TEXTO PAGINA: 50
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de marzo de 2013 490208 de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial mediante el cual manifi esta la conformidad y procedencia del proyecto de CAP; Que, el día 30 de enero del presente, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Consejo Regional, sostuvo una mesa de trabajo con el Gerente Regional de la Producción y el Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional, a efectos de sustentar la necesidad del proyecto de CAP, de la respectiva gerencia; Que, conforme a lo previsto en el inciso a) del artículo 15 de la Ley Orgánica de Gobierno Regional, es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen competencias y funciones del Gobierno Regional; en ese sentido, es de necesidad aprobar el CAP de la Gerencia Regional de la Producción para su mejor funcionamiento; Que, por estas consideraciones antes citadas, el Consejo Regional, de conformidad con la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/ CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA; SE ORDENA: Artículo 1°.- Disposición Aprobatoria APROBAR el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA GERENCIA REGIONAL DE LA PRODUCCIÓN del Gobierno Regional de Arequipa, el cual consta de treinta y uno (31) cargos, distribuidos en: veinticuatro (24) Ocupados y siete (07) Previstos, de acuerdo al anexo, que forma parte de la presente norma regional. Artículo 2°.- Implementación del CAP ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial y a la Gerencia Regional de la Producción la implementación de la presente norma regional. Artículo 3°.- Adecuación del TUPA ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional a través de la Ofi cina Regional de Planeamiento y Desarrollo Institucional la adecuación y/o actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Arequipa. Artículo 4°.- Publicación Ofi cial y Electrónica DISPONER la publicación de la presente Norma Regional tanto en el diario Ofi cial “El Peruano”, como en el Diario de Avisos Judiciales “La República”; asimismo, SE ENCARGA a la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el diario ofi cial, inmediatamente publique electrónicamente en la Página Web su texto íntegro de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del decreto Supremo Nro. 00-2009-JUS. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veintiún días del mes de febrero del 2013. JOSE CÁRCAMO NEYRA Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintiséis días del mes de febrero del dos mil trece. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 907272-10 ORDENANZA REGIONAL Nº 209-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley N° 2768, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192° inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la Ley Orgánica de Gobierno Regionales N° 27867, modifi cada por la Ley N° 27902, establece en su artículo 38° que el Consejo Regional, como órgano normativo del Gobierno Regional, tiene la atribución de aprobar la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentar materias de su competencia a través de Ordenanzas Regionales; Que, mediante Ordenanza Regional N° 010 – Arequipa, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 14 de mayo del 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa, creándose dentro de su estructura orgánica la Gerencia Regional de Energía y Minas, y, posteriormente mediante Ordenanza Regional N° 186 – AREQUIPA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la mencionada gerencia regional; consecuentemente; conforme al artículo 15° del Decreto Supremo N° 043-2004-PCM que aprueba los “Lineamiento para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública”, corresponde al Consejo Regional aprobar mediante Ordenanza Regional el Cuadro para Asignación de Personal de la Gerencia Regional de Energía y Minas; Que, el Cuadro para Asignación de Personal – CAP, es un documento de Gestión Institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF; por ello la importancia de su aprobación; en tal sentido, el artículo 14° del D.S. N° 043-2004-PCM establece que el proyecto de CAP debe ser remitido: (i) debidamente visado por el órgano responsable de su elaboración, (ii) así como por el órgano de asesoría jurídica, (iii) adjuntarse los informes técnicos y legales respectivos, (iv) el Reglamento de Organización y Funciones; y (v) su organigrama; para el informe previo, el cual no será necesario en caso la ofi cina de presupuesto y planeamiento de la entidad hubiese sido el órgano responsable de la elaboración del CAP; Que, mediante Ofi cio N° 48-2013-GRA/PR-GGR, la Gerencia General Regional remite el proyecto de Cuadro para Asignación de Personal de la Gerencia Regional de Energía y Minas para su evaluación y aprobación; por lo que, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial en cumplimiento de lo señalado en el párrafo precedente, ha cotejado que se cuenta con: i.- El proyecto de CAP debidamente visado por la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional y la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, ii.- el Informe N° 487-2012-GRA/OPDI de la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional, y el Informe N° 045-2013-GRA/ORAJ de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, iii.- se adjunta el ROF de la Gerencia Regional de Energía y Minas y su respectivo Organigrama, y iv.- el Ofi cio N° 331-2012-GRA/OPDI de la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial mediante el cual manifi esta la conformidad y procedencia del proyecto de CAP; Que, el día 30 de enero del presente, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Consejo Regional, sostuvo una mesa de trabajo con el Gerente Regional de Energía y Minas, y el Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional, a efectos de sustentar la necesidad del proyecto de CAP, de la respectiva gerencia; Que, conforme a lo previsto en el inciso a) del artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobierno Regional, es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen competencias y funciones del Gobierno Regional; en ese sentido, es de necesidad aprobar el CAP de la Gerencia Regional de Energía y Minas para su mejor funcionamiento; Que, por estas consideraciones antes citadas, el Consejo Regional, de conformidad con la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/ CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA;