Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2013 (26/11/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Martes 26 de noviembre de 2013

507743
· N° de partida registral sobre la cual se solicita la publicidad o, en su defecto nombres y apellidos, razon social o denominacion de las personas naturales o juridicas sobre la cual se solicita la emision de un certificado negativo o positivo. · Registro y Oficina Registral respecto de los cuales se solicita la publicidad. Para formular la solicitud virtual a traves de la pagina web institucional, el usuario debe encontrarse suscrito al Servicio de Publicidad Registral en Linea (extranet) e ingresar su usuario y contrasena en la plataforma de dicho servicio. Una vez ingresados tales datos, debe seleccionar el servicio que solicita, ingresar los datos registrales correspondientes (Registro y Oficina Registral respecto de los cuales se solicita publicidad y el numero de la partida registral respectiva), completar los datos de envio del certificado (a su domicilio o a la Oficina Registral que indique) y efectuar el pago en linea sea con tarjeta o con el saldo disponible de su cuenta prepago". "6.4 Procedimiento en la Oficina Registral de Origen.(...) El reingreso de la subsanacion de las observaciones formuladas se realizara por la Oficina de Mesa de Partes. Cuando la solicitud de publicidad se MORDAZA efectuado virtualmente, la subsanacion o pago de mayor derecho podran hacerse tambien en linea, a cuyo efecto bastara con que ingrese su usuario y contrasena en la plataforma del Servicio de Publicidad Registral en Linea (extranet), seleccione el servicio de "Estado de Solicitud de Certificado", ingrese el numero de su solicitud y corrija los datos errados o pague el mayor derecho liquidado." Articulo 2°.- La posibilidad de efectuar la solicitud de publicidad compendiosa en linea se aplicara de manera progresiva conforme al siguiente detalle: - Al dia siguiente de publicada la presente resolucion, para el Certificado Registral Inmobiliario ­ CRI. - El 13 de diciembre del presente ano para el Certificado de Vigencia de Poder de Personas Juridicas. - A los ciento veinte (120) dias de su publicacion para los certificados de gravamen y cargas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Publicos 1019136-3

la solicitud de publicidad registral compendiosa como la subsanacion de las observaciones formuladas a la solicitud podran efectuarse sea acudiendo a una Oficina Registral o, de manera virtual a traves de la pagina web institucional; Que, asimismo, conforme a la directiva aludida el reingreso de la solicitud o pago del mayor derecho liquidado deberia efectuarse al igual que la solicitud de publicidad tambien por MORDAZA, lo cual genera congestiones innecesarias en el caso de reingresos de la solicitud, para cuya correccion debe precisarse que, en los casos de reingresos de las subsanaciones a las observaciones formuladas, efectuados en la Oficina Registral, MORDAZA ingresados a traves de Mesa de Partes; Que, de otro lado, si bien la Directiva N° 001-2011SUNARP/SA regula la solicitud y expedicion de publicidad registral compendiosa desde una oficina zonal u oficina registral distinta a la competente, al haberse viabilizado la posibilidad que la solicitud de publicidad e incluso los reingresos y pago de mayor derecho MORDAZA efectuados de manera virtual, carece de objeto mantener la restriccion aludida para estos casos; Que, el Consejo Directivo de la Sunarp en su sesion N°299 de fecha 21 de noviembre del presente ano, y en uso de la atribucion conferida por el literal b) del articulo 7° del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013JUS, acordo por unanimidad aprobar las modificaciones a la Directiva N° 001-2011-SUNARP/SA, aprobado por Resolucion N° 087-2011-SUNARP/SA, conforme al proyecto presentado por la Direccion Tecnica Registral; Estando a lo acordado, y en merito a lo establecido en el articulo 9°, literal x) del ROF de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar los numerales 6.1 y 6.4 (ultimo parrafo) de la Directiva N° 001-2011-SUNARP/SA, aprobada por Resolucion N° 087-2011-SUNARP/SA, los cuales quedan redactados con el siguiente texto. "6.1 Solicitud de publicidad registral compendiosa.El usuario podra presentar su solicitud en cualquier oficina registral, a traves de la atencion en la ventanilla de CajaPublicidad Virtual o efectuar su solicitud de manera virtual a traves de la pagina web institucional. Cuando la solicitud sea formulada en la Oficina Registral la solicitud debe contener como minimo los siguientes datos: · Nombre y apellidos del solicitante · MORDAZA de servicio

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

4.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.