abstencion, podran hacer constar en el acta su posicion y los motivos que lo justifican; o sustentar su MORDAZA de manera escrita, en un plazo de tres (03) dias utiles luego de concluida la sesion. El Secretario hace constar este MORDAZA en el acta junto con la decision adoptada. DE LOS RECURSOS Articulo 67º.- Reconsideracion de Acuerdos El veinte por ciento de los miembros habiles del Concejo pueden solicitar la reconsideracion respecto de los acuerdos, y dentro del tercer dia habil contado a partir de la fecha en que se adopto el acuerdo. Articulo 68º.- Reconsideracion de las Ordenanzas Procede reconsideracion respecto a las Ordenanzas, a peticion por escrito de cualquiera de los miembros habiles del Concejo, debiendo presentarse el pedido en sesion inmediata siguiente. Para admitir a debate la reconsideracion, se requiere mayoria simple del numero del Concejo. CAPITULO III DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS VOTACION

sobre los informes y/o pedidos que hubieran pasado a esta estacion. Si hubiera dictamenes en minoria, los sustentaran quienes los suscriban. Articulo 57º.- Durante los debates, ningun Regidor podra intervenir mas de dos veces en el mismo MORDAZA, excepto el presidente de la comision que emitio el dictamen o, en su caso, el Regidor cuyo informe o pedido por excepcion paso a esta estacion, quienes solo podran intervenir formulando las aclaraciones pertinentes. Si los autores fuesen varios Regidores, designaran a uno para la sustentacion. Excepcionalmente, cualquier Regidor podra solicitar intervenir mas veces, la que se aceptara previa votacion. Articulo 58º.- El MORDAZA evitara que el debate derive a asuntos diferentes a los que se traten. Si considera que el MORDAZA ha sido suficientemente tratado, MORDAZA por agotado el debate previa aprobacion del Concejo. Por iniciativa del MORDAZA o pedido de algun Regidor el Concejo suspendera el debate de algun MORDAZA cuando el caso lo amerite para tratarse en un MORDAZA intermedio de la misma sesion, o en la siguiente sesion. Articulo 59º.- Las intervenciones no excederan de 5 minutos. Sin embargo, si la naturaleza del tema lo amerita, el MORDAZA puede conceder tiempo adicional al Regidor que lo solicite, el que en ningun caso sera mayor al tiempo de la intervencion inicial. El tiempo para cada intervencion es intransferible. Articulo 60º.- En cualquier momento del debate, con excepcion de aquel en el que se desarrolla la votacion, los Regidores pueden plantear una Cuestion de Orden, a efecto de llamar la atencion sobre la correcta interpretacion y aplicacion del Reglamento Interno del Concejo. Deben citar el articulo o los articulos materia de la cuestion. El MORDAZA o quien dirige el debate concedera un MORDAZA de dos minutos para plantearla y de inmediato la sometera sin debate a votacion. En casos excepcionales puede abrir debate senalando el tiempo MORDAZA que concedera a cada orador para intervenir. Articulo 61º.- Las cuestiones previas se plantean en cualquier momento y MORDAZA de las votaciones, a efecto de llamar la atencion sobre un requisito de procedencia del debate o de la votacion basado en hechos o solicitar el regreso de un MORDAZA a Comisiones por no encontrarse suficientemente estudiado. El MORDAZA o quien dirige el debate concedera un MORDAZA de tres minutos para plantearla y de inmediato la sometera sin debate a votacion; sin embargo, en casos excepcionales puede abrir debate, senalando el tiempo MORDAZA que concedera a cada orador para intervenir. Articulo 62º.- Durante el desarrollo de la sesion, los Regidores y el MORDAZA guardan debido respeto a la opinion de los demas miembros del Concejo evitando en todo momento dirigirse con palabras ofensivas que afecten el honor y la buena reputacion. Si algun miembro del Concejo pronuncia palabras o frases ofensivas es llamado al orden y a retirarlas, por el MORDAZA o quien dirige la sesion. De no hacerlo o de persistir en su actitud, el infractor es sancionado. El acuerdo de sancion se adopta por mayoria simple. Articulo 63º.- Constituyen faltas durante la sesion de Concejo, las siguientes: a) Pronunciar palabras o frases ofensivas que afecten la reputacion, el honor, la intimidad o la imagen personal del MORDAZA, Regidor, o funcionario y vecinos asistentes; b) Interrumpir el normal desarrollo de las Sesiones de Concejo de manera directa o por intermedio de terceros; Las faltas establecidas, seran sancionadas con amonestacion escrita, via Acuerdo de Concejo. El Concejo Municipal constituye instancia unica.

Articulo 64º.- Los acuerdos son adoptados por mayoria calificada o mayoria simple segun lo establece la Ley Organica de Municipalidades. El MORDAZA tiene MORDAZA dirimente en caso de empate. Se requiere votacion calificada para los siguientes casos:

Articulo 69º.- Las sesiones extraordinarias se realizaran: a) Para tratar la aprobacion del Presupuesto de la Municipalidad y sus modificaciones, dentro del plazo senalado por las disposiciones legales o administrativas pertinentes;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.