Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2013 (26/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Martes 26 de noviembre de 2013

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Que, la SUNARP, ha buscado implementar un mecanismo de seguridad adicional, denominado inmovilizacion de partidas que tiene por objetivo, cerrar parcial y temporalmente la partida registral referida a predios, hasta cumplir con un procedimiento especial de verificacion de la autenticidad de titulos, a fin de resguardar los derechos inscritos; Que, para una debida aplicacion de la MORDAZA a expedirse, es necesario modificar el articulo 29° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de los Registros Publicos; Que, el Consejo Directivo de la SUNARP, en su sesion de fecha 21 de noviembre del 2013, en uso de la atribucion contemplada en el literal b) del articulo 7° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, acordo, por unanimidad, aprobar la Directiva que regula el procedimiento de inmovilizacion de partidas registrales aplicable en una primera etapa para el Registro de Predios, autorizo a su vez para que el Superintendente Nacional pueda ampliar directamente la aplicacion de la presente Directiva a otros Registros en forma progresiva, asi como emitir lineamientos sobre dicha norma; Contando con la visacion de la Secretaria General, Oficina General de Asesoria Juridica y Direccion Tecnica Registral de la Sede Central; Estando a lo acordado y, de conformidad con la facultad conferida por el literal x) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.Modificar el literal f) del articulo 29° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de los Registros Publicos de acuerdo a la siguiente redaccion: "f) Cuando no se pueda inscribir o anotar preventivamente un titulo, por la anotacion del Bloqueo por Presunta Falsificacion de Documentos o cuando los Registradores efectuen las consultas en el MORDAZA de la Directiva de Inmovilizacion Temporal de Predios, y otros supuestos regulados en Directivas expedidas por la SUNARP. " Articulo Segundo.- Aprobar la Directiva N° 082013-SUNARP/SN, que regula el procedimiento para la inmovilizacion temporal de las partidas registrales de predios. Articulo Tercero.- Lo dispuesto en la presente Directiva entrara en vigencia a los 20 dias habiles siguientes a su publicacion. Articulo Cuarto.- La Oficina General de Tecnologias de la Informacion de la Sede Central de la SUNARP en coordinacion con las Areas de Informatica de las Zonas Registrales, efectuaran, MORDAZA de la entrada en vigencia de la Directiva aprobada por la presente Resolucion, las modificaciones o adecuaciones pertinentes al Sistema Informatico Registral y elaboraran los programas necesarios, en el plazo de 15 dias habiles de emitida la presente Resolucion, a fin que cada una de las Oficinas Registrales cumpla con las disposiciones de la presente directiva. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Publicos DIRECTIVA Nº 08-2013-SUNARP-SN "DIRECTIVA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA INMOVILIZACION TEMPORAL DE PARTIDAS DE PREDIOS" Aprobado por Resolucion Nº 314-2013-SUNARP-SN del 25 de 11 de 2013. I. ANTECEDENTES Y SITUACION ACTUAL La seguridad juridica que otorga los Registros Publicos en la actualidad se ve amenazada por personas o grupos delincuenciales que presentan documentacion falsificada, a fin de obtener beneficios indebidos e ilegales,

Articulo 2°.- Incorporar el literal y) al articulo 2° del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 079-97EF/94.10, con el siguiente texto: "y) De las empresas administradoras de los mecanismos centralizados de negociacion para valores de deuda publica e instrumentos derivados de estos." Articulo 3°.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 4°.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 1018623-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Modifican el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de los Registros Publicos y aprueban la Directiva N° 08-2013-SUNARP-SN. "Directiva que regula el procedimiento para la inmovilizacion temporal de las partidas de predios"
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 314-2013-SUNARP/SN MORDAZA, 25 de noviembre de 2013 Visto, el Informe Nº 030-2013-SUNARP-DTR, y el proyecto de resolucion elevados por la Direccion Tecnica Registral, asi como el Memorandum N°602-2013SUNARP-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica y el Memorandum N°1308-2013-SUNARP-OGTI emitido por la Oficina General de Tecnologias de la Informacion; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, Organismo Tecnico Especializado del Sector Justicia, tiene por objeto dictar las politicas tecnico administrativas de los Registros Publicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos que integran el Sistema Nacional, en el MORDAZA de un MORDAZA de simplificacion, integracion y modernizacion de los Registros; Que, la SUNARP, para cumplir adecuadamente su rol y funciones, debe estar correctamente organizado y debidamente dotado de los instrumentos legales, y de otro orden, que resulten necesarios para permitir el desarrollo de un sistema agil, seguro, de costos razonables y acorde con el desarrollo economico; Que, siendo la mision de la SUNARP otorgar seguridad juridica y brindar certidumbre respecto a la titularidad de los diferentes derechos que en el se registran, a dichos efectos, debe brindar a la ciudadania facilidades y mecanismos a fin de proteger los derechos patrimoniales adquiridos; Que, la seguridad juridica que otorgan los Registros Publicos en la actualidad, se ve amenazada por personas o grupos delincuenciales que presentan documentacion falsificada, a fin de obtener beneficios indebidos e ilegales, enervando la oponibilidad que otorgan los Registros de caracter juridico y perjudicando a personas que adquieren derechos confiando en la buena fe del transferente;

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