Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2013 (27/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

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15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 200-2012-PCM Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 967705-1

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal: Numeral 8.- "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos". Que, segun lo establecido en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.(...)" Que, mediante Informe Nº 0425-2013-GAJ-MDSJM de fecha 13 de junio del 2013 la Gerencia de Asesoria Juridica opina que el Proyecto de Ordenanza que Aprueba la Valorizacion de Obras Complementarias y/o Otras Instalaciones Fijas y Permanentes Comprendidos a los Predios Urbanos y Rusticos, Ubicados en el Distrito de San MORDAZA de Miraflores procede legalmente y conforme a las consideraciones vertidas anteriormente corresponde al Concejo Municipal conforme a sus atribuciones establecidas en el numeral 8) del articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 aprobarla. Que, las obras complementarias y/o instalaciones fijas y permanentes constituyen uno de los factores que se toman en consideracion para obtener la valuacion de los predios urbanos y rusticos, en consecuencia, al no existir una MORDAZA que contemple su valorizacion en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, resulta necesario que la Administracion Municipal disponga la expedicion de la misma. Que, para la determinacion de la base imponible de las instalaciones fijas y permanentes para el calculo del Impuesto Predial, se tomara como metodologia lo senalado en el Reglamento Nacional de Tasaciones del Peru en su Titulo II, Capitulo D y Articulo II.D.32: "Las edificaciones con caracteristicas o usos especiales, las obras complementarias, las instalaciones fijas y permanentes asi como las construcciones se valorizan de acuerdo a los elementos que la conforman y la depreciacion por antiguedad y estado de conservacion sera estimada por el perito en concordancia con las caracteristicas y MORDAZA util de dichas obras. Que para identificar las obras complementarias y/ o instalaciones fijas y permanentes se debera tener en cuenta el Articulo II A04 del Reglamento Nacional de Tasaciones del Peru. Que, para la elaboracion de la tabla que considera el valor de las otras instalaciones, se ha tomado en cuenta lo previsto en el articulo II A, 07 II A. 08 del Reglamento Nacional de tasaciones del Peru, vigente por Resolucion Ministerial Nº 126-2007-VIVIENDA Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) Articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades. Ley Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo por Mayoria la siguiente ORDENANZA QUE APRUEBA LA VALORIZACION DE OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O OTRAS INSTALACIONES FIJAS Y PERMANENTES COMPRENDIDOS A LOS PREDIOS URBANOS Y RUSTICOS, UBICADOS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Articulo Primero.- APROBAR, la valorizacion de obras complementarias y/o otras instalaciones fijas y permanentes comprendidas en los predios urbanos y rusticos ubicados en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, cuya descripcion se encuentra en el anexo 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente ordenanza y a la Gerencia de Tecnologias de la informacion y Estadistica su publicacion en el MORDAZA institucional. Articulo Tercero.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente ordenanza asi como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente ordenanza por el MORDAZA institucional de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, dentro del dia siguiente de su aprobacion, conforme prescribe el articulo

Prorrogan fecha del Sorteo Anual del Programa Vecino Puntual Sanjuanino VPS-2013
DECRETO DE ALCALDIA Nº 14-2013-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 24 de junio de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUANDE MIRAFLORES VISTO: El Informe Nº 626-2013-GR/MDSJM, de fecha 21 de junio del 2013 emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 626-2013-GAJ-MDSJM de fecha 21 de Junio 2013 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 194º, establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico en concordancia con lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley 27972. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 246-MDSJM de fecha 26 de Marzo 2013 , publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27 de MORDAZA 2013, se aprobo el PROGRAMA DE INCENTIVOS VECINO PUNTUAL SANJUANINO-VPS 2013, precisando que seran beneficiarios del programa los contribuyentes que como personas naturales, registren por lo menos un (01) Predio de uso MORDAZA habitacion y los contribuyentes que no presenten deuda por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el ano fiscal corriente. Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 006-2013MDSJM de fecha 30 de MORDAZA 2013 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 16 de MORDAZA del presente, se aprueba las disposiciones para el Sorteo Anual del Programa Vecino Puntual Sanjuanino VPS-2013, estableciendo en el punto Nº 05 la periodicidad del Sorteo, el cual debera realizarse al mes siguiente del vencimiento de la 1ra. Cuota del Impuesto Predial 2013, salvo que la administracion establezca, mediante Decreto de Alcaldia, prorrogar a un mes proximo la realizacion del sorteo. Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 008-2013-AMDSJM, de fecha 21 de MORDAZA 2013, publicada con fecha 08 de Junio 2013 en el Diario Oficial El Peruano, se establecio como fecha del sorteo anual del Programa Vecino Puntual Sanjuanino VPS 2013 el dia 28 de Junio 2013. Que, la Tercera disposicion complementaria y transitoria de la Ordenanza Municipal Nº 246-MDSJM, faculta al MORDAZA a dictar las disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion de la Ordenanza que aprueba el Programa de Incentivos Vecino Puntual Sanjuanino-VPS 2013. Que, mediante Memorando Nº 623-2013-GR-MDSJM de fecha 21 de junio del 2013, la Gerencia de Rentas manifiesta que a la fecha viene implementando en el Distrito la MORDAZA de regularizacion y/o actualizacion de informacion predial, otorgando beneficios tributarios de caracter temporal (descuento de intereses y exoneracion de multas tributarias ) a los contribuyentes que regularicen su informacion catastral, dentro de la vigencia de la Ordenanza Nº 249-MDSJM y, con la finalidad de ampliar el plazo para que estos mismos contribuyentes a quienes se les ha detectado diferencias prediales, puedan regularizar

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